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Documento BOE-A-1999-24415

Resolución de 30 de noviembre de 1999, de la Dirección General del Instituto Nacional de Empleo, de convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 1999, páginas 45288 a 45294 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-24415

TEXTO ORIGINAL

El Plan Nacional de Acción para el Empleo prevé ofrecer una actuación

de formación, empleo u orientación individualizada a los jóvenes y adultos

que hayan permanecido seis o doce meses en situación de demandantes

de empleo. Dado el elevado volumen de personas a atender, es necesario

completar los servicios que se pueden atender con medios propios del

Instituto Nacional de Empleo con los que prestan otras entidades, a las

que es posible subvencionar.

La Orden de 20 de enero de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 23),

modificada por la Orden de 10 de marzo de 1998 ("Boletín Oficial del

Estado" de 2 de abril), establece las bases reguladoras para la concesión

de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional

para el empleo y asistencia para el autoempleo. A su vez, el artículo 3.3

de la primera Orden dispone que antes del día 30 de noviembre de cada

año el Director general del Instituto Nacional de Empleo aprobará,

mediante la correspondiente resolución administrativa, que se publicará en el

"Boletín Oficial del Estado", las necesidades de actuación en materia de

acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el

autoempleo en el año siguiente. A dicho fin responde la presente Resolución

en la que se disponen tanto las necesidades de actuación en las provincias

que se indican, como las especificaciones técnicas de las acciones a realizar

por las entidades colaboradoras del Instituto Nacional de Empleo.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de

la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, y haciendo uso de la

autorización establecida por la disposición final segunda de la Orden.

La Directora general del Instituto Nacional de Empleo ha resuelto:

Primero.-Convocar a entidades e instituciones sin ánimo de lucro,

que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 1 de la Orden del

Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, de 20 de enero de 1998, por la

que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones

para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo

y asistencia para el autoempleo, que quieran colaborar con el Instituto

Nacional de Empleo en la realización de las acciones indicadas.

Segundo.-Las necesidades de actuación a ejecutar por las Entidades

Colaboradoras, que se convocan para las distintas acciones, son las

indicadas globalmente para cada provincia en el anexo I. El número de

demandantes a atender condicionará las horas asignadas y la subvención

correspondiente.

Se considerarán número de demandantes a atender los demandantes

que se citarán para recibir tutoría individualizada y/o autoempleo. En

el caso de la tutoría individualizada de orientación se estima que un

promedio del 50 por 100 recibirán atención individualizada de, al menos,

cuatro horas mediante dicha tutoría a lo largo del proceso. La entidad

deberá especificar la cifra estimada de tutoría individualizada de, al menos,

cuatro horas de duración a realizar, en la memoria proyecto.

En el caso de asistencia para el autoempleo, se entiende por tutoría

individualizada la acción de Asesoramiento de Proyectos Empresariales

(APE), cuyo tiempo de atención al usuario será de hasta cuatro horas

y media.

Del total de demandantes a atender en acciones de autoempleo de

acuerdo con el anexo I, se estima que un promedio del 50 por 100 recibirán

atención individualizada a través del Asesoramiento de Proyectos

Empresariales, y el otro 50 por 100 serán atendidos a través de sesiones colectivas

de información y motivación para el autoempleo.

En las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de Empleo se

podrán consultar las necesidades territoriales de actuación

Tercero.-A efectos de determinar el cumplimiento de la realización

de acciones objeto de subvención, se consideran demandantes atendidos

aquellos que inicien las correspondientes acciones, aun cuando no las

finalicen por causas no imputables a la Entidad Colaboradora. Se considera

tiempo de atención la totalidad de las horas utilizadas con los demandantes

de empleo, y horas totales empleadas las que corresponden al tiempo

de atención más un 25 por 100 de preparación técnica.

Cuarto.-El desarrollo de las acciones se efectuará de acuerdo con las

especificaciones técnicas que figuran en el anexo II y anexo III para

personas sordas o invidentes, de esta Resolución. Una descripción detallada

de las citadas especificaciones se podrá consultar en las Direcciones

Provinciales del Instituto Nacional de Empleo.

Quinto.-La realización de las actividades deberá hallarse debidamente

identificada o señalizada. Si la actuación está incorporada a un servicio

integrado para el empleo se aplicará su normativa al respecto. En el caso

de que se realice de modo independiente, se utilizará la identificación

recogida en el anexo IV, donde figura el modelo para los carteles exteriores

de los locales. La citada identificación, con las medidas adecuadas se

utilizará, asimismo, en escritos, anuncios, publicaciones, vallas anunciadoras

y cualquier tipo de soporte (electrónico, informático o telemático) que

a las mismas se refieran.

Sexto.-1. El Instituto Nacional de Empleo subvencionará las

actuaciones de acuerdo con la orden vigente.

2. Se considerarán gastos imputables a las acciones efectivamente

realizadas en concepto de gastos generales, materiales y técnicos,

necesarios para el desarrollo de esas acciones, los siguientes:

a) Gastos de ejecución de material técnico:

Guías técnicas (incluidas transparencias).

Documentación para los participantes.

Material psicotécnico.

b) Gastos de ejecución en material de oficina: Impresos y material

de oficina.

c) Gastos generales necesarios para la ejecución de las acciones en

la parte correspondiente a esa ejecución:

Arrendamientos (excluido "leasing"): Edificios, mobiliario, enseres y

equipos de arrendamiento.

Mantenimiento (si no está incluido en el arrendamiento).

Suministro de energía eléctrica, agua, combustible para calefacción

(si no está incluido en el arrendamiento).

Comunicaciones (teléfonos, correos, ...).

Limpieza.

Seguridad, vigilancia.

Seguros de responsabilidad civil.

Publicidad exigida por esta Resolución y por la normativa SIPE.

3. Las Entidades Colaboradas vienen obligadas a actualizar en las

Oficinas del Instituto Nacional de Empleo los historiales de los

demandantes atendidos, incorporando los resultados de los servicios prestados,

utilizando, a tal fin, el personal de apoyo cuya contratación se subvenciona.

Séptimo.-1. Las entidades, que deseen colaborar con el Instituto

Nacional de Empleo, presentarán en el plazo de un mes, a contar desde

la publicación de esta Resolución, y sin perjuicio de lo establecido en

el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, la solicitud de subvención, por duplicado, en la Dirección

Provincial del Instituto Nacional de Empleo, correspondiente a la provincia

donde se vayan a realizar las acciones.

2. La solicitud se formalizará en el modelo que figura en el anexo V,

al que se acompañará la siguiente documentación:

a) Copia compulsada de la escritura pública de constitución y de

los correspondientes Estatutos y, en su caso, de modificación, de la entidad,

inscritas en el Registro correspondiente, excepto si se trata de una

Administración Pública.

b) Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal, excepto

si se trata de una Administración Pública.

c) Copia compulsada de la escritura donde consten los poderes de

la persona que realiza la solicitud.

d) Proyecto-memoria de las acciones a realizar, según modelo que

está a disposición de los interesados en las Direcciones Provinciales del

Instituto Nacional de Empleo.

e) Certificación, en su caso, de la existencia de otras subvenciones,

con indicación de la cuantía y si se encuentran en fase de solicitud o

concesión.

f) Datos bancarios de la cuenta corriente donde se desee percibir

la subvención.

3. En el caso de que las acciones a subvencionar estén incluidas en

un Plan de Servicios Integrados para el Empleo, el proyecto-memoria

presentado para éste será suficiente para cumplir el requisito establecido

en el número 2.d) de este artículo, siempre y cuando en el mismo se

contengan los extremos previstos en el artículo 5.2, letra c) de la Orden

de 20 de enero de 1998, debiendo en este caso proporcionar únicamente

la información requerida para la tramitación de las subvenciones en esta

Resolución que no se encuentre en aquella.

4. El Instituto Nacional de Empleo verificará el cumplimiento de los

requisitos exigidos en la Orden, efectuando las visitas necesarias, lo que

determinará la admisión o no de las solicitudes. En las entidades que

hayan actuado en años anteriores se tendrá en cuenta para la admisión

de solicitudes de suficiencia demostrada en la ejecución de las acciones

y en la observación de sus especificaciones técnicas.

Octavo.-1. Las solicitudes admitidas serán valoradas con arreglo a

los siguientes criterios:

Puntos

-(Hasta 100)

a) Acciones desarrolladas en el marco de convenios de

colaboración existentes con el INEM, que tengan por

objeto la integración de políticas activas.

20

b) Coordinación e integración de las acciones de

orientación profesional para el empleo y autoempleo con

otras de calificación profesional, formación

ocupacional, escuelas taller y casas de oficios, talleres de empleo,

fomento de la contratación o de iniciativas de actividad

y otras que faciliten al demandante de empleo seguir

un itinerario personal de inserción laboral.

Hasta 20

c) Cobertura territorial de las necesidades, especialmente

en aquellas zonas donde los medios propios del INEM,

resultan insuficientes para atender las necesidades de

actuación de la provincia.

Hasta 20

d) Experiencia de la institución o entidad en el desarrollo

de las acciones solicitadas, valorándose en positivo la

buena ejecución y en negativo la deficiente.

Desde + 10

Hasta - 20

e) Recursos técnicos, humanos y materiales que superen

los mínimos exigidos en las espeficaciones técnicas en

el momento de la solicitud.

Hasta 10

Puntuación

parcial

Recursos humanos (formación y experiencia) . . Hasta 3

Recurso técnicos (métodos e instrumentos) . . . . Hasta 3

Locales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Hasta 2

Recursos materiales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Hasta 2

f) Procedimientos de gestión y seguimiento de las acciones

que aseguren un flujo adecuado de participantes,

garanticen la puntualidad y exactitud de la información y

que no impliquen un aumento de cargas de trabajo para

el Instituto Nacional de Empleo.

Hasta 10

g) Reducción en el coste por eficiencia, o concurrencia

de otras subvenciones.

Hasta 5

h) Sistemas de evaluación de los servicios a los

demandantes de empleo, que pongan de manifiesto la calidad

de los mismos.

Hasta 5

2. En caso de empate en la puntuación, se dará prioridad a las

entidades que obtengan mayor puntuación en el criterio "a", de producirse

un nuevo empate, se seguirá en el mismo procedimiento con los demás

criterios en orden descendente hasta el "h".

Noveno.-1. Los Directores provinciales del Instituto Nacional de

Empleo, teniendo en cuenta la valoración obtenida, así como la existencia

de necesidades de actuación, las disponibilidades presupuestarias y el

desempeño de la entidad en años anteriores, emitirán la resolución

administrativa de concesión o denegación de las subvenciones.

2. La resolución se dictará dentro de los treinta días hábiles siguientes

a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Trans

currido dicho plazo máximo sin que exista resolución expresa, la concesión

de la subvención se entenderá desestimada.

Décimo.-Una vez que las entidades hayan acreditado que se encuentran

al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a

la Seguridad Social, previa certificación de la contratación del personal

técnico y de apoyo, y del inicio de las acciones, podrán percibir las

cantidades previstas en el artículo 8 de la Orden del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales citada en el apartado primero.

Undécimo.-La atención a cada demandante quedará reflejada en un

libro de firmas autentificado por el Instituto Nacional de Empleo, en el

que constarán, como mínimo, el nombre, apellidos, documento nacional

de identidad del demandante, acción, fecha, hora y firma de éste.

El libro de firmas, uno por cada centro de atención al público, obrará

en poder de la entidad colaborada y será presentado al Instituto Nacional

de Empleo cuando éste lo requiera.

Duodécimo.-Para comunicar al Instituto Nacional de Empleo los

demandantes atendidos y las claves de los resultados de las distintas

acciones se utilizarán las "Fichas de control" de acciones, cuyo formato y

características proporcionará el Instituto Nacional de Empleo, y en las que

se incluirán los datos de la entidad, detalles de la acción, el documento

nacional de identidad, nombre y apellidos de los demandantes atendidos,

la oficina de empleo de inscripción de los mismos, sus firmas en cada

acto, y la clave de los resultados.

Estas "Fichas de Control", firmadas por los participantes, junto con

las "Hojas Resumen de las Acciones", correspondientes, se presentarán

cada dos meses al Instituto Nacional de Empleo, con una copia para su

compulsa. Finalizadas las acciones, se acompañará un ejemplar de todas

ellas a la solicitud de liquidación final, para justificar las acciones

realizadas y los demandantes atendidos en cada una de las acciones. Todo

ello sin perjuicio del registro en el sistema de información laboral de

empleo, según artículo 6.3 de esta Resolución, de esos datos, de modo

continuo a medida que se vayan desarrollando las acciones, para facilitar

su gestión.

Decimotercero.-Finalizada la ejecución de las acciones, comunicarán

este hecho al Instituto Nacional de Empleo en los tres días siguientes,

presentando la "Liquidación Final" en el mes siguiente a la finalización.

Esta liquidación se realizará en el modelo que disponga el Instituto Nacional

de Empleo, al que acompañarán las fichas de control de acciones con

sus hojas resumen correspondientes y los justificantes de gastos originales,

que serán visados por el Instituto Nacional de Empleo, especificando la

cantidad afectada a las subvenciones.

Final.-Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 30 de noviembre de 1999.-La Directora general, Dolores Cano

Ratia.

ANEXO I

Necesidades de actuación a ejecutar por entidades colaboradas

en orientación profesional y autoempleo en el año 2000

Número de demandantes a atender

Tutoría

invidualizada Autoempleo Total

Comunidad/provincia

Andalucia: 112.823 16.055 128.878

Almería . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.325 1.451 7.776

Cádiz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.861 2.671 22.532

Córdoba . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.231 1.151 13.382

Granada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.577 2.386 14.963

Huelva . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.104 1.051 9.155

Jaén . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.447 957 12.404

Málaga . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.163 2.482 20.645

Sevilla . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24.115 3.906 28.021

Aragón: 7.325 1.589 8.914

Huesca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.047 226 1.273

Teruel . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 810 170 980

Zaragoza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.468 1.193 6.661

Asturias: 30.205 3.385 33.590

Asturias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.205 3.385 33.590

Baleares: 1.848 96 1.944

Baleares . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.848 96 1.944

Número de demandantes a atender

Tutoría

invidualizada Autoempleo Total

Comunidad/provincia

Cantabria: 6.273 539 6.812

Santander . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.273 539 6.812

Castilla-La Mancha: 34.677 4.741 39.418

Albacete . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.824 685 10.509

Ciudad Real . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.085 1.586 11.671

Cuenca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.350 559 2.909

Guadalajara . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0 0 0

Toledo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.418 1.911 14.329

Castilla y León: 27.223 4.736 31.959

Ávila . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 604 598 1.202

Burgos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.850 500 4.350

León . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.518 1.220 7.738

Palencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.697 280 2.977

Salamanca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.250 526 2.776

Segovia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 635 202 837

Soria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0 0 0

Valladolid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.990 1.025 11.015

Zamora . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 679 385 1.064

Extremadura: 10.822 1.102 11.924

Badajoz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.432 841 9.273

Cáceres . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.390 261 2.651

Madrid: 48.083 5.964 54.047

Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48.083 5.964 54.047

Murciana: 10.900 2.791 13.691

Murcia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.900 2.791 13.691

País Vasco: 25.804 3.865 29.669

Álava . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.000 590 4.590

Guipúzcoa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.000 500 5.500

Vizcaya . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16.804 2.775 19.579

Rioja, La: 1.280 320 1.600

Logroño . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.280 320 1.600

Ceuta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.400 126 2.526

Melilla . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.702 99 1.801

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 321.365 45.408 366.773

ANEXO II

Especificaciones técnicas de las acciones de: Orientación profesional

para el empleo y asistencia para el autoempleo

Los demandantes de empleo a atender, relacionados en el anexo I,

comenzarán el proceso de atención por la Tutoría Individualizada, o por

la Asistencia para el Autoempleo. Desde la Tutoría Individualizada puede

continuarse la atención de forma individual o con la participación del

usuario en una o varias de las acciones colectivas de Orientación para

el Empleo, así como iniciarse cualquiera de las acciones de Asistencia

para el Autoempleo.

A. Proceso de orientación profesional para el empleo

Descripción general de las acciones:

1. Tutoría Individualizada (TI): Es el proceso individualizado de

orientación profesional, donde técnico y usuario acuerdan los pasos a seguir

para conseguir un óptimo desarrollo del itinerario de inserción profesional.

Su objetivo es facilitar el desarrollo de los recursos y competencias

del usuario que le permitan identificar opciones, elegir entre las mismas,

tomar decisiones para planificar actuaciones y evaluar sus resultados de

forma autónoma.

Los contenidos de la acción versarán, en función del perfil profesional

y requerimientos del demandante de empleo, sobre: información

profesional para el empleo, plan personal de empleo y formación, búsqueda

activa de empleo y desarrollo de los aspectos personales para la ocupación.

Las sesiones individuales se espaciarán dependiendo de la participación

del usuario en otras acciones.

2. Desarrollo de los Aspectos Personales para la Ocupación (DAPO).

-Acción colectiva, encaminada a incidir sobre los aspectos personales que

facilitan la puesta en marcha y mantenimiento de actividades en un proceso

de inserción profesional.

Su objetivo es desarrollar y adquirir habilidades y recursos que

permitan al demandante de empleo superar barreras personales y asumir

responsabilidades en el desarrollo y ajuste de su proyecto personal de

inserción laboral.

Los contenidos se desarrollarán en tres fases: Cohesión y activación

grupal. Contraste y retroinformación. Apoyo a la autonomía.

3. Grupo de Búsqueda de Empleo (BAE-G): Acción colectiva

encaminada a que el usuario adquiera y/o desarrolle técnicas y habilidades

que le faciliten la búsqueda activa de empleo.

Su objetivo es que el demandante de empleo conozca los instrumentos

y adquiera las habilidades necesarias que le posibiliten realizar una

búsqueda de empleo de forma activa, organizada y planificada.

Los contenidos de la acción se desarrollan mediante los siguientes

módulos: Sitúate. Dónde y cómo encontrar trabajo. El circuito de selección.

Información laboral y autoempleo.

4. Taller de Entrevista (TE): Acción colectiva dirigida a incrementar

los conocimientos teórico-prácticos básicos y los recursos personales de

los demandantes de empleo para que afronten la entrevista de trabajo

con más posibilidades de éxito.

Su objetivo es ejercitar de forma práctica, mediante entrenamiento

en grupo las habilidades y conductas necesarias en una entrevista de

selección para un puesto de trabajo.

Los contenidos versarán sobre: Definición y fases de la entrevista.

Modelo del proceso de aprendizaje de la entrevista. Tipos y objetivos de la

entrevista. Preguntas en la entrevista. Preparación de la entrevista,

conductas y habilidades básicas. Estilos de afrontar la entrevista.

B. Asistencia para el autoempleo

Los demandantes a atender en autoempleo accederán, de acuerdo con

sus requerimientos, bien a sesiones colectivas de información y motivación

para el autoempleo, bien a una acción individual de asesoramiento de

proyectos empresariales.

Descripción general de las acciones:

1. Información y Motivación para el Autoempleo (INMA): Acción

colectiva encaminada a motivar al desempleado hacia la iniciativa empresarial

proporcionándole la información necesaria para llevar a cabo un proyecto

de empresa.

Su objetivo es que los usuarios adquieran información suficiente sobre

el autoempleo como vía de acceso al mercado laboral y conozcan todos

los aspectos que confluyen en la elaboración de un plan de negocio.

Los contenidos versarán en torno a: El autoempleo. El emprendedor

y la idea. Elaboración del Plan de Empresa. Las formas jurídicas, ayudas,

subvenciones y trámites de constitución y puesta en marcha de la empresa.

2. Asesoramiento de Proyectos Empresariales (APE): Acción

individual encaminada a proporcionar a emprendedores con una idea de negocio

concreta, asesoramiento para la elaboración del Plan de Empresa y su

puesta en marcha.

Su objetivo es guiar al emprendedor en la elaboración de su proyecto

empresarial, apoyando y asesorando en aquellos aspectos que presenten

mayores dificultades.

Los contenidos versarán sobre el estudio de mercado y plan de

marketing, el plan de producción, el plan económico financiero y la elección

de la forma jurídica de la empresa.

C. Tablas resumen de las especificaciones técnicas

Tiempo de atención al usuarioAcción Métodos/instrumentos Requisitos personal técnico Instalaciones material

Tutoría Individualizada

(TI).

Acción individual.

Guía técnica de Tutoría

Individualizada y Guías

Técnicas de las Acciones:

IPE, PPEF, BAE y DAPO

de 1997.

Licenciados, preferentemente, en

Psicología, Pedagogía o similar, con

formación y/o experiencia en:

Realización de entrevista personal,

orientación profesional y

utilización de técnicas de motivación y

comunicación.

Despacho (recomendable de

10 m2).

Documentación del usuario:

Material de las Guías Técnicas de las

Acciones IPE, PPEF, BAE y

DAPO de 1997.

6 horas máximo en un

máximo de 6 meses.

Desarrollo de Aspectos

Personales Para la

Ocupación (DAPO).

Acción Grupal (8-12

usuarios).

1.a fase: 2 sesiones.

2.a fase: 3 sesiones.

3.a fase: 1 sesión.

Guía técnica DAPO.

Licenciados, preferentemente, en

Psicología y/o Pedagogía, con

experiencia en: Técnicas de entrevistas,

dirección y animación de

reuniones, técnicas de motivación y

comunicación.

Sala (recomendable de 42 m2).

Documentación del usuario DAPO.

1.a fase: 6 horas (3 h.

/sesión).

2.a fase: 9 horas: (3 h.

/sesión).

3.a fase: 3 horas: (1 sesión).

At. usuario: (3 fases) 18

horas.

Grupo de Búsqueda de

Empleo (BAE-G).

Acción Grupal (8-12

usuarios).

Guía Técnica BAE-Grupo

de Búsqueda.

Licenciados o Diplomados

universitarios, con experiencia en orientación

profesional, comunicación y

trabajos con grupos.

Sala (recomendable de 42 m2).

Documentación del Usuario

BAE-Grupo de Búsqueda.

24 horas (6 sesión. de 4 h.).

B ú s q u e d a A c t i v a

d e E m p l eo - Ta l l e r

d e E n t r e v i s t a s

(BAE-TE).

Acción Grupal (10-15

usuarios).

Guía Técnica BAE-Taller de

Entrevista.

Técnico Superior: Preferentemente

licenciados en Psicología,

Pedagogía o en Sociología.

Técnico Medio: Diplomados en

Trabajo Social, Magisterio, Educador

Social, o cualquier otra titulación

con las habilidades y conocimientos

requeridos.

Sala (recomendable de 45 m2).

Documentación del Usuario

BAE-Taller de Entrevista.

24 horas (8 sesiones de 3 h.).

Información y

Motivación para el

Autoempleo (INMA).

Acción Grupal (10-15

usuarios).

Guía Técnica Información y

M o t i v a c i ó n p a r a e l

Autoempleo.

Licenciados, preferentemente en

Ciencias Económicas,

Empresariales o en Derecho.

Diplomados en Empresariales,

Trabajo Social, o en Relaciones Laborales.

Sala (recomendable 45 m2).

Documentación de Usuario-INMA.

3 horas.

Asesoramiento de

Proyectos Empresariales

(APE).

Acción individual.

Guía Técnica

Asesoramiento de Proyectos

Empresariales.

Licenciados, preferentemente en

Ciencias Económicas,

Empresariales o en Derecho.

Diplomados en Empresariales,

Trabajo Social, o en Relaciones Laborales.

Despacho (recomendable 10 m2).

Documentación de Usuario-APE.

4 horas y 1/2.

ANEXO III

Tabla resumen de especificaciones técnicas de las acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo

Colectivo: Personas sordas o invidentes

Tiempo de atención al usuarioAcción Métodos/instrumentos Requisitos personal técnico Instalaciones material

Tutoría Individualizada

(TI).

Acción Individual.

Guía Técnica de Tutoría

Individualizada y Guías

Técnicas de las Acciones:

IPE, PPEF, BAE y DAPO

de 1997.

Licenciados, preferentemente, en

Psicología, Pedagogía, o similar, con

formación y/o experiencia en:

Realización de entrevista personal,

orientación profesional y

utilización de técnicas de motivación y

comunicación.

Despacho (recomendable de

10 m2).

Documentación del Usuario:

Material de las Guías Técnicas de las

Acciones IPE, PPEF, BAE y

DAPO de 1997.

12 horas máximo en un

máximo de 6 meses.

Desarrollo de Aspectos

Personales Para la

Ocupación (DAPO).

Acción Grupal (8-12

usuarios)

1.aFase: 2 sesiones

2.a Fase: 3 sesiones

3.a Fase: 1 sesión

Guía técnica DAPO.

Licenciados, preferentemente en

Psicología y/o Pedagogía, con

experiencia en: técnicas de entrevista,

dirección y animación de reuniones,

técnicas de motivación y

comunicación.

Sala (recomendable de 42 m2).

Documentación del Usuario

DAPO.

1.aFase: 8 horas: (4 h.

/sesión).

2.aFase: 12 horas: (4 h.

/sesión).

3.aFase: 4 horas: (1 h.

/sesión).

At. Usuario: (3 Fases) 24

horas.

Grupo de Búsqueda de

Empleo (BAE-G).

Acción Grupal (8-12

usuarios).

Guía Técnica BAE-Grupo

de Búsqueda.

Licenciados o Diplomados

universitarios, con experiencia en orientación

profesional, comunicación y

trabajos con grupos.

Sala (recomendable de 42 m2).

Documentación del Usuario

BAE-Grupo de Búsqueda.

30 horas: (6 sesiones de 5h.)

Búsqueda Activa de

E m p l eo - Ta l l e r d e

Entrevista (BAE-TE).

Acción Grupal (10-15

usuarios).

Guía Técnica BAE-Taller de

Entrevista.

Técnico Superior: Preferentemente

licenciados en Psicología,

Pedagogía o en Sociología.

Técnico Medio: Diplomados en

Trabajo Social, Magisterio, Educador

Social, o cualquier otra titulación

con las habilidades y conocimientos

requeridos.

Sala (recomendable de 45 m2).

Documentación del Usuario

BAE-Taller de Entrevista.

32 horas (8 sesiones de 4 h.).

Información y

Motivación para el

Autoempleo (INMA)

Acción Grupal (10-15

usuarios).

Guía Técnica Información y

M o t i v a c i ó n p a r a e l

Autoempleo.

Licenciados, preferentemente en

Ciencias Económicas,

Empresariales, o en Derecho.

Diplomados en Empresariales,

Trabajo Social, o en Relaciones Laborales.

Sala (recomendable de 45 m2).

Documentación de Usario-INMA.

4 horas.

Asesoramiento de

Proyectos Empresariales

(APE).

Acción Individual.

Guía Técnica

Asesoramiento de Proyectos

Empresariales.

Licenciados, preferentemente en

Ciencias Económicas,

Empresariales, o en Derecho.

Diplomados en Empresariales,

Trabajo Social, o en Relaciones Laborales.

Despacho (recomendable de

10 m2).

Documentación de Usuario-APE.

5 horas y 1/2.

ANEXO IV (Ver imagen página 45293)

ANEXO V

Solicitud de subvención para la realización de acciones de orientación

profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo

Número de Registro: Fecha de Registro:

D/doña . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

cargo o función:

como Representante legal de la entidad o institución:

Calle/plaza: número:

Localidad: Código municipal:

Provincia: Código postal: Teléfono:

cuya denominación jurídica es:

con domicilio en calle/plaza:

Localidad: Provincia:

Código postal: Teléfono:

De conformidad con lo establecido en la Orden de 20 de enero de

1998 ("Boletín Oficial del Estado" número 20, del 23) por la que se

establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la

realización de acciones de orientación profesional para el empleo y

asistencia para el autoempleo, modificada por la Orden de 10 de marzo de

1998 ("Boletín Oficial del Estado" número 79, de 2 de abril), y en la

Resolución de 30 de noviembre de 1999, de la Dirección General del INEM

de convocatoria para la concesión de subvenciones para las mismas.

SOLICITA: La concesión de subvención para desarrollar las acciones

de (1) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., que figuran en el

proyecto-memoria de las acciones a realizar, que se adjunta, que irán

dirigidas a los usuarios determinados en el mismo, durante el ejercicio

correspondiente al año 2000, de acuerdo con las especificaciones técnicas

aprobadas por el Instituto Nacional de Empleo y disponibles en detalle en

sus Direcciones Provinciales.

Declara, asimismo, conocer lo establecido en la legislación vigente, y

que ha solicitado u obtenido subvención para realizar las mismas acciones

objeto de esta solicitud de (la entidad) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . y por una cuantía

de ...............................

Los datos bancarios para percibir la subvención, en caso de ser

aprobada la solicitud, son los siguientes:

Titular de la cuenta:

Nombre de la entidad bancaria:

N.o de cuenta: N.o de sucursal: DC: Entidad:

Calle/plaza: Número:

Municipio: Provincia: Código postal:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de . . . . . . . . de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de 199 . .

Fdo.:

(Nombre y apellidos)

Sr./Sra. Director/a provincial del INEM de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

(1) Se relacionarán las acciones para las que se solicita la subvención. (Tutoría individualizada

y/o Autoempleo).

Relación de documentos que aporta la entidad:

Solicitud de subvención para la realización de las acciones y datos

bancarios. (Por duplicado).

Copia compulsada de las escritura de constitución.

Copia compulsada de los Estatutos de la entidad.

Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal.

Copia compulsada de la escritura donde conste los poderes de la

persona que realiza la solicitud.

Proyecto-memoria de las acciones a realizar.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/11/1999
  • Fecha de publicación: 23/12/1999
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 31 de 5 de febrero de 2000 (Ref. BOE-A-2000-2496).

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