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Documento BOE-A-2001-22110

Acuerdo de 6 de noviembre de 2001, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de atribuir, en virtud de lo previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, con carácter exclusivo, al Juzgado de Primera Instancia número 11 de Málaga, el conocimiento de las materias relativas a internamientos e incapacitaciones con inclusión de tutelas y solicitudes de cooperación judicial sobre la materia, sin perjuicio de que siga conociendo, por vía de reparto, de otros asuntos ordinarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 27 de noviembre de 2001, páginas 43473 a 43473 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2001-22110
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2001/11/06/(1)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial prevé que "el Consejo General del Poder Judicial podrá acordar, previo informe de la Sala de Gobierno, que en aquellas circunscripciones donde exista más de un Juzgado de la misma clase, uno o varios de ellos asuman con carácter exclusivo el conocimiento de determinadas clases de asuntos, o de las ejecuciones propias del orden jurisdiccional de que se trate".

En la ciudad de Málaga existen en funcionamiento quince Juzgados de Primera Instancia, ninguno de los cuales conoce de una materia concreta, salvo los números 5 y 6, especializados en el conocimiento en exclusividad de la materia de familia. El día 17 de diciembre de 2001 comenzará su funcionamiento el Juzgado de Primera Instancia número 16.

La Junta Sectorial de Jueces de Primera Instancia de dicha ciudad ha solicitado que el Juzgado de Primera Instancia número 11 conozca con carácter exclusivo, pero no excluyente, de las materias relativas a internamientos e incapacitaciones, con inclusión de tutelas y solicitudes de cooperación judicial en estas materias. Las exigencias de esta materia jurídica, la nueva regulación de la misma introducida en los artículos 756 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y su propia problemática que afecta a bienes jurídicos personalísimos y de naturaleza básica en la vida de las personas, hace ya de sí conveniente acceder a la especialización solicitada. Por otro lado, el número de solicitudes de internamientos tramitados en el año 2000 en los Juzgados de la mencionada ciudad, hace aconsejable la adopción de la presente medida para dar una respuesta pronta y adecuada a dichas solicitudes.

No cabe duda de las ventajas de la adopción de una medida como la presente, que contribuirá positivamente al mejor funcionamiento de la jurisdicción civil en la ciudad de Málaga, en cuanto se atribuirán a un solo órgano judicial el conocimiento de cuestiones que, por su importancia social inmediata, merecen ser atendidos a través de un órgano judicial especializado y al que, por ello será más fácil dotarle de los medios precisos y adecuados para resolver los litigios que en esta especial materia se puedan plantear.

Por las consideraciones expuestas, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha a propuesta de la correspondiente Junta de Jueces, oída la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 98 de la Ley del Poder Judicial, ha adoptado el siguiente acuerdo:

1. Atribuir, en virtud de lo previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, con carácter exclusivo, al Juzgado de Primera Instancia número 11 de Málaga, el conocimiento de las materias relativas a internamientos e incapacitaciones con inclusión de tutelas y solicitudes de cooperación judicial sobre la materia, sin perjuicio de que siga conociendo, por vía de reparto, de otros asuntos ordinarios.

2. Los Juzgados afectados continuarán conociendo de todos los procesos pendientes ante los mismos hasta su conclusión.

3. La presente medida producirá efectos el 1 de enero del año 2002.

Publíquese el presente Acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 6 de noviembre de 2001.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

DELGADO BARRIO

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 06/11/2001
  • Fecha de publicación: 27/11/2001
  • Efectos desde el 1 de enero de 2002.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Juzgados de Primera Instancia
  • Málaga
  • Reparto de asuntos

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