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Documento BOE-A-1991-7949

Cuestión de inconstitucionalidad número 309/1991.

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 1991, páginas 9871 a 9871 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1991-7949

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 20 DE MARZO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 309/1991, PROMOVIDA POR EL JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 1 DE ALICANTE, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 219.10. DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL, POR PODER INFRINGIR EL ARTICULO 24.2 DE LA CONSTITUCION.

LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

MADRID, 20 DE MARZO DE 1991. EL SECRETARIO DE JUSTICIA.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 20/03/1991
  • Fecha de publicación: 02/04/1991
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la CUESTIÓN planteada y se declara su desestimación en relación con el art. 219.10, por Sentencia 157/1993, de 6 de mayo (Ref. BOE-T-1993-13769).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad art. 219.10 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
Materias
  • Abstención
  • Administración de Justicia
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Recusación
  • Tribunal Constitucional

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