Por Decreto foral 276/1992, de 2 de septiembre, se aprobó la segregación del concejo de Zizur Mayor, perteneciente al municipio de la Cendea de Zizur (Navarra), para constituirse en municipio independiente con la denominación de Zizur Mayor.
El artículo 99 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, reformada por la Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, dispone que en cada municipio donde no exista Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y con jurisdicción en el término correspondiente, habrá un Juzgado de Paz.
En su virtud dispongo:
Artículo único.
El Juzgado de Paz del nuevo municipio de Zizur Mayor (Navarra), con sede y jurisdicción en el término municipal correspondiente entrará en funcionamiento el día 1 de octubre de 1998.
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 21 de septiembre de 1998.
MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.
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