Está Vd. en

Documento BOE-A-1990-8587

Cuestión de inconstitucionalidad número 766/1990.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 7 de abril de 1990, páginas 9723 a 9723 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1990-8587

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 2 DE ABRIL ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 766/1990, PROMOVIDA POR EL JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 4 DE ALCALA DE HENARES, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 87 INCISO 2 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL 6/1985, DE 1 DE JULIO, POR POSIBLE OPOSICION A LOS ARTICULOS 24.2 Y 117.2 DE LA CONSTITUCION.

LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

MADRID, 2 DE ABRIL DE 1990. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 02/04/1990
  • Fecha de publicación: 07/04/1990
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y se declara su desestimación, por Sentencia 76/1992, de 14 de mayo (Ref. BOE-T-1992-13854).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad art. 87 Inciso 2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Juzgados de Instrucción
  • Tribunal Constitucional

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid