1. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 del Decreto Ley de 4 de febrero de 1964 y 2.1 de la Ley 46/1980, de 1 de octubre, el Comité Superior de Precios de Contratos del Estado ha elaborado los índices de precios de mano de obra y los de materiales de la construcción aplicables a la revisión de precios de contratos de obras del Estado correspondientes al mes de junio de 1994, los cuales han sido propuestos para el citado mes.
Aprobados los referidos índices por la Comisión Delegada del Gobierno de Asuntos Económicos en su reunión del día 17 de noviembre de 1994, a tenor de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer su publicación en la forma siguiente:
Indice nacional de mano de obra en junio de 1994: 251,92.
Indices de precios de materiales de la construcción
Península e islas Baleares Junio/94 / Islas Canarias Junio/94
Cemento / 1.164,7 / 946,3
Cerámica / 918,9 / 1.670,0
Maderas / 1.230,3 / 1.086,5
Acero / 665,4 / 1.064,6
Energía / 1.423,1 / 1.815,4
Cobre / 666,5 / 666,5
Aluminio / 537,4 / 537,4
Ligantes / 810,1 / 967,3
Lo que comunico a VV.EE. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 7 de diciembre de 1994.
SOLBES MIRA
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