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Documento BOE-A-1995-16755

Real Decreto 935/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 11 de julio de 1995, páginas 21087 a 21093 (7 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-16755
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1995/06/09/935

TEXTO ORIGINAL

La Constitución Española reserva al Estado, en el artículo 149.1. 1.ª y 8.ª, la competencia exclusiva en materia de regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, así como en materia de legislación civil, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos civiles y forales o especiales, allí donde existan.

Por otra parte, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, y reformado por Ley Orgánica 10/1994, de 24 de marzo, atribuye a la Comunidad Autónoma, en su artículo 26.24, la plenitud de la función legislativa en materia de fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en la Comunidad Autónoma.

El Real Decreto 1959/1983, de 29 de junio, determina las normas y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto citado, que también regula el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, esta Comisión adoptó, en su reunión del día 18 de mayo de 1995, el oportuno Acuerdo, cuya virtualidad práctica exige su aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de junio de 1995,

D I S P O N G O :

Artículo 1.

Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, por el que se concretan las funciones y servicios de la Administración del Estado que deben ser objeto de traspaso a la Comunidad de Madrid en materia de fundaciones, adoptado por el Pleno de dicha Comisión, en su sesión del día 18 de mayo de 1995, y que se transcribe como anexo al presente Real Decreto.

Artículo 2.

En consecuencia, quedan traspasados a la Comunidad de Madrid las funciones y servicios, así como los medios personales y los créditos presupuestarios que se relacionan en el referido Acuerdo de la Comisión Mixta, en los términos allí especificados.

Artículo 3.

Los traspasos a que se refiere este Real Decreto tendrán efectividad a partir del día señalado en el Acuerdo de la mencionada Comisión Mixta, sin perjuicio de que los Ministerios competentes produzcan, hasta la entrada en vigor de este Real Decreto, en su caso, los actos administrativos necesarios para el mantenimiento de los servicios en el mismo régimen y nivel de funcionamiento que tuvieran en el momento de la adopción del Acuerdo.

Artículo 4.

Los créditos presupuestarios que se determinen, de conformidad con la relación número 3 del anexo, serán dados de baja en los correspondientes conceptos presupuestarios y transferidos por el Ministerio de Economía y Hacienda a los conceptos habilitados en la Sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado, destinados a financiar el coste de los servicios asumidos por las Comunidades Autónomas, una vez se remitan al Departamento citado, por parte de los Ministerios competentes, los respectivos certificados de retención de crédito, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la vigente Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995.

Disposición final única.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 9 de junio de 1995.

JUAN CARLOS R.

El Ministro para las Administraciones Públicas,

JERONIMO SAAVEDRA ACEVEDO

ANEXO

Doña Marianela Berriatua Fernández de Larrea y doña Lourdes González del Tanago, Secretarias de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid

CERTIFICAN:

Que en la sesión plenaria de la Comisión Mixta, celebrada el día 18 de mayo de 1995, se adoptó un Acuerdo sobre traspaso a la Comunidad de Madrid de las funciones y servicios en materia de fundaciones en los términos que a continuación se expresan:

A) Referencia a normas constitucionales, estatutarias y legales en las que se ampara el traspaso.

La Constitución Española establece en su artículo 149.1.1.ª y 8.ª que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, así como en materia de legislación civil, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, allí donde existan.

Por otra parte, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, y reformado por Ley Orgánica 10/1994, de 24 de marzo, dispone en su artículo 26.24 que la Comunidad Autónoma tiene la plenitud de la función legislativa en materia de fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en la Comunidad Autónoma.

Finalmente, la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y el Real Decreto 1959/1983, de 29 de junio, establecen las normas que regulan la forma y condiciones a las que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad de Madrid, así como el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias.

Sobre la base de estas previsiones normativas procede realizar el traspaso de funciones y servicios, así como de los medios adscritos a los mismos, de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de fundaciones.

B) Funciones que asume la Comunidad de Madrid e identificación de los servicios que se traspasan.

Se traspasan a la Comunidad de Madrid las funciones que la Administración del Estado realiza respecto de las fundaciones que desarrollan principalmente sus funciones en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, que figuran en la relación adjunta número 1.

C) Funciones que se reserva la Administración del Estado.

En consecuencia con las funciones traspasadas a la Comunidad de Madrid, permanecerán en la Administración del Estado y seguirán siendo ejercitadas por los Ministerios respectivos, las funciones y actividades relativas a la tutela de las fundaciones que no desarrollen principalmente sus funciones en la Comunidad de Madrid.

D) Funciones en que han de concurrir la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma y formas de cooperación.

Se desarrollarán coordinadamente entre la Administración del Estado y la de la Comunidad de Madrid, de conformidad con los mecanismos que en caso caso se señalan, las siguientes funciones:

a) La Administración del Estado facilitará a la Comunidad de Madrid información sobre las fundaciones que afecten a la misma.

b) La Comunidad de Madrid por su parte, facilitará a la Administración del Estado información sobre las fundaciones inscritas en el Registro de la Comunidad Autónoma, así como de las modificaciones producidas en el mismo.

c) La Comunidad de Madrid suministrará a la Administración del Estado los datos básicos necesarios para la elaboración de las estadísticas de interés general relativas a los servicios traspasado. Por su parte, la Administración del Estado suministrará a la Comunidad de Madrid aquellas informaciones estadísticas que resulten de interés para la Comunidad.

E) Personal adscrito a los servicios que se traspasan.

El personal adscrito a los servicios traspasados, y que se referencia nominalmente en la relación adjunta número 2, pasará a depender de la Comunidad Autónoma de Madrid, en los términos legalmente previstos, y en las mismas circunstancias que se especifican en la relación adjunta y con su número de registro de personal.

Por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social se notificará a los interesados el traspaso y su nueva situación administrativa, tan pronto el Gobierno apruebe el presente Acuerdo por Real Decreto. Asimismo, se remitirá a los órganos competentes de la Comunidad de Madrid una copia certificada de todos los expedientes de este personal traspasado, así como de las certificaciones de haberes, referidos a las cantidades devengadas por los mismos, procediéndose por la Administración del Estado a modificar las plantillas orgánicas y presupuestarias en función de los traspasos operados.

F) Valoración definitiva de las cargas financieras de los servicios traspasados.

1. La valoración definitiva del coste efectivo que, en pesetas de 1990, corresponde a los medios adscritos a las funciones traspasadas a la Comunidad de Madrid, se eleva a 9.609.363 pesetas.

2. La financiación, en pesetas de 1995, que corresponde al coste efectivo anual del traspaso de medios, se detalla en la relación número 3.

3. El coste efectivo que figura detallado en los cuadros de valoración de la relación número 3 se financiará de la siguiente manera:

Transitoriamente, hasta que el coste efectivo se compute para revisar el porcentaje de participación de la Comunidad Autónoma en los ingresos del Estado, el coste total se financiará mediante la consolidación, en la Sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado, de los créditos relativos a los distintos componentes del coste efectivo, por los importes que se determinen susceptibles de actualización por los mecanismos generales previstos en cada Ley de Presupuestos.

Las posibles diferencias que se produzcan durante el período transitorio, a que se refiere el párrafo anterior, respecto de la financiación de las funciones transferidas, serán objeto de regularización, en su caso, al cierre del ejercicio económico mediante la presentación de las cuentas y estados justificativos correspondientes ante una Comisión de liquidación, que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda.

G) Bienes, derechos y obligaciones que se traspasan.

No existen bienes, derechos y obligaciones en el presente traspaso.

De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 12/1983, de 14 de octubre, del Proceso Autonómico, la Administración del Estado deberá regularizar la situación económica y administrativa del personal a su servicio antes de proceder a su traslado a las Comunidades Autónomas. En todo caso, la Administración estatal será responsable del pago de los atrasos o cualesquiera indemnizaciones a que tuviera derecho el personal por razón de su situación con anterioridad al traslado.

H) Documentación administrativa relativa a los servicios que se traspasan.

La entrega de la documentación y expedientes de los servicios traspasados se realizará en el plazo de tres meses desde la publicación del Real Decreto por el que se apruebe este Acuerdo, y de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1959/1983, de 29 de junio.

I) Fecha de efectividad de la transferencia.

El traspaso de funciones y servicios objeto de este Acuerdo tendrá efectividad a partir del día 1 de octubre de 1995.

Y para que conste, expedimos la presente certificación, en Madrid, a 18 de mayo de 1995.-Las Secretarias de la Comisión Mixta.-Fdo.: Marianela Berriatua Fernández de Larrea y Lourdes González del Tanago.

RELACION NUMERO 1

1.1 Ministerio de Asuntos Sociales

Fundaciones benéfico-asistenciales

Número de expediente / Nombre de la institución / Localidad / Provincia

Comunidad Autónoma de Madrid

Provincia de Madrid

28/0005 / Mercedes Ahumada Cebrero / Madrid / Madrid.

28/0006 / María Mercedes del Alcázar y Nevo / Madrid / Madrid.

28/0025-000 / Caldeiro / Madrid / Madrid.

28/0030-000 / Fausta Elorz / Madrid / Madrid.

28/0034 / Patronato Villena / Madrid / Madrid.

28/0036 / Asilo Nuestra Señora de la Asunción / Madrid / Madrid.

28/0041-000 / San José para Impedidas / Alcalá de Henares / Madrid.

28/0042 / San Luis de Gonzaga / Madrid / Madrid.

28/0045-000 / San Ramón y San Antonio / Madrid / Madrid.

28/0046 / Asilo de Santa Cristina / Madrid / Madrid.

28/0048-000 / Santamarca / Madrid / Madrid.

28/0051-000 / Santísima Virgen y San Celedonio / Madrid / Madrid.

28/0052 / Asilo de Párvulos de María Cristina / Madrid / Madrid.

28/0151 / Elvira González Lequerica Uriarte / Madrid / Madrid.

28/0189 / Banca Providencia y San Ignacio / Madrid / Madrid.

28/0190 / San Francisco / Madrid / Madrid.

28/0192 / Barrio Obrero Nuestra Señora del Carmen / Madrid / Madrid.

28/0197 / Fernando de Borja / Madrid / Madrid.

28/0202 / Jesús Rodríguez Cao / Madrid / Madrid.

28/0206 / Casa de Salud de San José y Santa Adela / Madrid / Madrid.

28/0209 / Casa Nazaret por Esperanza García / Madrid / Madrid.

28/0213 / Casa de Salud Nuestra Señora del Carmen / Madrid / Madrid.

28/0214 / Casa Salud-Conval. Pobres Nuestra Señora Rosario / Madrid / Madrid.

28/0218 / Casares y Bustamante / Madrid / Madrid.

28/0220 / Instituto Médico-Quirúrgico de la Encarnación / Madrid / Madrid.

28/0221 / Gallego-Cea / Madrid / Madrid.

28/0222 / Federico Climent / Madrid / Madrid.

28/0224 / Tomás de Céspedes / Madrid / Madrid.

28/0225 / Colegio Asilo Dulce Nombre de Jesús / Madrid / Madrid.

28/0242 / San Eloy de Artífices Plateros / Madrid / Madrid.

28/0246 / Conde de Superunda / Madrid / Madrid.

28/0247 / Francisco Couder Moratilla / Madrid / Madrid.

28/0249-000 / Real Congregación Esclavos Dulce Nombre de María / Madrid / Madrid.

28/0259 / Nuestra Señora de la Caridad / Madrid / Madrid.

28/0274 / Congregación de San Felipe Neri / Madrid / Madrid.

28/0276 / Reclusorio de Santa María Egipcíaca / Madrid / Madrid.

28/0277 / Ana María López y Antonio Monsalve / Madrid / Madrid.

28/0299-000 / Sotes / Madrid / Madrid.

28/0307 / Manuel María Fernández Izquierdo / Madrid / Madrid.

28/0314 / Esposos María Dolores Fernández / Madrid / Madrid.

28/0318 / Enrique Flores López / La Moraleja-Alcobendas / Madrid.

28/0322 / La Bellota / Madrid / Madrid.

28/0323 / Manresa / Madrid / Madrid.

28/0325 / Rodrigo Saavedra / Madrid / Madrid.

28/0330 / Francisco Godina de Paz / Madrid / Madrid.

28/0332 / Cáritas / Madrid / Madrid.

28/0339 / Joaquín y Francisco Grajal / Madrid / Madrid.

28/0341 / Eugenio Gasset Echevarría / Madrid / Madrid.

28/0343 / María de las Mercedes Gutiérrez Solana / Madrid / Madrid.

28/0350 / Marquesa Viuda de Villagarcía / Madrid / Madrid.

28/0351 / Hermandad de San Lorenzo / Madrid / Madrid.

28/0357 / Rojas / Madrid / Madrid.

28/0359 / Hospital Nuestra Señora de la Concepción / Madrid / Madrid.

28/0363-000 / San Francisco de Paula / Madrid / Madrid.

28/0370 / Nuestra Señora del Pilar / Madrid / Madrid.

28/0372 / Isusi Perea / Madrid / Madrid.

28/0373 / María de la Cruz Isusi / Madrid / Madrid.

28/0382-000 / Manuela Lemaur y Franchi Alfaro / Madrid / Madrid.

28/0385-000 / Sagrada Familia y Santa Isabel / Madrid / Madrid.

28/0387-000 / Agrupación Fundaciones Francisco López Traea / Madrid / Madrid.

28/0389 / Juan Madrigal Marcos / Madrid / Madrid.

28/0399 / Marquesa de Guadalcázar / Madrid / Madrid.

28/0401 / Juliana Teresa Protocarrer / Madrid / Madrid.

28/0404 / Marqués de Murillo / Madrid / Madrid.

28/0407 / Marquesa de Valdeolmos / Madrid / Madrid.

28/0409 / Marqueses de López Bayo / Madrid / Madrid.

28/0410 / Marqueses de Zafra / Madrid / Madrid.

28/0415 / Hogar del Empleado / Madrid / Madrid.

28/0427 / Miguel Agustín Mayers / Madrid / Madrid.

28/0439 / María Ortega Rodríguez de Figueroa / Madrid / Madrid.

28/0454 / Real Policlínica de Socorro / Madrid / Madrid.

28/0464 / Refugio San José por Dolores Chaves / Madrid / Madrid.

28/0465 / Juan de Revollín / Madrid / Madrid.

28/0478 / Fermín Rosillo / Madrid / Madrid.

28/0486 / Soledad Sainz García Asilo San Rafael / Madrid / Madrid.

28/0488 / Sanatorio Grediaga / Aranjuez / Madrid.

28/0497 / Diego Sarmiento de Valladares / Madrid / Madrid.

28/0500 / Ernesto Seco / Madrid / Madrid.

28/0506 / Laura Tebaldi / Madrid / Madrid.

28/0510 / Felipa Urbina / Madrid / Madrid.

28/0529 / Zorrilla y Monroy por José Zorrilla / Madrid / Madrid.

28/0543 / Juan Talavera / Alcorcón / Madrid.

28/0544 / Eulogio Madrid Sabroso / Ambite / Madrid.

28/0547 / Bartolomé Pérez Victoria / Aravaca / Madrid.

28/0555 / Colegio-Asilo Niñas Huérfanas Santa Cruz / Madrid / Madrid.

28/0559 / San Joaquín, por Joaquina de Orea y Haro / Carabaña / Madrid.

28/0566-000 / Nuestra Señora de la Soledad y del Carmen / Colmenar Viejo / Madrid.

28/0572 / Juan Rubio / Colmenar Viejo / Madrid.

28/0574 / Asilo Refugio del Santísimo Sacramento / Madrid / Madrid.

28/0577 / Indalecio Sánchez Carralero / Fuentidueña de Tajo / Madrid.

28/0585 / Andrés Arango y María Dolores Quesada / Loeches / Madrid.

28/0586 / Bartolomé Simón de Rabanera / Loeches / Madrid.

28/0587 / Donativo de Don Rafael por Josefa Martín Yuste / Moralzarzal / Madrid.

28/0588-000 / Nuestra Señora de la Antigua / Morata de Tajuña / Madrid.

28/0604 / Carmen González Amor. Hospital Ntra. Sra. del Carmen / Santorcaz / Madrid.

28/0606 / Albergue de San Juan por Laura Fernández / Sevilla la Nueva / Madrid.

28/0608 / Prisca Carrasco-Hospital / Tielmes / Madrid.

28/0627 / Juan de Dios Silva / Villa del Prado / Madrid.

28/0632 / Residencia Infantil de San Jerónimo / Madrid / Madrid.

28/0644 / Marcos de Plaza / Madrid / Madrid.

28/0646 / Luis Manuel de Quiñones / Madrid / Madrid.

28/0648 / Encarnación Rodríguez / Madrid / Madrid.

28/0651 / Manuela Sánchez Sagrameña / Madrid / Madrid.

28/0656 / Matías Urosa / Madrid / Madrid.

28/0659 / Flora Ahijón González / Ajalvir / Madrid.

28/0660 / Beneficencia de Alcalá / Alcalá de Henares / Madrid.

28/0662-000 / Nuestra Señora de la Misericordia (Antezana) / Alcalá de Henares / Madrid.

28/0663 / Juan Alonso Moscoso / Algete / Madrid.

28/0665 / Asilo Aprendices Agrícolas San Eduardo / Aranjuez / Madrid.

28/0666 / Nuestra Señora del Carmen / Barajas / Madrid.

28/0668 / San Salvador / Buitrago / Madrid.

28/0670 / Goicoechea de Isusi / Madrid / Madrid.

28/0672 / Vicenta Guimera y Alonso Malnero / Cercedilla / Madrid.

28/0675 / Rodríguez Monge / Colmenar de Oreja / Madrid.

28/0676 / Hospital por Sancho López y Marina Alfonso / Cobeña / Madrid.

28/0678 / Andrés Mingo / Chozas de la Sierra / Madrid.

28/0679-000 / María Leonor y Hernández Muriel / San Lorenzo de El Escorial / Madrid.

28/0680 / Hospital de San José / Getafe / Madrid.

28/0681 / Juan Muñoz / Leganés / Madrid.

28/0682 / Hospital de Pobres por Romualdo Marcos / Móstoles / Madrid.

28/0683 / Monte de Piedad Agrícola por Tiburcia Bermejo / Navalcarnero / Madrid.

28/0685 / Asilo de San Pedro y Santa Rosa de Lima / Pinto / Madrid.

28/0686 / Patronato de Pobres y Legado de Cámara / San Martín de Valdeiglesias / Madrid.

28/0687 / Casa de Salud de San Manuel / San Martín de Valdeiglesias / Madrid.

28/0690 / Hospital Santísima Trinidad por Tomás Bernaldo Q. / Torrelaguna / Madrid.

28/0696 / Goyeneche / Madrid / Madrid.

28/0697 / Andrés Garrido Buezo / Madrid / Madrid.

28/0715 / Esteban Díez / Madrid / Madrid.

28/0725 / Comunidad Cristiana de Viudas / Madrid / Madrid.

28/0730-000 / Carlos González Cruz / Madrid / Madrid.

28/0744 / Hermandad Santa María Espejo de Justicia / Madrid / Madrid.

28/0771 / Vega / Madrid / Madrid.

28/0776 / Calatayud Boira / Madrid / Madrid.

28/0779-000 / San Martín de Porres / Madrid / Madrid.

28/0780 / Hogar Doctor Vicente / Madrid / Madrid.

28/0786-000 / Pastrana / Madrid / Madrid.

28/0814 / LUCA / Madrid / Madrid.

28/0828-000 / Nuestra Señora de Montserrat / Madrid / Madrid.

28/0836-000 / FAD (Asistencia a Deficientes Psíquicos) / Leganés / Madrid.

28/0837-000 / Juan XXIII / Madrid / Madrid.

28/0839-000 / Cristo de la Paz / Alcalá de Henares / Madrid.

28/0865-000 / Ascensión Ortega Peruchelli / Madrid / Madrid.

28/0871-000 / Sor Rosalía Rendu / Madrid / Madrid.

28/0875-000 / Tutelar Disminuidos Psíquicos (FUTUMAD) / Madrid / Madrid.

28/0889-000 / Afanias-Moratalaz / Madrid / Madrid.

28/0921 / Latep-Afanias / Madrid / Madrid.

28/0934 / San Juan de Sahagún / Madrid / Madrid.

28/0943 / Colón / Madrid / Madrid.

28/0948 / PROYSUR (Proyectos del Sur) / Madrid / Madrid.

28/E066 / Instituto Laringológico / Madrid / Madrid.

1.2 Ministerio de Educación y Ciencia

Fundaciones docentes

1. «Aguilar Rodríguez».

2. «Alianza 68».

3. «Alvarez Bouquel».

4. «Alvarez Pereira».

5. «Amigos del Colegio Estudio».

6. «Amigos del Hospital Ramón y Cajal».

7. «Andrés Moreno».

8. «Angel Barbero Martín de Vidales».

9. «Aparicio de la Peña».

10. «Araujo (Premio)».

11. «Avellaneda».

12. «Ayuda, Desarrollo, Enseñanza e Investigación Industrial».

13. «Ayuso e Iglesias».

14. «Balmaseda y Mateo».

15. «Becas en el Seminario».

16. «Bergamín».

17. «Borrel».

18. «Cardenal Cisneros».

19. «Cardenal Herrera Oria».

20. «Carmen Rojo».

21. «Casa de Salud Santa Cristina».

22. «Casa de San José».

23. «Castellanos».

24. «Cátedra Pereira Bote».

25. «Caviggioli».

26. «Celadoras del Reinado del Corazón de Jesús».

27. «Cencillo Pineda».

28. «Centro de Enseñanza Especial».

29. «Centro de Estudios de Aprendizaje y Reeducación».

30. «Científica del Doctor Márquez».

31. «Cirilo Reverter».

32. «Ciudad de los Muchachos».

33. «Ciudad Infantil».

34. «Colegio Asilo de la Inmaculada Concepción».

35. «Colegio Bérriz».

36. «Colegio de Infantes de Coro».

37. «Colegio de la Purísima Concepción».

38. «Colegio de Santa Susana».

39. «Colegio Imperial San Isidro».

40. «Colegio Mayor Santo Tomás de Aquino».

41. «Colegio Nuevo Equipo».

42. «Colegio Purísima Concepción HH. Clarisas de Constantinopla».

43. «Colegios de Campo Pinosierra».

44. «Conchita Rábago de Jiménez Díaz».

45. «Condesa de Maudes».

46. «Diego del Pozo».

47. «Doctores Ratera».

48. «Doctor Fourquet».

49. «El Rosalar».

50. «Elías Ahuja y Andría».

51. «Esc. del Santísimo Sacramento Inst. HH. María Auxiliadora».

52. «Escuela Baños».

53. «Escuela de Economía».

54. «Escuela de Formación Profesional Nuestra Señora de Lepanto».

55. «Escuela de Gratitud al Santísimo Sacramento».

56. «Escuela de la Edificación».

57. «Escuela de Santa Juana Francisca Premiot».

58. «Escuela Nuestra Señora de la Paloma».

59. «Escuelas Católicas de la Inmaculada Concepción».

60. «Escuelas Católicas Juarranz».

61. «Escuelas de las Agustinas Magdalenas o del Beato Orozco».

62. «Escuelas de San Camilo».

63. «Escuelas de Santa Ana y San Rafael».

64. «Escuelas de Santo Domingo el Real».

65. «Escuelas del Ave María Nuestra Señora de la Almudena».

66. «Escuelas del Divino Corazón de Jesús».

67. «Escuelas Fernández Ardura».

68. «Escuelas Pías de San José de Calasanz».

69. «F. Escuelas de Periodismo UAM/El País».

70. «F. Española para el Desarrollo de la Nutrición Animal».

71. «F. General de la Universidad Complutense».

72. «F. General de la Universidad Politécnica».

73. «F. para la Promoción del Diseño en la Comunidad de Madrid».

74. «F. Protectora de Aspirantes a Misioneros».

75. «Federico Fliedner».

76. «Felipe Segovia Martínez».

77. «Fernández Cruz».

78. «Fernández Montaña».

79. «Fondo Social Universitario».

80. «Fund. General de la Universidad Autónoma de Madrid».

81. «Fund. Lara-Escuelas de Nuestra Señora de la Paloma».

82. «Gándara-Premios Eliseo de la».

83. «García Siñeriz».

84. «Garvia».

85. «Golden Clover».

86. «Gómez Pardo».

87. «González Herrera».

88. «González Maldonado Moreno».

89. «General de la Universidad de Alcalá de Henares».

90. «Granda y Callejas».

91. «Grupo Escolar Ave María».

92. «Horizonte» (Daces)».

93. «ICAI» (clases nocturnas).

94. «Ingeniería y Sociedad».

95. «Institución del Divino Maestro».

96. «Instituto Agustín de Bethencourt».

97. «Isabel Castelo».

98. «Jiménez Coronado».

99. «Jiménez Díaz».

100. «José Luis Oriol y Catalina de Urquijo de María Auxiliadora y San Juan Bosco».

101. «José María Llanos».

102. «Juan Bautista López de Mendoza».

103. «Juan Falcó Sancho».

104. «Juarranz Ramos».

105. «Julio Ortega García».

106. «Lamet».

107. «Lazcano».

108. «Legado Crespo».

109. «Lucrecia Arana».

110. «Luisa Sancho Mata».

111. «M. T.» (Meditación Trascendental).

112. «María del Carmen».

113. «Mariana Soto Herranz».

114. «Marquesa de Pelayo».

115. «Matilde Rodríguez y José Rubio».

116. «Matritense del Notariado».

117. «Misioneros Hijos del Inmaculado Corazón de María».

118. «Obra Pía de las Hermanas Montalbán».

119. «Orfanato de Jesús y Candelaria (Molina Padilla)».

120. «Paideia».

121. «Palomeras Altas».

122. «Para la Innovación Industrial».

123. «Patronato de Enseñanza y Cultura del Barrio de Entrevías».

124. «Patronato de los Sagrados Corazones».

125. «Patronato de San Rafael».

126. «Patronato de San José».

127. «Patronato del Sagrado Corazón de Jesús o Seises».

128. «Patronato Jorge Calvo de Protección y Cultura Femenina».

129. «Pedro Ruiz de la Arena».

130. «Pilar de la Mata».

131. «Ponce de León».

132. «Premio Arce».

133. «Premio Cortina».

134. «Premio del Matrimonio Luque».

135. «Premio HH. José y Fernando Serrano Súñer, Ingenieros».

136. «Premio María Pilar Palacios».

137. «Premio Maura».

138. «Premio Wilsson».

139. «Rafael Folch».

140. «Rebolledo y Palma».

141. «Ribera Gómez».

142. «Romero Grande».

143. «San Antonio». 144. «San Francisco de Asís».

145. «San Juan Bautista».

146. «Santa Elena».

147. «Santa María del Camino».

148. «Santa María del Pozo».

149. «Santa Rita».

150. «Santo Domingo el Real».

151. «Sanz del Río».

152. «Sarasate».

153. «Sastre».

154. «Sebastián Alvarez».

155. «Seminario de Derecho Romano-Ursicino Alvarez».

156. «Siempre Pilarista».

157. «Sixto Obrador».

158. «Tajamar».

159. «Tomé Orgaz».

160. «Universidad Carlos III».

161. «Ureña».

162. «Valdecilla».

163. «Valle Martínez».

164. «Escuela Viértola».

165. «Villanueva y Quintanilla».

166. «Josefina Villasante».

167. «Yagüe».

168. «Colegio Nacional de Ciegos».

169. «Colegio Nacional de Sordomudos».

170. «Rafael Leoz».

171. «Colegio Nacional de Sordos y Ciegos».

172. «Estudio».

173. «Otilia Millares Vázquez».

174. «Excelsior».

175. «Urología del Hospital Doce de Octubre» (FUDOCE).

1.3 Instituto Nacional de Fomento de la Economía Social (MTSS)

Fundaciones laborales

Comunidad de Madrid

Fundación laboral número 33:

P. A. Consultores de Dirección. Gran Vía, número 59, Madrid.

Fundación laboral número 43:

Cajas de Socorros de Empleados del Mercado de Pescados de Madrid. Central de Pescados de Madrid. Carretera de Villaverde a Vallecas, kilómetro 3,800 (Mercamadrid), 28027 Madrid.

Fundación laboral número 46:

Previsión Social Fernando de Roda Frías. Avenida Cámara Industria, número 9. Móstoles (Madrid).

Fundación laboral número 56:

Para Empleados del «Sanatorio Sear, Sociedad Anónima». Carretera de Madrid a Colmenar Viejo, kilómetro 14,800, Fuencarral (Madrid).

RELACION NUMERO 2

Personal que se traspasa a la Comunidad Autónoma de Madrid en materia de fundaciones

1.1 Funcionarios

Apellidos y nombre / Gr. / Niv. / Puesto o categoría / Número de Registro de Personal / Cuerpo o Escala / Retribuciones anuales: Básicas-Pesetas / Compl.-Pesetas / Seg. Soc.-Pesetas / Total-Pesetas

Madrid:

García Delgado, Julio. / B / 24 / Jefe Secc. Apoyo U. P. / 51582936.

68 A1122 / General Gestión. / 2.251.004 / 1.222.164 / - / 3.473.168

Pico Martínez, Fernando. / D / 18 / Jefe Negociado. / 01063179.

57 A1146 / General Auxiliar. / 1.380.274 / 695.784 / - / 2.076.058

Muñoz Lagos, Carmen. / D / 12 / Ayudante Oficina. / 00665971.

57 A6033 / Auxiliar AISS. / 1.253.714 / 480.504 / 437.097 / 2.171.315

Total CC.AA. / 4.884.992 / 2.398.452 / 437.097 / 7.720.541

RELACION NUMERO 3

Valoración del coste efectivo de los servicios traspasados en materia de fundaciones

Pesetas de 1995

1. Fundaciones benéfico-asistenciales

Sección 19: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Costes periféricos:

Capítulo I / 7.720.541

Sección 27: Ministerio de Asuntos Sociales.

Costes periféricos:

Capítulo II / 740.000

Costes centrales:

Costes centrales / 2.493.489

Total coste / 10.954.030

2. Fundaciones laborales

Organismo 19.103 (INFES).

Costes centrales / 101.464

3. Fundaciones docentes

Sección 18: Ministerio de Educación y Ciencia.

Costes centrales / 1.999.787

Resumen

Fundaciones benéfico-asistenciales / 10.954.030

Fundaciones laborales / 101.464

Fundaciones docentes / 1.999.787

Total coste efectivo / 13.055.281

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 09/06/1995
  • Fecha de publicación: 11/07/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 12/07/1995
  • Efectividad del traspaso desde el 1 de octubre de 1995.
Referencias anteriores
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Fundaciones
  • Instituto Nacional de Fomento de la Economía Social
  • Madrid
  • Ministerio de Asuntos Sociales
  • Ministerio de Educación y Ciencia
  • Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
  • Relaciones de Puestos de Trabajo

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