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Documento BOE-A-1996-10881

Orden de 25 de abril de 1996 por la que se aprueban las normas reguladoras del Registro Central del Personal al Servicio de la Administración de Justicia y el programa para su implantación.Ver texto consolidado

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 15 de mayo de 1996, páginas 16764 a 16802 (39 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1996-10881
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1996/04/25/(3)

TEXTO ORIGINAL

En el artículo 15 del Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses, así como en la disposición adicional primera del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, se determina que se creará en el Ministerio de Justicia e Interior un Registro Central de Personal de la Administración de Justicia en el que se inscribirá al personal al servicio de la misma y en el que se anotarán, preceptivamente, todos los actos que afecten a la carrera administrativa de dichos funcionarios, autorizando al citado departamento a aprobar las normas reguladoras del mismo y el programa para su implantación.

A su vez, la sentencia 56/1990 del Tribunal Constitucional preveía la promulgación de una futura y necesaria normativa que regulase la colaboración entre las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Justicia. El Registro Central de Personal de la Administración de Justicia se configura como un elemento clave para asegurar dicha colaboración y para garantizar la homogeneidad, actualización e integridad de los datos de personal a utilizar por las distintas administraciones con competencia en la materia.

En uso de la autorización reglamentaria citada y previo informe de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de personal al servicio de la Administración de Justicia, se dicta la presente Orden ministerial que contiene las normas reguladoras y el programa para su implantación.

Artículo 1. Definición.

El Registro Central de Personal de la Administración de Justicia se configura como el sistema estatal en el que se asegura la inscripción de todos los empleados públicos al servicio de la Administración de Justicia, la anotación preceptiva de todos los actos que afecten su vida administrativa, así como el archivo estatal de los expedientes personales documentales de dichos empleados públicos.

El sistema informático de soporte del Registro Central de Personal será el Sistema de Información de Personal (SIP), descrito en el artículo 12 de esta Orden.

Artículo 2. Personal incluido e inscripción inicial.

1. En el Registro Central deberá inscribirse:

a) Al personal que presta sus servicios en el ámbito de la Administración de Justicia regulado por la Ley Orgánica del Poder Judicial de los Cuerpos de Médicos Forenses, Técnicos Facultativos, Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, tanto de carrera como interinos.

b) Al personal laboral fijo o eventual integrado en el Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de Justicia no transferido.

2. La inscripción inicial deberá contener los datos que figuran en las pantallas de datos básicos y adscripción que se adjuntan como anexo III a esta Orden, y se efectuará, una vez formalizado en nombramiento o contrato origen de la relación de servicios, en el Sistema de Información de Personal.

Artículo 3. Ámbito del Registro y órgano de dirección

A fin de garantizar la integridad, coherencia y actualización del Sistema de Información de Personal, como sistema estatal de documentación y de gestión del personal de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, en su condición de cuerpos nacionales, los actos administrativos regulados en el artículo 5.º se grabarán en el Sistema de Información de Personal.

Dicha grabación se podrá efectuar bien directamente en el Sistema de Información de Personal, bien a través de la comunicación de sistemas informáticos diferentes siempre que, en este segundo supuesto, se garantice que la integridad de los datos que deben figurar en el Sistema de Información de Personal son introducidos y lo son en tiempo real, de forma que las nóminas que se emitiesen por cualquier sistema informático sean coincidentes en su totalidad.

A fin de garantizar la necesaria participación de todas las Administraciones afectadas, se constituirá un órgano de dirección del Registro Central de Personal de la Administración de Justicia encargado de elaborar las directrices de gestión y los requerimientos informáticos, el diseño y modificación de los documentos de gestión de personal.

Dicho órgano de dirección estará integrado por el Subdirector general de Planificación y Ordenación de Recursos Humanos de la Secretaría General de Justicia que lo presidirá, por un representante designado por cada una de las Comunidades Autónomas con competencias, respecto al personal al servicio de la Administración de Justicia y por un representante del Consejo General del Poder Judicial.

Artículo 4. Identificación de los empleados públicos en el Registro Central de Personal de la Administración de Justicia.

En el ámbito de la Administración de Justicia, el número de Registro de Personal será el documento nacional de identidad, completado con ceros a la izquierda hasta la cifra de ocho dígitos, los dígitos 9 y 10 serán dígitos de control, el 11 un espacio. Los demás caracteres se compondrán con la clase de personal y el Cuerpo.

No obstante, la clave de acceso primario al Sistema de Información de Personal, será el documento nacional de identidad.

Artículo 5. Datos anotables.

1. Las Gerencias Territoriales de Justicia o los órganos competentes de las Comunidades Autónomas deberán introducir preceptivamente en el Sistema de Información de Personal y remitir al Registro Central de Personal de la Administración de Justicia, respecto del personal descrito en el artículo 2 los actos, resoluciones y documentos siguientes:

1.1. Referentes a personal funcionario:

a) Tomas de posesión del primer puesto de trabajo y de los sucesivos.

b) Ceses en los puestos de trabajo.

c) Cambios de situación administrativa.

d) Reingresos.

e) Jubilaciones.

f) Pérdida de la condición de funcionario.

g) Reconocimiento de antigüedad y trienios.

h) Autorización o reconocimiento de compatibilidades.

i) Títulos, diplomas e idiomas.

j) Premios, sanciones, condecoraciones y menciones.

1.2. Referente a personal laboral no transferido:

a) Altas.

b) Bajas temporales y definitivas.

c) Reingresos.

d) Cambios de destino.

e) Prórrogas de contrato.

f) Cambio de situación administrativa.

g) Jubilaciones.

h) Reconocimiento de antigüedad.

i) Cambio de categoría laboral.

j) Autorización o reconocimiento de compatibilidades.

k) Títulos, diplomas e idiomas.

l) Premios, sanciones, condecoraciones y menciones.

2. Asimismo, se introducirán en el Sistema de Información de Personal y se remitirán al Registro Central de Personal de la Administración de Justicia cualesquiera otros actos, resoluciones y documentos cuya anotación esté legal o reglamentariamente establecida o así se determine por el órgano de dirección del Registro Central de Personal de la Administración de Justicia.

3. En el expediente personal no podrá figurar ningún dato relativo a la ideología, religión, creencias, origen racial, salud ni vida sexual. Los datos de carácter personal únicamente podrán ser utilizados a los efectos previstos en el Reglamento de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia y con respecto a lo previsto a la Ley Orgánica 5/1992, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.

4. Las resoluciones expresadas en el punto uno anterior, deberán formalizarse en los impresos de gestión que se acompañan como anexo I de esta Orden ministerial, que modifican parcialmente las fijadas en la Orden ministerial de 21 de febrero de 1996, por la que se modifican y descentralizan las nóminas de personal al servicio de la Administración de Justicia («Boletín Oficial del Estado», del 22), en aplicación de lo regulado en su disposición final primera.

Las Comunidades Autónomas con competencias transferidas sobre personal al servicio de la Administración de Justicia podrán, conforme a la normativa correspondiente de normalización lingüística, confeccionar y publicar impresos, con redacción bilingüe, iguales a las fijadas en el anexo I de la presente Orden ministerial.

Artículo 6. Procedimiento.

Las inscripciones y anotaciones en el Registro Central de Personal de la Administración de Justicia se efectuarán de acuerdo con el siguiente procedimiento:

6.1 Las Unidades de Personal de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas en materia de personal de la Administración de Justicia o las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia e Interior, introducirán en el Sistema de Información de Personal, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de esta Orden, los datos necesarios para la inscripción, una vez asignado número de Registro de Personal por el Registro Central de Personal de la Administración de Justicia.

6.2 Las Unidades de Personal competentes, una vez introducidos en el Sistema de Información de Personal los actos administrativos incluidos en el artículo anterior (utilizando los códigos que figuran como anexo II de esta Orden ministerial), remitirán, en el plazo de los tres días siguientes a la fecha en que hayan sido formalizados, al Registro Central de Personal de la Administración de Justicia, un ejemplar de los documentos normalizados (anexo I) para su posterior archivo en los expedientes personales, otro ejemplar se remitirá al interesado, un tercer ejemplar se guardará por el centro gestor y el cuarto se conservará en el centro de destino del interesado.

6.3 Corrección de errores: Los errores materiales y omisiones que impidan la inscripción o anotación de los actos comunicados serán subsanados de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 7. Reflejo de las anotaciones en la nómina.

La inscripción del personal y las anotaciones de los actos que afecten a su vida administrativa en el Sistema de Información de Personal y la remisión de los documentos al Personal de la Administración de Justicia, serán requisito previo imprescindible para su reflejo en la nómina.

Artículo 8. Acceso al expediente.

Al expediente personal podrán tener acceso únicamente el interesado y los órganos administrativos cuando lo requieran en el ejercicio de sus competencias.

Artículo 9. Expedición de títulos y certificados.

1. El Ministerio de Justicia e Interior, a través del Registro de Personal, confeccionará los títulos administrativos del personal contemplado en el artículo 2.º, conservando una copia de los mismos a los que deberá incorporar todos los actos anotados que afecten a sus titulares y que constituirán su expediente personal.

2. El Jefe del Registro de Personal de la Administración de Justicia, las Comunidades Autónomas con competencia en materia de personal y las unidades de personal, en el ámbito de su competencia, expedirán a los interesados y a los órganos administrativos que lo requieran, certificación de las inscripciones y anotaciones que figuren en el mismo.

Artículo 10. Responsabilidad por alteración de datos.

La asignación o alteración fraudulentas de la información del Registro Central de Personal dará lugar a la exigencia de responsabilidad disciplinaria, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pueda corresponder.

Artículo 11. Comunicación entre Administraciones.

1. Las relaciones y comunicaciones entre el Registro Central de Personal de la Administración de Justicia y demás centros directivos con competencia en materia de personal de las Comunidades Autónomas y de las Gerencias Territoriales se llevarán a cabo, en cuanto se refiera a las materias objeto de esta Orden ministerial, a través del Sistema de Información de Personal, sin perjuicio de la remisión de los documentos que reflejen los actos administrativos que hayan sido anotados.

2. Para la homogeneización de los documentos que van a formar parte de los expedientes personales, así como códigos, claves y documentos en materia de personal, las distintas unidades se ajustarán a lo establecido en el anexo I, que se acompaña al presente Reglamento, sin perjuicio de las adaptaciones propias de las leyes de normalización lingüística correspondientes, en el caso de las Comunidades Autónomas que hayan recibido los traspasos de medios personales para el funcionamiento de la Administración de Justicia.

Artículo 12. Sistema informático de soporte del Registro Central.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la LORTAD, el Registro Central de Personal de la Administración de Justicia se configura con las características siguientes:

a) Denominación del sistema de información y del fichero:

Sistema de Información de Personal.

b) Finalidad del fichero y usos previstos:

Gestión económica (nómina) y administrativa del personal afectado, bien directamente (personal no transferido), bien conforme al artículo 3.º de esta Orden (personal transferido).

Concurso de traslados y méritos.

c) Personas o colectivos personales:

Afectados por los datos: Personal funcionario y personal laboral de la Administración de Justicia, contemplado en el artículo 2.1 de esta Orden.

Obligados a suministrar los datos: Los anteriores.

d) Procedimiento de recogida de datos:

A través de los datos de documentos oficiales.

e) Estructura básica del fichero:

Base de datos.

f) Datos relativos a infracciones:

Infracciones administrativas.

Norma reguladora, en virtud de la cual han sido incluidos: Reales Decretos por los que se aprueban los Reglamentos Orgánicos de los Cuerpos respectivos.

g) Datos de carácter identificativo:

Documento nacional de identidad.

Número de la Seguridad Social/Mutualidad.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Número de Registro de Personal.

h) Datos de características personales:

Estado civil.

Datos de familia.

Fecha/Lugar de nacimiento.

Sexo.

Nacionalidad.

i) Datos académicos y profesionales:

Formación, titulaciones.

Experiencia profesional.

j) Datos de detalles del empleo y carrera administrativa:

Cuerpo/Escala.

Categoría/Grado.

Puesto de trabajo.

k) Datos no económicos de nómina:

Historial del trabajador.

l) Datos económico-financieros:

Datos económicos de nómina (conforme a lo previsto en el apartado b).

m) Cesiones de datos de carácter personal:

a) A departamentos, órganos o servicios de la propia Administración Pública:

Ministerio para las Administraciones Públicas.

Ministerio de Economía y Hacienda.

Agencia Estatal de Administración Tributaria.

b) A otras Administraciones Públicas: Comunidades Autónomas con competencia en materia de personal de la Administración de Justicia.

c) A entidades privadas: No se prevén.

n) Órganos de la Administración responsables del fichero automatizado:

Subdirección General de Planificación y Ordenación de los Recursos Humanos de la Administración de Justicia.

Secretaría General de Justicia.

Secretaría de Estado de Justicia.

ñ) Servicios y unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Subdirección General de Planificación y Ordenación de los Recursos Humanos de Justicia.

Gerencias Territoriales.

Comunidades Autónomas con competencias en materia de personal de la Administración de Justicia.

Disposición adicional.

Los anexos que acompañan a la presente Orden se podrán modificar por la Secretaría de Estado de Justicia, previo informe de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de personal.

Disposición final.

La presente Orden ministerial entrará en vigor en el plazo de un mes, desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I.

Madrid, 25 de abril de 1996.

BELLOCH JULBE

Ilmo. Sr. Secretario general de Justicia.

ANEXO I
Documentos de gestión de personal

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ANEXO II
Códigos de denominación

Códigos de cuerpos

Cuerpo

Denominación Cuerpo

1

Altos cargos.

11

Magistrados equiparados Tribunal Supremo.

12

Magistrados.

13

Jueces.

21

Fiscales Jefe TSJ

22

Fiscales 2.ª categoría.

23

Fiscales 3.ª categoría.

30

Médicos forenses.

32

Técnicos facultativos.

40

Letrados Tribunal Supremo.

41

Secretarios 1.

42

Secretarios 1 Jur. Lab.

43

Secretarios 2.

44

Secretarios 2 Jur. Lab.

45

Secretarios 3.

46

Personal grupo A no catalogado.

47

Personal grupo B no catalogado.

51

Secretarios Paz a extinguir.

61

Oficiales.

62

Personal grupo C no catalogado.

71

Auxiliares.

72

Personal grupo D no catalogado.

81

Agentes.

82

Personal grupo E no catalogado.

Códigos de categorías

Cuerpo

Denominación categoría

1101

Psicólogo 7,30 h.

1107

Psicólogo 4 h.

1201

Titulado superior.

2101

Ayudante de archivo.

2201

Educador.

2301

Perito judicial diplomado.

2401

Trabajador social.

3101

Jefe adminis. 2.

3201

Jefe mantenimiento.

3301

Perito judicial (BUP) 7,30 h.

3407

Perito judicial (BUP) 4 h.

3501

Traductor/Intérprete 7,30 h.

3607

Traductor/Intérprete 4 h.

4101

Conservador 7,30 h.

4103

Conservador 6 h.

4107

Conservador 4 h.

4201

Encargado de vigilancia.

4301

Estenotipista 3,30 h.

4308

Estenotipista 7,30 h.

4401

Oficial 1.º Administrativo.

4501

Oficial 1.º Oficios varios.

5101

Oficial 2.º Administrativo.

5201

Oficial 2.º Oficios varios aire acondicionado/calefacción 7,30 h.

5207

Oficial 2.º Oficios varios aire acondicionado/calefacción 4 h.

5212

Oficial 2.º Oficios varios aire acondicionado/calefacción 2 h.

5301

Oficial 2.º Oficios varios.

5401

Taquillera.

6101

Aparcador.

6201

Auxiliar.

6301

Mozo-calefactor 7,30 h.

6302

Mozo-calefactor 7 h.

6303

Mozo-calefactor 6 h.

6305

Mozo-calefactor 5 h.

6306

Mozo-calefactor 4,30 h.

6307

Mozo-calefactor 4 h.

6309

Mozo-calefactor 3 h.

6312

Mozo-calefactor 2 h.

6401

Oficial 3.º Oficios varios 7,30 h.

6409

Oficial 3.º Oficios varios 2,75 h.

6501

Telefonista-recepcionista.

7101

Ascensorista.

7201

Celador.

7301

Portero.

7401

Sereno.

7501

Subalterno.

7601

Telefonista.

7701

Vigilante 7,30 h.

7707

Vigilante 4 h.

8101

Limpiadora 7,30 h.

8102

Limpiadora 7 h.

8103

Limpiadora 6 h.

8104

Limpiadora 5,30 h.

8105

Limpiadora 5 h.

8107

Limpiadora 4 h.

8108

Limpiadora 3,30 h.

8109

Limpiadora 3 h.

8110

Limpiadora 2,30 h.

8112

Limpiadora 2 h.

8113

Limpiadora 1,30 h.

8201

Mozo 7,30 h.

8203

Mozo 6 h.

8301

Mozo de autopsias.

Códigos de devengos. Personal funcionario

Clave Dev.

Denominación

01

Sueldo.

02

Trienios.

03

Grado.

05

Comp. Juzgado Decano.

06

Comp. carácter función.

07

Comp. lugar destino.

08

Responsabilidad destino.

09

Penosidad equipo apoyo.

10

Pen. ser. com. f. horario.

11

Pen. sal. centro peniten.

12

Dispo. adicional novena.

13

Penosidad destino.

14

Especial dificultad.

15

Guardia presencia.

16

Guardia disp. tipo 1.

17

Guardia disp. tipo 2.

18

Guardia disp. tipo 3.

19

Desempeño conjunto.

20

Gratificación.

21

Complemento destino.

22

Comp. esp. responsab.

23

Comp. grupo población.

24

Trienios (antigüedad).

25

Comp. habilitación.

29

A. S. ayuda famil. minusval.

30

A. S. ayuda gastos sanitarios.

31

A. S. plus casado/viudo.

32

A. S. mejora por hijos.

33

A. S. varia.

34

ILT. Enfermedad/maternidad.

35

ILT. AT/EP.

37

Ayuda para oposiciones.

38

Ayuda por hijos.

39

Ayuda estudio Universidad.

40

Ayuda estudio. Educación Secundaria.

41

Ayuda estudios. Educación Primaria.

42

Ayuda estudios. Educación distancia.

43

Ayuda por transporte.

44

Ayuda por traslado.

45

Ayuda por fallecimiento.

46

Ayuda intern. sanatorial.

47

Ayuda familia. Disminuidos.

48

Ayuda por fomento cultural.

49

Indemnización residencia sin trienios.

50

Indemnización residencia con trienios.

51

Indemnización residencia. Trienios.

52

Cpta. Indemnización residencia.

53

Indemnización residencia trienios.

54

Cruces y medallas.

55

Complemento personal.

56

Incentivo de cuerpo no CT.

57

Dedicación exclusiva no CT.

58

Fondo productividad no CT.

59

Complemento específico no CT.

60

Sueldo no catalogado.

61

Complemento destino no catalogado.

80

ILT. Maternidad 01/1995.

81

ILT. AT/EP diferencia.

82

Compensación vacaciones.

90

Paga extra trienios.

91

Paga extra sueldo.

92

Paga extra trienios.

93

Paga extra grado.

94

Paga extra. Sueldo no catalogado.

Códigos de puestos. Personal funcionario

Cod Den.

Denominación puesto

Grupo

1

Presidentes

1

2

Presidentes de Sala

1

3

Magistrados

1

10

Presidente Tribunal Superior de Justicia

2

20

Presidente Sección Audiencia Nacional

3

30

Presidente Sala TSJ

3

40

Presidente Audiencia Provincial

3

50

Presidente Sección Audiencia Provincial

3

60

Magistrado Órganos Colegiados

3

70

Presidente Sala TSJ

4

80

Presidente Audiencia Provincial

4

90

Presidente Sección Audiencia Provincial

4

100

Magistrado Órgano Colegiado

4

110

Magistrado Juzgados Centrales

4

120

Decanos

4

130

Magistrado Órganos Unipersonales

4

140

Presidente Sala TSJ

5

150

Presidente Audiencia Provincial

5

160

Presidente Sección Audiencia Provincial .

5

170

Magistrado Órganos Colegiados

5

180

Decanos

5

190

Magistrado Órganos Unipersonales

5

200

Decanos

6

210

Magistrado Órganos Unipersonales

6

220

Jueces

7

230

Jueces

8

240

Jueces

9

1010

Fiscal Jefe Trib. Sup. Just.

2

1015

Teniente Fiscal Constitucional

2

1020

Fiscales Tribunal Constitucional

2

1030

Fiscales Tribunal Supremo

2

1040

Teniente Fiscal Audiencia Nacional

3

1045

Teniente Fiscal Inspector

3

1050

Teniente Fiscal Tribunal de Cuentas

3

1060

Teniente Fiscal Antidroga

3

1065

Teniente Fiscal Inspector

3

1070

Inspector Fiscal

3

1080

Fiscales Secretaría Técnica

3

1090

Fiscales Tribunal de Cuentas

3

1100

Fiscales Antidroga

3

1105

Abogado Fiscal Antidroga

3

1110

Fiscales Audiencia Nacional

3

1125

Teniente Fiscal

3

1128

Fiscal Coordinador

3

1130

Teniente Fiscal

4

1140

Fiscal Jefe

4

1145

Teniente Fiscal Audiencia Provincial

4

1150

Fiscal Coordinador

4

1155

Fiscal Jefe Audiencia Provincial

5

1160

Fiscales Segunda

4

1165

Teniente Fiscal Tribunal Superior de Justicia

5

1170

Teniente Fiscal

5

1180

Fiscal Coordinador

5

1185

Teniente Fiscal no Coordinador

6

1190

Fiscales de segunda

5

1200

Teniente Fiscal

6

1210

Fiscales de segunda

6

1220

Fiscales de tercera

7

1230

Fiscales de tercera

8

1231

Fiscales de tercera (Alcañiz)

8

1240

Fiscales de tercera

9

2010

Secretario Decanatos exclusivos

6

2020

Secretario Decanatos exclusivos

7

2030

Secretario Primera Instancia

6

2040

Secretario Primera Instancia

7

2050

Secretario Primera Instancia

8

2060

Secretario Primera Instancia e Instrucción .

9

2070

Secretario Registro Civil Central

6

2080

Secretario Juzgado de lo Social

6

2090

Secretario Servicio Común. Notificaciones y Embargos

6

2100

Secretario Servicio Común. Notificaciones y Embargos

7

2110

Secretario Servicio Común. Notificaciones y Embargos

8

2120

Secretario Servicio Común. Notificaciones y Embargos

9

2130

Secretario Gobierno Tribunal Supremo

1

2140

Secretario

2

2150

Secretario

3

2160

Secretario

4

2170

Secretario

5

2180

Secretario primera

6

2190

Secretario segunda

6

2200

Secretario segunda

7

2210

Secretario segunda

8

2220

Secretario segunda

9

2230

Secretario tercera

10

2240

Secretario tercera

11

2250

Secretario Instrucción

6

2260

Secretario Instrucción

7

2270

Secretario de Instrucción

8

2280

Secretario segunda

9

3010

Director Instituto Regional

1

3020

Director Instituto Regional

2

3030

Director Instituto Provincial

2

3040

Director Instituto Regional

3

3050

Director Instituto Provincial/Instrucción

3

3060

Director Instituto Provincial/Instancia e Instrucción

3

3070

Director Instituto Provincial

4

3080

Director de Clínica Regional

1

3090

Director Clínica Regional

2

3100

Director Clínica Provincial

2

3110

Director Clínica Provincial

3

3120

Director Clínica Regional

4

3130

Director Clínica Provincial

4

3140

Director Clínica Provincial

5

3145

Director Instituto Nacional Toxicología

1

3146

Director Instituto Nacional Toxicología

3

3150

Jefe Sección

1

3151

Jefe Sección Anatómico-Patológica. Instituto Nacional de Toxicología

1

3152

Jefe Sección Química. Instituto Nacional Toxicología

1

3153

Jefe Sección Biología. Instituto Nacional Toxicología

1

3154

Jefe Sección Criminología. Instituto Nacional Toxicología

1

3155

Jefe Sección Exploración Animal. Instituto Nacional Toxicología

1

3160

Jefe Sección

2

3170

Jefe Sección/Instrucción

3

3171

Jefe Sección Anatómico-Patológica. Instituto Nacional Toxicología

3

3172

Jefe Sección Química. Instituto Nacional Toxicología

3

3173

Jefe Sección Biología. Instituto Nacional Toxicología

3

3180

Jefe Sección/Instancia e Instrucción

3

3190

Jefe Sección/Instancia e Instrucción

5

3200

Especialista jornada normal Instrucción

1

3220

Especialista jornada normal

2

3230

Especialista jornada completa Instrucción.

1

3240

Especialista jornada completa Inst. e Instrucción

1

3245

Especialista jornada completa Instrucción.

2

3250

Especialista jornada completa

5

3260

Médico Forense jornada normal Instrucción

1

3261

Técnico Facultativo. Sección Laboratorio Instituto Nacional de Toxicología

1

3262

Técnico Facultativo Anatomía Patológica. Instituto Nacional de Toxicología

1

3263

Técnico Facultativo Sección Química. Instituto Nacional de Toxicología

1

3264

Técnico Facultativo Sección Biología. Instituto Nacional de Toxicología

1

3265

Técnico Facultativo Sección Histopatología. Instituto Nacional de Toxicología

1

3266

Técnico Facultativo Servicio de Información. Instituto Nacional de Toxicología.

1

3267

Técnico Facultativo Sección Criminología. Instituto Nacional de Toxicología

1

3268

Técnico Facultativo Exploración Animal. Instituto Nacional de Toxicología

1

3269

Técnico Facultativo Sección Sit. Instituto Nacional de Toxicología

1

3270

Médico Forense jornada normal. Instancia e Instrucción

1

3280

Médico Forense jornada normal. Juzgados Centrales Instrucción

1

3290

Médico Forense jornada normal. Instrucción, Clínica, Decana y Vig. Pe.

2

3295

Médico Forense jornada normal. Instituto Nacional de Toxicología

1

3300

Médico Forense jornada normal. Instancia e Instrucción. Decanato

2

3310

Médico Forense. Registro Civil

2

3320

Médico Forense jornada normal. Instrucción Decanato

3

3330

Médico Forense jornada normal. Instancia e Instrucción y Decanato

3

3340

Médico Forense Registro Civil

3

3350

Médico Forense jornada normal. Instrucción

4

3360

Médico Forense jornada normal. Instancia e Instrucción. Decanato

4

3370

Médico Forense jornada normal. Instancia e Instrucción

5

3380

Médico Forense jornada completa. Inst., Clin., Deca., Vig. Penit.

1

3390

Médico Forense jornada completa. Instancia e Instrucción Clínica

1

3395

Médico Forense Juzgados Centrales de Instrucción, jornada completa

1

3400

Médico Forense jornada completa. Instituto Nacional Toxicología

1

3410

Médico Forense jornada completa. Instrucción, V. Penitenciaria

2

3420

Médico Forense jornada completa. Instancia e Instrucción

2

3430

Médico Forense jornada completa. Instrucción, Decanato e Instt.

3

3431

Técnico Facultativo Anatomía Patológica. Instituto Nacional de Toxicología

3

3432

Técnico Facultativo Sección Química. Instituto Nacional de Toxicología

3

3433

Técnico Facultativo Sección Biología. Instituto Nacional de Toxicología

3

3434

Técnico Facultativo Serv. Información. Instituto Nacional de Toxicología

3

3435

Técnico Facultativo Unidad Administrativa. Instituto Nacional de Toxicología

3

3440

Médico Forense jornada completa. Instancia e Instrucción Magis. Decanato

3

3450

Médico Forense jornada completa. Instancia e Instrucción Juez

3

3460

Médico Forense jornada completa. Instrucción

4

3470

Médico Forense jornada completa. Instancia e Instrucción. Magis. Decanato

4

3480

Médico Forense jornada completa. Instancia e Instrucción Juez

4

3490

Médico Forense jornada completa. Instancia e Instrucción Magis. Decanato

5

3500

Médico Forense jornada completa. Instancia e Instrucción. Juez Decanato

5

3510

Médico Forense Registro Civil

5

4010

Oficiales

1

4020

Oficiales

2

4030

Oficiales

3

4040

Oficiales

4

4050

Oficiales

5

4060

Oficiales

6

4070

Oficiales

7

4080

Oficiales

8

4090

Oficiales

9

4100

Oficiales

10

4110

Oficiales

11

4120

Oficiales

12

4130

Oficiales

13

4140

Oficiales

14

4150

Oficiales

15

4160

Oficiales

16

4170

Oficiales

17

4180

Oficiales

18

4190

Oficiales

19

4200

Oficial Sala Segunda. Tribunal Supremo

1

4210

Oficial Fiscalía Tribunal Supremo (Sala Segunda)

1

4220

Oficial Sala Penal. Audiencia Nacional

1

4230

Oficial Fiscalía Audiencia Nacional

1

4240

Oficial Fiscalía Antidroga

1

4250

Oficial Juzgados Centrales Instrucción y Penal

1

4260

Oficial Servicio Común. Notificaciones y Embargos

1

4270

Oficial Servicio Común. Notificaciones y Embargos

3

4280

Oficial Servicio Común. Notificaciones y Embargos

5

4290

Oficial Servicio Común. Notificaciones y Embargos

6

4300

Oficial Servicio Común. Notificaciones y Embargos

8

4310

Oficial Servicio Común. Notificaciones y Embargos

11

4320

Oficial Servicio Común. Notificaciones y Embargos

12

4330

Oficial Servicio Común. Notificaciones y Embargos

13

4340

Oficial Servicio Común. Notificaciones y Embargos

14

4350

Oficial Servicio Común. Notificaciones y Embargos

15

4360

Oficial Servicio Común. Notificaciones y Embargos

16

4370

Oficial Servicio Común. Notificaciones y Embargos

19

4380

Oficial Instrucción/Penal

1

4381

Oficial E/L Sección Laboratorio. Instituto Nacional de Toxicología

1

4390

Oficial Instrucción/Penal

3

4391

Oficial E/L Sección Laboratorio. Instituto Nacional de Toxicología

3

4400

Oficial Instrucción/Penal

5

4410

Oficial Instrucción/Penal

6

4420

Oficial Instrucción/Penal

8

4430

Oficial Instrucción/Penal

12

4440

Oficial Instrucción/Penal

14

4450

Oficial Instrucción/Penal

17

4460

Oficial Instancia e Instrucción/Penal

2

4470

Oficial Instancia e Instrucción/Penal

4

4480

Oficial Instancia e Instrucción/Penal

7

4490

Oficial Instancia e Instrucción/Penal

9

4500

Oficial Instancia e Instrucción/Penal

10

4510

Oficial Instancia e Instrucción/Penal

11

4520

Oficial Instancia e Instrucción/Penal

13

4530

Oficial Instancia e Instrucción/Penal

15

4540

Oficial Instancia e Instrucción/Penal

16

4550

Oficial Instancia e Instrucción/Penal

18

4560

Oficial Instancia e Instrucción/Penal

19

4570

Oficial Instituto Nacional de Toxicología.

1

4580

Oficial Instituto Nacional de Toxicología.

3

4589

Secretarios de Paz, más de 7.000 habitantes

20

4590

Oficial Instituto Anatómico Forense, Escala A

1

4591

Oficial Instituto Anatómico Forense, Escala L

1

4599

Secretarios de Paz, menos de 7.000 habitantes

20

4600

Oficiales Instituto Anatómico Forense

3

4610

Oficiales Instituto Anatómico Forense

5

4620

Oficiales Instituto Anatómico Forense

8

4630

Oficiales Instituto Anatómico Forense

11

4640

Oficiales Instituto Anatómico Forense

14

4650

Oficiales Instituto Anatómico Forense

16

4660

Oficiales Clínica Médico Forense

1

4670

Oficiales Clínica Médico Forense

3

4680

Oficiales Clínica Médico Forense

5

4690

Oficiales Clínica Médico Forense

8

4700

Oficiales Clínica Médico Forense

11

4710

Oficiales Clínica Médico Forense

14

4720

Oficiales Clínica Médico Forense

16

4730

Oficiales Clínica Médico Forense

17

4740

Oficiales Clínica Médico Forense

19

4750

Oficiales Paz, más de 7.000 habitantes.

20

4760

Oficiales Paz, menos de 7.000 habitantes

20

5010

Auxiliar

1

5020

Auxiliar

2

5030

Auxiliar

3

5040

Auxiliar

4

5050

Auxiliar

5

5060

Auxiliar

6

5070

Auxiliar

7

5080

Auxiliar

8

5090

Auxiliar

9

5100

Auxiliar

10

5110

Auxiliar

11

5120

Auxiliar

12

5130

Auxiliar

13

5140

Auxiliar

14

5150

Auxiliar

15

5160

Auxiliar

16

5170

Auxiliar

17

5180

Auxiliar

18

5190

Auxiliar

19

5200

Auxiliar Sala Segunda. Tribunal Supremo

1

5210

Auxiliar Fiscalía Tribunal Supremo (Sala Segunda)

1

5220

Auxiliar Sala Penal Audiencia Nacional

1

5230

Auxiliar Fiscalía Audiencia Nacional

1

5240

Auxiliar Fiscalía Antidroga

1

5250

Auxiliar Juzgados Centrales Instrucción y Penal

1

5260

Auxiliar Servicio Común de Notificaciones y Embargos

1

5270

Auxiliar Servicio Común de Notificaciones y Embargos

3

5280

Auxiliar Servicio Común de Notificaciones y Embargos

5

5290

Auxiliar Servicio Común de Notificaciones y Embargos

6

5300

Auxiliar Servicio Común de Notificaciones y Embargos

8

5310

Auxiliar Servicio Común de Notificaciones y Embargos

11

5320

Auxiliar Servicio Común de Notificaciones y Embargos

12

5330

Auxiliar Servicio Común de Notificaciones y Embargos

13

5340

Auxiliar Servicio Común de Notificaciones y Embargos

14

5350

Auxiliar Servicio Común de Notificaciones y Embargos

15

5360

Auxiliar Servicio Común de Notificaciones y Embargos

16

5370

Auxiliar Servicio Común de Notificaciones y Embargos

19

5380

Auxiliar Instrucción/Penal

1

5381

Auxiliar Sección Laboratorio. Instituto Nacional de Toxicología, Escala L

1

5390

Auxiliar Instrucción/Penal

3

5391

Auxiliar E/L Sección Laboratorio. Instituto Nacional de Toxicología

3

5392

Auxiliar E/L Sección Anatomía. Instituto Nacional de Toxicología

3

5400

Auxiliar Instrucción/Penal

5

5410

Auxiliar Instrucción/Penal

6

5420

Auxiliar Instrucción/Penal

8

5430

Auxiliar Instrucción/Penal

12

5440

Auxiliar Instrucción/Penal

14

5450

Auxiliar Instrucción/Penal

17

5460

Auxiliar Instancia e Instrucción./Penal

2

5470

Auxiliar Instancia e Instrucción./Penal

4

5480

Auxiliar Instancia e Instrucción./Penal

7

5490

Auxiliar Instancia e Instrucción./Penal

9

5500

Auxiliar Instancia e Instrucción./Penal

10

5510

Auxiliar Instancia e Instrucción./Penal

11

5520

Auxiliar Instancia e Instrucción./Penal

13

5530

Auxiliar Instancia e Instrucción./Penal

15

5540

Auxiliar Instancia e Instrucción./Penal

16

5550

Auxiliar Instancia e Instrucción./Penal

18

5560

Auxiliar Instancia e Instrucción./Penal

19

5570

Auxiliar. Instituto Nacional de Toxicología.

1

5580

Auxiliar. Instituto Nacional de Toxicología.

3

5590

Auxiliar. Instituto Anatómico Forense, escala A

1

5591

Auxiliar. Instituto Anatómico Forense, escala L

1

5600

Auxiliar. Instituto Anatómico Forense, escala A

3

5601

Auxiliar. Instituto Anatómico Forense, escala L

3

5610

Auxiliar. Instituto Anatómico Forense, escala A

5

5611

Auxiliar. Instituto Anatómico Forense, escala L

5

5620

Auxiliar. Instituto Anatómico Forense

8

5630

Auxiliar. Instituto Anatómico Forense

11

5640

Auxiliar. Instituto Anatómico Forense

14

5650

Auxiliar. Instituto Anatómico Forense

16

5660

Auxiliar Clínica Médico Forense, escala A.

1

5661

Auxiliar Clínica Médico Forense, escala L.

1

5670

Auxiliar Clínica Médico Forense, escala A.

3

5671

Auxiliar Clínica Médico Forense, escala L.

3

5680

Auxiliar Clínica Médico Forense, escala A.

5

5681

Auxiliar Clínica Médico Forense, escala L.

5

5690

Auxiliar Clínica Médico Forense

8

5700

Auxiliar Clínica Médico Forense

11

5710

Auxiliar Clínica Médico Forense

14

5720

Auxiliar Clínica Médico Forense

16

5730

Auxiliar Clínica Médico Forense

17

5740

Auxiliar Clínica Médico Forense

19

5750

Auxiliar Paz, más de 7.000 habitantes

20

5760

Auxiliar Paz, menos de 7.000 habitantes.

20

6010

Agente

1

6020

Agente

2

6030

Agente

3

6040

Agente

4

6050

Agente

5

6060

Agente

6

6070

Agente

7

6080

Agente

8

6090

Agente

9

6100

Agente

10

6110

Agente

11

6120

Agente

12

6130

Agente

13

6140

Agente

14

6150

Agente

15

6160

Agente

16

6170

Agente

17

6180

Agente

18

6190

Agente

19

6200

Agente Sala Segunda. Tribunal Supremo.

1

6210

Agente Fiscalía. Tribunal Supremo. Sala Segunda

1

6220

Agente Sala Penal Audiencia Nacional

1

6230

Agente Fiscalía. Audiencia Nacional

1

6240

Agente Fiscalía Antidroga

1

6250

Agente Juzgados Centrales Instrucción y Penal

1

6260

Agente Servicio Común, Notificaciones y Embargos

1

6270

Agente Servicio Común, Notificaciones y Embargos

3

6280

Agente Servicio Común, Notificaciones y Embargos

5

6290

Agente Servicio Común, Notificaciones y Embargos

6

6300

Agente Servicio Común, Notificaciones y Embargos

8

6310

Agente Servicio Común, Notificaciones y Embargos

11

6320

Agente Servicio Común, Notificaciones y Embargos

12

6330

Agente Servicio Común, Notificaciones y Embargos

13

6340

Agente Servicio Común, Notificaciones y Embargos

14

6350

Agente Servicio Común, Notificaciones y Embargos

15

6360

Agente Servicio Común, Notificaciones y Embargos

16

6370

Agente Servicio Común, Notificaciones y Embargos

19

6380

Agente Instrucción/Penal

1

6381

Agente Sección Laboratorio. Instituto Nacional de Toxicología, escala L

1

6390

Agente Instrucción/Penal

3

6391

Agente Sección Laboratorio. Instituto Nacional de Toxicología, escala L

3

6400

Agente Instrucción/Penal

5

6410

Agente Instancia e Instrucción/Penal

6

6420

Agente Instrucción/Penal

8

6430

Agente Instrucción/Penal

12

6440

Agente Instrucción/Penal

14

6450

Agente Instrucción/Penal

17

6460

Agente Instrucción/Penal

2

6470

Agente Instancia e Instrucción/Penal

4

6480

Agente Instancia e Instrucción/Penal

7

6490

Agente Instancia e Instrucción/Penal

9

6500

Agente Instancia e Instrucción/Penal

10

6510

Agente Instancia e Instrucción/Penal

11

6520

Agente Instancia e Instrucción/Penal

13

6530

Agente Instancia e Instrucción/Penal

15

6540

Agente Instancia e Instrucción/Penal

16

6550

Agente Instancia e Instrucción/Penal

18

6560

Agente Instancia e Instrucción/Penal

19

6570

Agente Instituto Nacional de Toxicología

1

6580

Agente Instituto Nacional de Toxicología

3

6590

Agente Instituto Anatómico Forense, escala A

1

6591

Agente Instituto Anatómico Forense, escala L

1

6600

Agente Instituto Anatómico Forense, escala A

3

6601

Agente Instituto Anatómico Forense, escala L

3

6610

Agente Instituto Anatómico Forense, escala A

5

6611

Agente Instituto Anatómico Forense, escala L

5

6620

Agente Instituto Anatómico Forense

8

6630

Agente Instituto Anatómico Forense

11

6640

Agente Instituto Anatómico Forense, escala A

14

6641

Agente Instituto Anatómico Forense, escala L

14

6650

Agente Instituto Anatómico Forense

16

6660

Agente Clínica Médico Forense, escala A.

1

6661

Agente Clínica Médico Forense, escala L.

1

6670

Agente Clínica Médico Forense

3

6680

Agente Clínica Médico Forense

5

6690

Agente Clínica Médico Forense, escala A.

8

6691

Agente Clínica Médico Forense, escala L.

8

6700

Agente Clínica Médico Forense

11

6710

Agente Clínica Médico Forense

14

6720

Agente Clínica Médico Forense

16

6730

Agente Clínica Médico Forense

17

6740

Agente Clínica Médico Forense

19

6750

Agente Paz, más de 7.000 habitantes

20

6760

Agente Paz, menos de 7.000 habitantes.

20

7000

Grupo A no catalogado

20

7001

Grupo B no catalogado

16

7002

Grupo C no catalogado

12

7003

Grupo D no catalogado

9

7004

Grupo E no catalogado

9

Clave Dev.

Denominación

1

Sueldo.

2

Antigüedad.

3

Trienios.

4

CPTA

5

Volumen de trabajo.

6

Especial dedicación.

7

Especial responsabilidad.

8

Organización Equi. Trab.

9

Plus trabajo nocturno.

10

Plus de peligrosidad.

11

Plus Tox. Mozos Autopsia.

12

Plus de penosidad.

13

Esp. Resp. Mozos Calefac.

14

Plus de toxicidad.

20

Gratificación.

29

A. S. ayuda famil. minusvál.

30

A. S. ayuda gastos sanitarios.

31

A. S. plus casado/viudo.

32

A. S. Mejora por hijos.

33

A. S. Varia.

34

ILT enfermedad/maternidad.

35

ILT. AT/EP.

37

Ayuda para oposiciones.

38

Ayuda por hijos.

39

Ayuda estudio. Universidad.

40

Ayuda estudio. Educación Secundaria.

41

Ayuda estudio. Educación Primaria.

42

Ayuda Estudios. Educación a Distancia.

43

Ayuda por transporte.

44

Ayuda por traslado.

45

Ayuda por fallecimiento.

46

Ayuda Intern. Sanatorial.

47

Ayuda familia. Disminuidos.

48

Ayuda por fomento cultural.

50

Incremento a CTA (S-93).

51

Incremento a CTA (T-93).

52

Incremento a CTA (S-95).

53

Incremento a CTA (A-93).

80

ILT. Maternidad 1/1995.

81

ILT. AT/EP diferencia.

82

Compensación vacaciones.

91

Paga extra. Sueldo.

92

Paga extra. Antigüedad.

93

Paga extra. Trienios.

94

Paga extra. Incremento a cuenta (S-93).

95

Paga extra. Incremento a cuenta (T-93).

96

Paga extra. Incremento a cuenta (S-95).

97

Paga extra. Incremento a cuenta (A-93).

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 25/04/1996
  • Fecha de publicación: 15/05/1996
  • Fecha de entrada en vigor: 15/06/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA el art. 12, por Orden JUS/1294/2003, de 30 de abril (Ref. BOE-A-2003-10517).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 149, de 20 de junio de 1996 (Ref. BOE-A-1996-14127).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 15 del Reglamento aprobado por Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero (Ref. BOE-A-1996-4718).
    • disposición adicional primera del Reglamento aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero (Ref. BOE-A-1996-4716).
  • CITA:
Materias
  • Administración de Justicia
  • Comunidades Autónomas
  • Formularios administrativos
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia e Interior
  • Protección de datos personales
  • Registro Central del Personal al Servicio de la Administración de Justicia
  • Trabajadores

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