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Documento BOE-A-1991-30809

Real Decreto 1819/1991, de 20 de diciembre, por el que se dotan plazas de Magistrado en distintos Organos colegiados.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 28 de diciembre de 1991, páginas 41757 a 41761 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1991-30809
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1991/12/20/1819

TEXTO ORIGINAL

En la relación de necesidades que el Consejo General del Poder Judicial presentó al Gobierno el pasado mes de julio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se solicitó la dotación de cuarenta y cinco nuevas plazas de Magistrados en el Tribunal Supremo, Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales.

El Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20, 29.3, 32 y 39 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, atiende la mencionada solicitud mediante la aprobación de este Real Decreto.

En su virtud, con informe de las Comunidades Autónomas afectadas y del Consejo General del Poder Judicial, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día 20 de diciembre de 1991,

D I S P O N G O :

Artículo 1.º Dotación de plazas de Magistrado en el Tribunal Supremo.

El día 1 de enero de 1992 tendrán efectividad las siguientes plazas de Magistrado en el Tribunal Supremo:

Tres para la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo.

Art. 2.º Dotación de plazas de Magistrado en Tribunales Superiores de Justicia.

El día 1 de abril de 1992 tendrán efectividad las siguientes plazas de Magistrado en los Tribunales Superiores de Justicia que a continuación se señalan:

Dos para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla.

Una para la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Una para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Dos para la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas.

Una para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas.

Dos para la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife.

Una para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife.

Una para la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Una para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Dos para la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos.

Tres para la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Tres para la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Una para la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

Art. 3.º Dotación de plazas de Magistrado en Audiencias Provinciales.

1. El día 1 de abril de 1992 tendrán efectividad las siguientes plazas de Magistrado en las Audiencias Provinciales que a continuación se señalan:

Una para la Audiencia Provincial de Córdoba.

Una para la Audiencia Provincial de Zaragoza.

Una para la Audiencia Provincial de Teruel.

Dos para la Audiencia Provincial de Las Palmas.

Una para la Audiencia Provincial de Palencia.

Una para la Audiencia Provincial de Soria.

Una para la Audiencia Provincial de Zamora.

Una para la Audiencia Provincial de Albacete.

Una para la Audiencia Provincial de Cuenca.

Una para la Audiencia Provincial de Toledo.

Una para la Audiencia Provincial de Valencia.

Una para la Audiencia Provincial de Cáceres.

Una para la Audiencia Provincial de Madrid.

Una para la Audiencia Provincial de Pamplona.

2. Con las plazas relacionadas en el apartado anterior se constituirán las siguientes Secciones:

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Zaragoza.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Las Palmas.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo.

Las Secciones Vigésima primera y Vigésima segunda de la Audiencia Provincial de Madrid.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Pamplona.

3. La composición de las Secciones a que se refiere el apartado anterior será de un Presidente y dos Magistrados.

Art. 4.º Plantillas orgánicas.

Las plantillas orgánicas de Secretarios Judiciales, Oficiales, Auxiliares y Agentes de las nuevas Secciones de las Audiencias Provinciales, así como la posible modificación de las existentes en las Salas de lo Social y de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia y del Tribunal Supremo, serán aprobadas con arreglo a lo dispuesto en los Reglamentos Orgánicos de los Cuerpos de Secretarios Judiciales y de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, respectivamente.

DISPOSICION ADICIONAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.4 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, los anexos II, IV y V de la misma quedan modificados en la forma que se expresa en los anexos de este Real Decreto.

DISPOSICIONES FINALES
Primera.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Segunda.

Se faculta al Ministro de Justicia para adoptar, en el ámbito de su competencia, cuantas medidas exija la ejecución del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 30 de diciembre de 1991

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

TOMAS DE LA QUADRA-SALCEDO Y FERNANDEZ DEL CASTILLO

ANEXO II
Tribunal supremo

 

Presidente de Sala

Magistrados del Tribunal Supremo

Total

Sala I Civil

1

9

10

Sala II Penal

1

14

15

Sala III Contencioso-Administrativo

1

32

33

Sala IV Social

1

12

13

Sala V de lo Militar

1

7

8

Totales

5

74

79

ANEXO IV
Tribunales Superiores de Justicia

ANDALUCÍA

(Compuesto por siete Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente de Sala.

Dos Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla:

Un Presidente de Sala.

Diecisiete Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada:

Un Presidente de Sala.

Tres Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga:

Un Presidente de Sala.

Dos Magistrados.

Sala de lo Social de Sevilla:

Un Presidente de Sala.

Nueve Magistrados.

Sala de lo Social de Granada:

Un Presidente de Sala.

Cuatro Magistrados.

Sala de lo Social de Málaga:

Un Presidente de Sala.

Dos Magistrados.

Total: 46 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

ARAGÓN

(Compuesto por tres Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Cuatro Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo:

Un Presidente de Sala.

Cinco Magistrados.

Sala de lo Social:

Un Presidente de Sala.

Tres Magistrados.

Total: 15 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

ASTURIAS

(Compuesto por tres Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Dos Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo:

Un Presidente de Sala.

Siete Magistrados.

Sala de lo Social:

Un Presidente de Sala.

Cuatro Magistrados.

Total: 16 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

BALEARES

(Compuesto por tres Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Cuatro Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo:

Un Presidente de Sala.

Dos Magistrados.

Sala de lo Social:

Un Presidente de Sala.

Un Magistrado.

Tolal: 10 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

CANARIAS

(Compuesto por cinco Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Dos Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas:

Un Presidente de Sala.

Cuatro Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife:

Un Presidente de Sala.

Cuatro Magistrados.

Sala de lo Social de Las Palmas:

Un Presidente de Sala.

Dos Magistrados.

Sala de lo Social de Santa Cruz de Tenerife:

Un Presidente de Sala.

Dos Magistrados.

Total: 19 Magistrados.

Presídeme del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

CANTABRIA

(Compuesto por tres Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Dos Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo:

Un Presidente de Sala.

Dos Magistrados.

Sala de lo Social:

Un Presidente de Sala.

Dos Magistrados.

Total: 9 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

CASTILLA Y LEON

(Compuesto por cinco Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Dos Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo de Burgos:

Un Presidente de Sala.

Cinco Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid:

Un Presidente de Sala.

Cuatro Magistrados.

Sala de lo Social de Burgos:

Un Presidente de Sala.

Dos Magistrados.

Sala de lo Social de Valladolid:

Un Presidente de Sala.

Cinco Magistrados.

Total: 23 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

CASTILLA-LA MANCHA

(Compuesto por tres Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Dos Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo:

Un Presidente de Sala.

Cinco Magistrados.

Sala de lo Social:

Un Presidente de Sala.

Tres Magistrados.

Total: 13 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

CATALUÑA

(Compuesto por tres Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Cuatro Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo:

Un Presidente de Sala.

Veinticuatro Magistrados.

Sala de lo Social:

Un Presidente de Sala.

Veintitrés Magistrados.

Total: 54 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

COMUNIDAD VALENCIANA

(Compuesto por tres Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Cuatro Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo:

Un Presidente de Sala.

Diecisiete Magistrados.

Sala de lo Social:

Un Presidente de Sala.

Nueve Magistrados.

Total: 33 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

EXTREMADURA

(Compuesto por tres Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Dos Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo:

Un Presidente de Sala.

Dos Magistrados.

Sala de lo Social:

Un presidente de Sala.

Un Magistrado.

Total: 8 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

GALICIA

(Compuesto por tres Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Cuatro Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo:

Un Presidente de Sala.

Ocho Magistrados.

Sala de lo Social:

Un Presidente de Sala.

Ocho Magistrados.

Total: 23 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

MADRID

(Compuesto por tres Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Dos Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo:

Un Presidente de Sala.

Cuarenta y cinco Magistrados.

Sala de lo Social:

Un Presidente de Sala.

Catorce Magistrados.

Total: 64 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

MURCIA

(Compuesto por tres Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Dos Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Un Presidente de Sala.

Tres Magistrados.

Sala de lo Social:

Un Presidente de Sala.

Dos Magistrados.

Total: 10 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

NAVARRA

(Compuesto por tres Salas)

Sala de lo Civil y Penal.

Un Presidente.

Cuatro Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo:

Un Presidente de Sala.

Dos Magistrados.

Sala de lo Social:

Un Presidente de Sala.

Un Magistrado.

Total: 10 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

PAIS VASCO

(Compuesto por tres Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Cuatro Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo:

Un Presidente de Sala.

Once Magistrados.

Sala de lo Social:

Un Presidente de Sala.

Ocho Magistrados.

Total: 26 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

LA RIOJA

(Compuesto por tres Salas)

Sala de lo Civil y Penal:

Un Presidente.

Dos Magistrados.

Sala de lo Contencioso-Administrativo:

Un Presidente de Sala.

Un Magistrado.

Sala de lo Social:

Un Presídeme de Sala.

Un Magistrado.

Total: 7 Magistrados.

Presidente del Tribunal con consideración de Magistrado del Tribunal Supremo.

Total: 386 Magistrados (17 de los cuales con consideración de Magistrados del Tribunal Supremo).

ANEXO V
Audiencias Provinciales

Provincia

Magistrados

Andalucía

 

Almería

5

Cádiz

16

Córdoba

10

Granada

11

Huelva

5

Jaén

7

Halaga

18

Sevilla

23

 

95

Aragón

 

Huesca

3

Teruel

3

Zaragoza

15

 

21

Asturias

 

Asturias

18

 

18

Baleares

 

Baleares

12

 

12

Canarias

 

Las Palmas

15

Santa Cruz de Tenerife

9

 

24

Cantabria

 

Cantabria

9

 

9

Castilla y León

 

Avila

3

Burgos

9

León

9

Palencia

4

Salamanca

5

Segovia

3

Soria

3

Valladolid

11

Zamora

4

 

51

Castilla-La Mancha

 

Albacete

6

Cuenca

3

Ciudad Real

6

Guadalajara

3

Toledo

6

 

24

Cataluña

 

Barcelona

64

Gerona

8

Lérida

6

Tarragona

8

 

86

Comunidad Valenciana

 

Alicante

16

Castellón

6

Valencia

30

 

52

Extremadura

 

Badajoz

6

Cáceres

6

 

12

Galicia

 

La Coruña

16

Lugo

6

Orense

6

Pontevedra

13

 

41

Madrid

 

Madrid

69

 

69

Murcia

 

Murcia

12

 

12

Navarra

 

Navarra

9

 

9

País Vasco

 

Álava

5

Guipúzcoa

8

Vizcaya

15

 

28

La Rioja

 

La Rioja

3

 

3

Total

566

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 20/12/1991
  • Fecha de publicación: 28/12/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 29/12/1991
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, disponiendo la Entrada en funcionamiento de Varios Organos Judiciales: Orden de 14 de enero de 1992 (Ref. BOE-A-1992-1038).
Referencias anteriores
  • MODIFICA los Anexos II, IV y V de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29622).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 37.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
  • CITA:
    • Reglamento aprobado por Real Decreto 429/1988, de 29 de abril (Ref. BOE-A-1988-11253).
    • Reglamento aprobado por Real Decreto 2003/1986, de 19 de septiembre (Ref. BOE-A-1986-25800).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencias Provinciales
  • Tribunal Supremo
  • Tribunales Superiores de Justicia

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