EN USO DE LA AUTORIZACION CONCEDIDA POR EL ARTICULO 22.3 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO Y CON OBJETO DE AGILIZAR LA TRAMITACION DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS, HE TENIDO A BIEN DISPONER:
ARTICULO UNICO. DELEGAR EN EL SUBSECRETARIO DEL DEPARTAMENTO LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:
1. AUTORIZAR LAS PROPUESTAS DE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS A QUE SE REFIERE EL APARTADO III.4 DE LA ORDEN DE 22 DE FEBRERO DE 1982, SOBRE DOCUMENTACION Y TRAMITACION DE LOS EXPEDIENTES DE MODIFICACIONES DE LOS CREDITOS DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO.
2. LAS COMPETENCIAS QUE ME CONCEDE EL ARTICULO 69 DE LA LEY 11/1977, DE 4 DE ENERO, GENERAL PRESUPUESTARIA, SEGUN LA NUEVA REDACCION CONFERIDA POR EL ARTICULO 7. DE LA LEY 23/1987, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA1988.
DISPOSICION DEROGATORIA
QUEDA DEROGADA LA ORDEN DE 12 DE ENERO DE 1987 SOBRE DELEGACION DE COMPETENCIAS EN EL SUBSECRETARIO DEL DEPARTAMENTO.
LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
MADRID, 14 DE ENERO DE 1988.
FERNANDEZ ORDOÑEZ
ILMO. SR SUBSECRETARIO.
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