El Colegio Oficial Central de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, y el Consejo General de los Colegios Oficiales, han promovido la segregación de las delegaciones del citado Colegio Oficial Central en Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo, para la posterior creación del colegio oficial propio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Para esta segregación son de tener en cuenta las normas contenidas en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, modificada por las Leyes 74/1978, de 26 de diciembre, y 7/1997, de 14 de abril, así como el Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio.
Puesto que el Colegio Oficial Central de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte tiene un ámbito territorial que se extiende a más de una comunidad autónoma, corresponde al Estado la competencia para aprobar la segregación prevista, en tanto que la creación del nuevo Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de Castilla-La Mancha es competencia de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con su Ley 10/1999, de 26 de mayo, de creación de Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha («BOCLM» n.o 40 de 12 de junio de 1999).
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de julio de 2003,
DISPONGO:
Se aprueba la segregación de las Delegaciones de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo, del Colegio Oficial Central de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
La segregación a que se refiere el artículo único tendrá efectividad a partir de la entrada en vigor de la norma autonómica de creación del Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad dos en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, a 11 de julio de 2003.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Educación, Cultura y Deporte,
PILAR DEL CASTILLO VERA
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