El artículo 14.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, establece como competencia del Secretario de Estado el nombramiento y la separación de los Subdirectores generales de la Secretaría de Estado.
Por su parte, el Subsecretario se configura como el órgano directivo especializado en la gestión de los recursos humanos y Jefe superior de Personal del Departamento; con base en esta consideración resulta pertinente delegar tal competencia en él. Así, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 26/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Primero.-Se delega en el Subsecretario del Departamento el nom bramiento y cese de los Subdirectores generales y asimilados de la Secretaría de Estado.
Segundo.-Las delegaciones de competencias contenidas en la presente Resolución se entienden sin perjuicio de que en cualquier momento el órgano delegante pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere oportuno.
Tercero.-Siempre que se haga uso de las delegaciones contenidas en la presente Resolución deberá hacerse constar en la resolución administrativa correspondiente.
Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 6 de octubre de 1997.-El Secretario de Estado, José Costa Climent.
Ilmo. Sr. Subsecretario de Economía y Hacienda.
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