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Documento BOE-A-1989-2138

Conflicto positivo de competencia número 2174/1988, promovido por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña, en relación con determinados preceptos de Real Decreto 927/1988, de 29 de julio.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 30 de enero de 1989, páginas 2533 a 2533 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1989-2138

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 16 DE ENERO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NUMERO 2174/1988, PLANTEADO POR EL CONSEJO EJECUTIVO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA FRENTE AL GOBIERNO, EN RELACION CON LOS ARTICULOS 40.2 Y 47.1 DEL REAL DECRETO 927/1988, DE 29 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL AGUA Y DE LA PLANIFICACION HIDROLOGICA, EN DESARROLLO DE LOS TITULOS II Y III DE LA LEY DE AGUAS.

LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

MADRID, 16 DE ENERO DE 1989. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 16/01/1989
  • Fecha de publicación: 30/01/1989
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y se declara que los arts. 2.2, 7.1.2, segundo inciso, 73 a 87 y 89.2 no son básicos ni de aplicación directa en las C.A. del País Vasco y de Cantabria, que el art. 90.3, en el inciso indicado, y 4 invaden las competencias de Cantabria, y que los arts. 49.2, 102.2, 118.2, 119.2 y disposición adicional segunda no invaden las competencias de las C.A. mencionadas, según los F.J. 13, 26, 28 y 29, por Sentencia 118/1998, de 4 de junio (Ref. BOE-T-1998-15728).
Referencias anteriores
  • Conflicto promovido en relacion con los arts. 40.2 y 47.1 del Real Decreto 927/1988, de 29 de julio (Ref. BOE-A-1988-20883).
Materias
  • Aguas
  • Cataluña
  • Comisarías de Aguas
  • Comunidades Autónomas
  • Conflictos de Competencia
  • Embalses
  • Obras
  • Presas
  • Tribunal Constitucional

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