El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en sus reuniones de 25 de septiembre de 1986 y de 3 de octubre de 1989, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 131.6 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, delegó en la Comisión Permanente la resolución de los asuntos relativos a la concesión de autorización a Jueces y Magistrados para compatibilizar su actividad judicial con un segundo puesto de trabajo, así como los nombramientos de Magistrados suplentes y Jueces sustitutos en el ámbito territorial de los Tribunales Superiores de Justicia.
El artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común dispone, en su número 3, que las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el <Boletín Oficial del Estado>, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el mencionado precepto, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 22 de abril de 1993, adoptó el siguiente acuerdo:
<Ratificar los acuerdos del Pleno de este Consejo de 25 de septiembre de 1986, y de 3 de octubre de 1989, por los que se delegó en la Comisión Permanente la resolución de los asuntos relativos a la concesión de autorización a Jueces y Magistrados para compatibilizar su actividad judicial con un segundo puesto de trabajo y los nombramientos de Magistrados suplentes y Jueces sustitutos en el ámbito territorial de los Tribunales Superiores de Justicia, publicándose este acuerdo en el <Boletín Oficial del Estado>, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.>
En La Coruña a veintidós de abril de mil novecientos noventa y tres.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial.
SALA SANCHEZ
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