Está Vd. en

Documento BOE-A-1989-9604

Recurso de inconstitucionalidad número 1.862/1988, promovido por el Presidente del Gobierno contra determinados preceptos de la Ley del Parlamento de Galicia 10/1988, de 20 de julio, de ordenación del comercio interior de Galicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 27 de abril de 1989, páginas 12553 a 12553 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1989-9604

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por auto de 18 de abril actual, ha acordado levantar la suspensión de la vigencia y aplicación de los artículos 11, 12 y 44.3, y mantener la suspensión de la vigencia y aplicación de los artículos 15.4, 16.4 y 21.2.c), todos ellos de la Ley 10/1988, de 20 de julio, del Parlamento de Galicia, cuya suspensión se acordó por providencia de 30 de noviembre de 1988 dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 1.862/1988, promovido por el Presidente del Gobierno, quien invocó el artículo 161.2 de la Constitución.

Lo que se publica para general conocimiento.

Madrid, 18 de abril de 1989.-El Presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Tomás y Valiente.-Firmado y rubricado.

ANÁLISIS

  • Rango: Auto
  • Fecha de disposición: 18/04/1989
  • Fecha de publicación: 27/04/1989
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • en el Recurso 1862/1988, el mantenimiento de la suspensión de vigencia de los arts. 15.4, 16.4 y 21.2.c), y el levantamiento de la de los arts. 11, 12 y 44.3, de la Ley 10/1988, de 20 de julio (Ref. BOE-A-1988-28186) y (Ref. BOE-A-1988-22916).
Materias
  • Comercio
  • Comunidades Autónomas
  • Galicia
  • Precios
  • Publicidad
  • Tribunal Constitucional
  • Venta ambulante

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid