El Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de julio de 1996 encomendó a la Secretaría de Estado de Hacienda el desarrollo y ejecución de un plan bianual para la mejora del cumplimiento fiscal y la lucha contra el fraude tributario y aduanero. En dicho Acuerdo se preveía la creación de una Comisión encargada de la coordinación y seguimiento de dicho Plan, dependiente de la Secretaría de Estado de Hacienda. El apartado cuarto del Acuerdo del Consejo de Ministros atribuye al Ministro de Economía y Hacienda la competencia para nombrar a los miembros de la Comisión, a propuesta del Secretario de Estado de Hacienda, respecto a los representantes de los centros directivos adscritos a la Secretaría de Estado, y a propuesta del Presidente de la Agencia, respecto de los representantes de dicho ente.
Con el fin de garantizar el funcionamiento de la Comisión ante los inevitables cambios en la carrera administrativa de los funcionarios designados como Vocales de la Comisión, se advierte la necesidad de establecer un procedimiento ágil y flexible que permita sustituir a éstos cuando se produzcan cualesquiera visicitudes administrativas, entendiendo que dicho procedimiento pasa por delegar en el Secretario de Estado de Hacienda-Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria la competencia para la designación y cese de los miembros de la Comisión atribuida a este Ministerio.
En su virtud, dispongo:
Primero.-Se delega en el Secretario de Estado de Hacienda la competencia para el nombramiento y cese de los Vocales de la Comisión encargada de la coordinación y seguimiento del plan bianual para la mejora del cumplimiento fiscal y la lucha contra el fraude tributario y aduanero, designados en representación de los siguientes centros directivos:
a) Dirección General de Tributos.
b) Tribunal Económico-Administrativo Central.
c) Dirección General del Catastro.
d) Instituto de Estudios Fiscales.
Segundo.-Se delega en el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria la competencia para el nombramiento y cese de los Vocales de la Comisión encargada de la coordinación y seguimiento del plan bianual para la mejora del cumplimiento fiscal y la lucha contra el fraude tributario y aduanero, designados en representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Tercero.-Siempre que se haga uso de la delegación contenida en la presente disposición deberá hacerse constar así expresamente en la resolución correspondiente.
Cuarto.-La presente Orden entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 26 de marzo de 1998.
DE RATO Y FIGAREDO
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Hacienda-Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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