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Documento BOE-A-1996-20667

Orden de 12 de septiembre de 1996 sobre delegación de atribuciones en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 13 de septiembre de 1996, páginas 27840 a 27840 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1996-20667
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1996/09/12/(1)

TEXTO ORIGINAL

Establecida la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales por el Real Decreto 1888/1996, de 2 de agosto, procede actualizar la delegación de atribuciones aprobada por Orden de 21 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 27), adecuándola a la nueva organización establecida.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:

Artículo único.

La Orden de 21 de mayo de 1996, sobre delegación del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, queda modificada en los siguientes términos:

Primero.-La delegación efectuada en el Subdirector general de Patrimonio y Obras, contenida en el artículo 13, se entenderá realizada en el Subdirector general del Patrimonio Adscrito y de Control de las Edificaciones.

Segundo.-La delegación efectuada en el Subdirector general de Gestión de Personal, contenida en el artículo 16, se entenderá realizada en el Subdirector general de Recursos Humanos.

Tercero.-La delegación efectuada en el Subdirector general de Planificación y Ordenación de Recursos Humanos de Organismos Autónomos, contenida en el artículo 17, y la efectuada en el Subdirector general de Planificación y Ordenación de Recursos Humanos de la Seguridad Social, contenida en el artículo 18, se entenderán realizadas en el Subdirector general de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social.

Cuarto.-La delegación efectuada en el Subdirector general de Estadística, contenida en el artículo 20, se entenderá realizada en el Subdirector general de Estadísticas Sociales y Laborales.

Quinto.-La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de septiembre de 1996.

ARENAS BOCANEGRA

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/09/1996
  • Fecha de publicación: 13/09/1996
  • Entrada en vigor: 13 de septiembre de 1996.
  • Fecha de derogación: 14/07/2006
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 13, 16, 17 y 20 de la Orden de 21 de mayo de 1996 (Ref. BOE-A-1996-12085).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
  • CITA Real Decreto 1888/1996, de 2 de agosto (Ref. BOE-A-1996-18078).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

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