1. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 del Decreto-ley de 4 de febrero de 1964 y 2.1 de la Ley 46/1980, de 1 de octubre, el Comité Superior de Precios de Contratos del Estado ha elaborado los índices de precios de mano de obra y los de materiales de la construcción aplicables a la revisión de precios de contratos de obras del Estado correspondientes al mes de diciembre de 1992, los cuales han sido propuestos para el citado mes.
Aprobados los referidos índices por la Comisión Delegada del Gobierno de Asuntos Económicos, en su reunión del día 6 de mayo de 1993, a tenor de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992, este Ministerio ha tenido a bien disponer su publicación en la forma siguiente:
Indice nacional mano de obra diciembre 1992: 237,60
Indices de precios de materiales de la construcción
Península e Islas Baleares (Diciembre - 92) / Islas Canarias (Diciembre - 92)
Cemento 1.058,4 829,7
Cerámica 925,1 1.595,7
Maderas 1.163,3 966,6
Acero 555,8 905,6
Energía 1.309,7 1.679,0
Cobre 528,6 555,0
Aluminio 475,6 499,4
Ligantes 872,7 962,1
Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 13 de mayo de 1993.-El Ministro de Economía y Hacienda, Carlos Solchaga Catalán.-P. D. (Orden de 22 de julio de 1985), el Subsecretario de Economía y Hacienda, Enrique Martínez Robles.
Excmos. Sres. ...
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