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Documento BOE-A-2004-14603

Acuerdo de 30 de junio de 2004, del Pleno del Parlamento de Andalucía, de modificación del adoptado el 12 de mayo de 2004, sobre las Comisiones Permanentes.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 6 de agosto de 2004, páginas 28431 a 28431 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2004-14603
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-an/a/2004/06/30/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada los días 29 y 30 de junio de 2004, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.4 del Reglamento de la Cámara, y a instancia de todos los Grupos parlamentarios, ha adoptado el siguiente acuerdo de modificación del adoptado el 12 de mayo de 2004, 7-04/OAPP-000005, sobre Comisiones Permanentes:

Artículo único.

Primero.-Se modifica el artículo 47 del Reglamento del Parlamento de Andalucía en sus apartados 1 y 2, quedando redactados de la siguiente manera:

"1. Son Comisiones Permanentes Legislativas las siguientes:

1.ª Coordinación.

2.ª Economía, Hacienda y Presupuestos.

3.ª Justicia y Régimen de las

Administraciones Públicas.

4.ª Innovación, Ciencia y Empresa.

5.ª Infraestructuras, Transportes y Vivienda.

6.ª Empleo.

7.ª Turismo, Comercio y Deporte.

8.ª Agricultura, Ganadería y Pesca.

9.ª Salud.

10.ª Educación.

11.ª Igualdad y Bienestar Social.

12.ª Cultura.

13.ª Medio Ambiente.

14.ª Desarrollo Estatutario.

2. Son también Comisiones Permanentes

aquellas que deban constituirse por disposición legal y las siguientes:

1.a Reglamento.

2.ª Estatuto de los Diputados.

3.ª Gobierno Interior y Derechos Humanos.

4.ª Discapacidad.

5.ª Seguimiento y Control de la Empresa

Pública de la RTVA y de sus Sociedades Filiales.

6.ª Seguimiento y Control de la Financiación de los Partidos Políticos con Representación en el Parlamento de Andalucía.

7.ª Asuntos Europeos."

Segundo.-Se adiciona un nuevo apartado a la disposición adicional primera del Acuerdo del Pleno del Parlamento de Andalucía sobre las Comisiones Permanentes de 12 de mayo de 2004, que queda redactado como sigue:

"14.º Desarrollo Estatutario, que comprende el estudio y propuestas de posibles reformas del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como la valoración, seguimiento y control del proceso de transferencias a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de sus sistemas de financiación y estudio de propuestas de índole legislativa sobre reformas de la legislación electoral andaluza."

Tercero.-Se suprime el apartado 4.o de la disposición adicional segunda del Acuerdo del Pleno del Parlamento de Andalucía sobre las Comisiones Permanentes de 12 de mayo de 2004, , reordenándose los siguientes 5.o a 8.o de 4.o a 7.o

Cuarto.-Se modifica la disposición adicional tercera del Acuerdo del Pleno del Parlamento de Andalucía sobre las Comisiones Permanentes de 12 de mayo de 2004, que queda redactada como sigue:

"1. La Comisión de Desarrollo Estatutario estará compuesta por 20 miembros; 9 a propuesta del Grupo Parlamentario Socialista; 7 a propuesta del G.P. Popular de Andalucía; 2 a propuesta del G.P.

Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía, y 2 a propuesta del G.P. Andalucista. Adoptará sus acuerdos atendiendo al criterio de voto ponderado.

2. La composición de las Comisiones de

Reglamento, Estatuto de los Diputados y Gobierno Interior y Derechos Humanos será la establecida en el Reglamento del Parlamento.

3. La Comisión de Seguimiento y Control de la Financiación de los Partidos Políticos con representación en el Parlamento de Andalucía estará compuesta por dos miembros por cada Grupo parlamentario y adoptará sus acuerdos mediante voto ponderado.

4. El número de miembros que compondrán

las Comisiones de Discapacidad, Seguimiento y Control de la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía y de sus Sociedades Filiales y Asuntos Europeos será igual al establecido para las Comisiones Permanentes Legislativas." Sevilla, 30 de junio de 2004.-La Presidenta del Parlamento de Andalucía, María del Mar Moreno Ruiz.

(Publicado en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" número 137, de 14 de julio de 2004)

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 30/06/2004
  • Fecha de publicación: 06/08/2004
  • Publicada en el BOJA núm. 137, de 14 de julio de 2004.
Referencias anteriores
  • MODIFICA:
    • Disposiciones adicionales 2 y 3 del Acuerdo de 12 de mayo de 2004 (Ref. BOE-A-2004-10783).
    • art. 47.1 y 2 del Reglamento publicado por Resolución de 26 de abril de 1995 (Ref. BOE-A-1995-11554).
Materias
  • Andalucía
  • Parlamento Autonómico

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