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Documento BOE-A-2006-1877

Orden AEC/204/2006, de 25 de enero, de modificación de la Orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo, de delegación de competencias en materia de personal, contratación y gestión presupuestaria del gasto público.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 6 de febrero de 2006, páginas 4568 a 4569 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2006-1877
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2006/01/25/aec204

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, dictado al amparo de la habilitación concedida al Presidente del Gobierno en el artículo 2.2.j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificó la estructura orgánica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, con objeto de conseguir la máxima eficacia en su acción y de potenciar la capacidad de actuación del ministerio en el ámbito internacional. Por su parte, el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, estableció la estructura de los órganos superiores y directivos del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, con el fin de fortalecer la proyección internacional de España. El Real Decreto 1416/2004, de 11 de junio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, modificado por el Real Decreto 755/2005, de 24 de junio, ha materializado la estructura actual del Ministerio. La necesidad de reflejar esta estructura actual del Departamento, así como el establecimiento de nuevos criterios de gestión, que buscan superar la ralentización en la tramitación de determinados tipos de expedientes, aconsejan introducir algunas modificaciones en la vigente Orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo, de delegación de competencias en materia de personal, contratación y gestión presupuestaria y del gasto público, lo que se realiza mediante la presente Orden. En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Régimen Administrativo Común, en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispongo:

Primero.-Se Modifican distintos apartados de la Orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo, de delegación de competencias en materia de personal, contratación y gestión presupuestaria y del gasto público. En concreto, se modifica la redacción de su apartado cuarto; se introduce un nuevo apartado quinto; se renumera su actual apartado quinto, que pasa a ser el apartado sexto, modificándose, además, la redacción de su punto 4; y, por último, se renumeran los apartados sexto y siguientes que pasan a ser séptimo y siguientes. Todo ello, en los términos que se exponen a continuación: 1. Se modifica el apartado cuarto, primer párrafo, cuya redacción pasa a ser la siguiente: «Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, para importes inferiores a 300.000 euros, se delegan las competencias relativas a la autorización de gastos, así como a la ordenación de los pagos y la aprobación de las cuentas justificativas de las obligaciones satisfechas, realizados por el sistema de caja fija y pagos a justificar en los siguientes órganos del Departamento:»

2. El «apartado quinto» pasa a ser «apartado sexto», y se modifica la redacción de su punto 4, que pasa a ser la siguiente:

«4. En el Director General del Servicio exterior, respecto a todo el personal del Departamento no contemplado en los puntos anteriores. No obstante, para dicho personal, la autorización de las comisiones de servicio con duración igual o inferior a siete días naturales que no correspondan a Jefes de Misiones Diplomáticas, Representaciones permanentes y Delegaciones y Oficinas Consulares, podrán ser autorizadas indistintamente por el Director General del Servicio Exterior o por el Subdirector General de Personal.»

3. Se introduce un nuevo «apartado quinto», con la siguiente redacción:

«Quinto.-Sin perjuicio de lo dispuesto en apartados anteriores, se delega en los Subdirectores Generales del Departamento, dentro de su respectivo ámbito de competencias, y para los créditos que se gestionen en los programas presupuestarios 141M y 142A, las facultades de contratación en relación con los contratos menores a los que se refiere el artículo 56 del Texto refundido de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, incluida la aprobación del gasto, así como el reconocimiento de las obligaciones y las propuestas de pago correspondientes.»

4. Los apartados sexto, séptimo, octavo y noveno de la orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo, pasan a ser apartados séptimo, octavo, noveno y décimo, respectivamente. Segundo.-Las Referencias a los Órganos Superiores y Directivos del Departamento contenidas en la Orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo, deben entenderse modificadas en el sentido siguiente: las referencias al «Ministro de Asuntos Exteriores» deben entenderse hechas al «Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación»; las referencias al «Secretario de Estado de Asuntos Europeos», deben entenderse hechas al «Secretario de Estado para la Unión Europea»; las referencias al «Secretario de Estado de Asuntos Exteriores», deben entenderse hechas al «Secretario de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica»; las referencias al «Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica», deben entenderse hechas al «Secretario de Estado de Cooperación Internacional»; las referencias al «Subsecretario de Asuntos Exteriores», deben entenderse hechas al «Subsecretario de Asuntos Exteriores y de Cooperación»; las referencias hechas al «Secretario General de Asuntos Europeos» deben entenderse hechas al «Secretario General para la Unión Europea».

Tercero.-La presente Orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 25 de enero de 2006.

Moratinos Cuyaubé

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 25/01/2006
  • Fecha de publicación: 06/02/2006
  • Efectos desde el 7 de febrero de 2006.
  • Fecha de derogación: 16/03/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden AUC/295/2019, de 11 de marzo (Ref. BOE-A-2019-3792).
Referencias anteriores
  • MODIFICA los apartados 4 y 5, AÑADE un nuevo 5 y renumera del 5 al 9 como 6 al 10 de la Orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-2003-8632).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
  • Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica
  • Secretaría de Estado de Cooperación Internacional
  • Secretaría de Estado para la Unión Europea
  • Secretaría General para la Unión Europea
  • Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

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