El artículo 80.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, tras la reforma operada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, prevé que «en todo caso, y previo informe de la correspondiente Sala de Gobierno, el Consejo General del Poder Judicial podrá acordar que el conocimiento de determinadas clases de asuntos se atribuya en exclusiva a una sección de la Audiencia Provincial, que extenderá siempre su competencia a todo su ámbito territorial aun cuando existieren secciones desplazadas. Este acuerdo se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".» La Audiencia Provincial de León está dividida en tres Secciones, todas ellas con sede en la capital de la provincia y adscritas al orden civil y al penal indistintamente. Son indudables las ventajas que implica la asunción de materias específicas por unos mismos Magistrados, dentro del mismo orden jurisdiccional, pudiéndose adoptar esta medida en relación a las Secciones de la citada Audiencia. La sucesiva y reciente promulgación de importantes leyes como la Concursal, con creación de órganos novedosos, como los Juzgados de lo Mercantil, y las modificadoras de la legislación procesal civil, penal, penitenciaria, etc., viene a abundar en la necesidad de abogar por las ventajas de las especializaciones en las distintas materias, siendo necesario unificar criterios concentrando áreas de conocimiento, al objeto de preservar la seguridad jurídica y alcanzar las máximas cotas de eficacia y acierto en el ejercicio de las funciones jurisdiccionales. Dicha especialización contribuirá sin duda positivamente al mejor funcionamiento de la jurisdicción civil y penal en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y concretamente en la referida provincia, por cuanto ayudará a conseguir una mayor calidad y celeridad de la Administración de Justicia en general. Por las consideraciones expuestas, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, a propuesta de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, oídos los Magistrados que integran el órgano afectado, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 80.3 de la Ley del Poder Judicial, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1. Adscribir las Secciones Primera y Segunda de la Audiencia Provincial de León al orden jurisdiccional civil con carácter exclusivo y la Sección Tercera de esta misma Audiencia al orden jurisdiccional penal con el mismo carácter exclusivo, conforme a lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
2. Mantener la atribución efectuada por Acuerdo 39.º adoptado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de fecha 3 de noviembre de 2004, del conocimiento con carácter exclusivo por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de León de los recursos que ante dicho órgano se interpongan en materia mercantil y la atribución efectuada por Acuerdo 16.º adoptado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de fecha 25 de mayo de 2005, a la Sección Tercera de la misma Audiencia del conocimiento con carácter exclusivo de los recursos en materia penal interpuestos contra las resoluciones dictadas por los Juzgados de la provincia relativos a la Violencia sobre la Mujer. 3. Las Secciones de esta Audiencia Provincial continuarán conociendo de todos los asuntos que ya le hubiesen sido turnados con anterioridad, que permanecerán sometidos a su conocimiento hasta su conclusión por resolución definitiva. 4. Aprobar la siguiente propuesta de adscripción del Presidente y Magistrados que integran la Audiencia Provincial de León efectuada por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, teniendo en cuenta el carácter funcional de la adscripción de los Magistrados a las distintas Secciones del mismo orden jurisdiccional:
Sección Primera -Civil-: Presidente: Don Manuel García Prada, Presidente de la Audiencia Provincial. Magistrados: Don Ricardo Rodríguez López y Doña Ana del Ser López
Sección Segunda -Civil-: Presidente: Don Alberto Francisco Álvarez Rodríguez. Magistrados: Don Antonio Muñiz Díez y Doña María del Pilar Robles García Sección Tercera -Penal-: Presidente: Don Luis Adolfo Mallo Mallo. Magistrados: Don Alfonso Lozano Gutiérrez, Don Manuel Ángel Peñín del Palacio y Don Miguel Ángel Amez Martínez
5. Las anteriores medidas producirán efectos desde el día 1 de enero de 2009
6. Aprobar la propuesta de norma transitoria de reparto de asuntos efectuada por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, consistente en que las ejecutorias penales continúen tramitándose en cada Sección de la referida Audiencia Provincial de León durante cuatro años a contar de la fecha de efectividad de estas medidas, momento en que se remitirán a la Sección Penal (1 de enero de 2.013).
Publíquese el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de octubre de 2008.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, José Carlos Dívar Blanco.
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