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Documento BOE-A-1985-26836

Resolución 72/1985, de 16 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se delegan en el Director general de Personal y otras autoridades del Departamento determinadas atribuciones en materia de personal civil funcionario.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 28 de diciembre de 1985, páginas 40671 a 40671 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1985-26836
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1985/12/16/72

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE, DICTADO EN DESARROLLO DE LA LEY 30/1984, DE 2 DE AGOSTO, DE MEDIDAS PARA LA REFORMA DE LA FUNCION PUBLICA, ATRIBUYE, EN SUS ARTICULOS 8., 10 Y 11, A LOS SUBSECRETARIOS, DETERMINADAS COMPENTENCIAS EN MATERIA DE PERSONA CIVIL.

RAZONES DE AGILIDAD ADMINISTRATIVA, ACONSEJAN DELEGAR PARTE DE ESTAS FUNCIONES EN LO QUE A LA SUBSECRETARIA DE DEFENSA SE REFIERE, EN EL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL Y OTRAS AUTORIDADES DEL MINISTERIO.

EN SU VIRTUD, ESTA SUBSECRETARIA, PREVIA APROBACION DEL MINISTRO, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 22, APARTADO 4, DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, HA TENIDO A BIEN RESOLVER:

PRIMERO.- QUEDA DELEGADO EN EL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL EL EJERCICIO DE LAS SIGUIENTES COMPETENCIAS:

1. EN RELACION CON LOS FUNCIONARIOS DE LOS CUERPOS Y ESCALAS ADSCRITAS AL MINISTERIO DE DEFENSA POR RESOLUCION DE 21 DE DICIEMBRE DE 1984, DE LA SECRETARIA DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" NUMERO 307):

A) LA PROPUESTA DEL CONTENIDO DE LAS PRUEBAS DE ACCESO A LOS CORRESPONDIENTES CUERPOS Y ESCALAS.

B) EL NOMBRAMIENTO, PREVIO INFORME FAVORABLE DE LA COMISION SUPERIOR DE PERSONAL, DE LOS FUNCIONARIOS INTERINOS.

C) LA CONCESION DE EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS, POR INTERES PARTICULAR, Y DE LAS JUBILACIONES VOLUNTARIAS, A PROPUESTA, EN SU CASO, DE LOS CUARTELES GENERALES DE LOS EJERCITOS Y DE LOS ORGANISMO AUTONOMOS ADSCRITOS AL DEPARTAMENTO.

2.

CON RESPECTO A TODOS LOS FUNCIONARIOS DESTINADOS EN EL MINISTERIO DE DEFENSA:

A) EL RECONOCIMIENTO DE LA ADQUISICION Y CAMBIO DE GRADOS PERSONALES.

B) LA DECLARACION DE LAS SITUACIONES DE SERVICIOS ESPECIALES.

C) LA DECLARACION DE LAS JUBILACIONES FORZOSAS Y POR INCAPACIDAD FISICA.

D) LAPROPUESTA E INFORME SOBRE AUTORIZACION O RECONOCIMIENTO DE COMPATIBILIDADES.

E) LA CONCESION DE EXCENDENCIAS VOLUNTARIAS CUANDO NO SEAN POR INTERES PARTICULAR.

F) LA ATRIBUCION DEL DESEMPEÑO PROVISIONAL DE PUESTOS DE TRABAJO EN LOS CASOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 21.2 C), DE LA LEY 30/1984, DE 2 DE AGOSTO. ESTA COMPETENCIA SERA EJERCIDA POR LOS JEFES DE LOS ESTADOS MAYORES DE LOS EJERCITOS Y POR LOS DIRECTORES DE LOS ORGANISMOS AUTONOMOS RESPECTO A LOS FUNCIONARIOS DESTINADOS EN SERVICIOS DE ELLOS DEPENDIENTES.

G) LA AUTORIZACION DE LA ASISTENCIA A CURSOS DE SELECCION, FORMACION Y PERFECCIONAMIENTO, A INICIATIVA DE LOS JEFES DE LOS ESTADOS MAYORES DE LOS EJERCITOS Y DE LOS DIRECTORES DE LOS ORGANISMOS AUTONOMOS RESPECTO AL PERSONAL CIVIL DESTINADO EN LOS SERVICIOS DE ELLOS DEPENDIENTES.

H) LAS LICENCIAS POR ASUNTOS PROPIOS QUE SE CONTEMPLAN EN EL ARTICULO 73 DE LA LEY ARTICULADA DE FUNCIONARIOS CIVILES DEL ESTADO.

I) LA ADSCRIPCION PROVISIONAL, EN COMISION DE SERVICIOS, A PUESTO DE TRABAJO, POR TIEMPO INFERIOR A SEIS MESES, SUPONGAN O NO CAMBIO DE LOCALIDAD PERO EN NINGUN CASO DEL MINISTERIO.

J) TODOS AQUELLOS ACTOS DE ADMINISTRACION Y GESTION ORDINARIA DEL PERSONAL, QUE NO FIGUREN ATRIBUIDOS A OTROS ORGANOS EN EL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE.

SEGUNDO.- QUEDA DELEGADO EN EL SUBDIRECTOR GENERAL DE PERSONAL CIVIL, EL EJERCICIO DE LAS SIGUIENTES COMPETENCIAS EN RELACION CON TODO EL PERSONAL CIVIL FUNCIONARIO, DESTINADO EN EL MINISTERIO DE DEFENSA.

A) LA CONCESION DE PERMISOS O LICENCIAS QUE SE CONTEMPLAN EN EL ARTICULO 30.1, F), DE LA LEY 30/1984, DE 2 DE AGOSTO, Y 69.1, 71.1 Y 2 DE LA LEY ARTICULADA DE FUNCIONARIOS CIVILES DEL ESTADO.

B) EL RECONOCIMIENTO DE TRIENIOS Y TIEMPO A DICHOS EFECTOS.

TERCERO.-QUEDA DELEGADO EN LOS JEFES DE LAS DISTINTAS UNIDADES, CENTROS Y ORGANISMOS, CON RELACION AL PERSONAL CIVIL FUNCIONARIO DESTINADO EN LOS MISMOS, EL EJERCICIO DE LAS SIGUIENTES COMPETENCIAS:

A) LA CONCESION DE PERMISOS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 68 DE LA LEY ARTICULADA DE FUNCIONARIOS CIVILES DEL ESTADO; EL ARTICULO 30 DE LA LEY 30/1984, DE 2 DE AGOSTO, PUNTO 1, APARTADOS A), B) Y E) Y PUNTO 2 DE DICHO ARTICULO, Y EL APARTADO 7.3 DE LAS INSTRUCCIONES DE LA SECRETARIA DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA DE 21 DE DICIEMBRE DE 1983.

B) EL DAR POSESION Y CESE EN LOS PUESTOS DE TRABAJO A QUE SEAN DESTINADOS.

CUARTO.-LAS DELEGACIONES DE LAS COMPETENCIAS QUE SE OTRORGAN EN LA PRESENTE RESOLUCION HAN DE SER ENTENDIDAS, EN TODO CASO, SIN PERJUICIO DE PODER AVOCAR EL CONOCIMIENTO Y RESOLUCION DE CUANTOS ASUNTOS COMPRENDIDOS EN ELLA SE CONSIDERE OPORTUNO.

QUINTO.-QUEDAN DEROGADAS TODAS AQUELLAS DISPOSICIONES DE ESTE MINISTERIO DE IGUAL O INFERIOR RANGO, EN CUANTO SE OPONGAN A LO PREVISTO EN ESTA RESOLUCION, QUE ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".

MADRID, 16 DE DICIEMBRE DE 1985.-EL SUBSECRETARIO, GUSTAVO SUAREZ PERTIERRA.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/12/1985
  • Fecha de publicación: 28/12/1985
  • Fecha de entrada en vigor: 29/12/1985
  • Fecha de derogación: 21/06/1994
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa
  • Funcionarios Civiles de la Administración Militar
  • Ministerio de Defensa
  • Subsecretaría de Defensa

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