El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente. El día 12 de diciembre de 2006, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas con cámaras o videocámaras, en la que se establece que estos ficheros, cuando sean de titularidad pública, quedan comprendidos en la previsión establecida en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Mediante la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre, se regulan los ficheros de datos de carácter personal existentes en el Ministerio de Economía y Hacienda y en determinados organismos públicos adscritos al mismo, en la cual no se incluyeron ficheros de videovigilancia puesto que la elaboración de esta disposición es anterior a la publicación de la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre. De acuerdo con lo anterior, la presente orden modifica la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre, con el objeto de incluir en su anexo I los ficheros de videovigilancia existentes en el Ministerio de Economía y Hacienda. Adicionalmente, se llevan a cabo en la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre, determinadas modificaciones. Cabe destacar, en primer lugar, la incorporación al anexo I de la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre, de nuevos ficheros de la responsabilidad de la Secretaría General de Presupuestos y Gastos, del Instituto Nacional de Estadística, del Instituto de Crédito Oficial, de la Dirección General del Patrimonio del Estado y de la Comisión Nacional de la Competencia. Asimismo, se introducen modificaciones en los datos relativos a determinados ficheros incluidos en el anexo I de la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre, en los términos que se recogen en el anexo B de la presente orden. Entre dichas modificaciones deben destacarse, en primer lugar, las que afectan al cambio de denominación de algunos de ellos, así, el «Fichero automatizado de Sujetos Pasivos del Sistema de Información Contable (SIC'2)», de la Intervención General de la Administración del Estado, pasa a denominarse «Ingresos no tributarios»; el «Fichero automatizado de órganos ejecutores» de la Dirección General de Fondos Comunitarios, se denomina sólo «Órganos Ejecutores»; y el «Fichero automatizado de inversiones, transacciones e inspección de movimientos de capital» de la responsabilidad de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera recibe como nueva denominación la siguiente: «Fichero blanqueo, transacciones exteriores, sanciones finan. internac.». También se introducen las modificaciones necesarias en los ficheros del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Dirección General de Defensa de la Competencia como consecuencia de la creación de la Comisión Nacional de la Competencia y consiguiente extinción del Tribunal de Defensa de la Competencia y del Servicio de Defensa de la Competencia, de conformidad con lo previsto en la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, y de la Dirección General de Defensa de la Competencia, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1407/2007, de 29 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1552/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda. En el «Fichero automatizado de red de ventas» de la responsabilidad de la entidad Loterías y Apuestas del Estado se elimina del apartado «Cesión de datos» a la empresa Sistemas Técnicos de Loterías del Estado (STL), por entender que las funciones desarrolladas por STL se corresponden con las establecidas para el encargado del tratamiento. Otras modificaciones afectan al nivel de las medidas de seguridad de determinados ficheros o a la dirección donde se ubica la unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Por otra parte, por la presente orden también se procede a la supresión de determinados ficheros que aparecen inscritos en el Registro General de Protección de Datos pero no están incluidos en el anexo I de la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre, entre los ficheros existentes en el Ministerio de Economía y Hacienda, por lo que, dado que no se considera necesaria su continuidad, son objeto de supresión mediante su incorporación al anexo II de la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre, «Relación de Ficheros de datos de carácter personal del Ministerio de Economía y Hacienda y de determinados organismos públicos adscritos al mismo que quedan suprimidos», en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Se considera también conveniente la supresión del «Fichero automatizado de Incidencias» de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, ya que forma parte del «Fichero automatizado de Terceros del Sistema de Información Contable (SIC2)», también de la responsabilidad de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera. Igualmente se suprime el «Fichero automatizado de historiales clínicos de mutilados» de la responsabilidad de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas por su falta de utilización, incluso a nivel de consulta. Por último, la integración del Tribunal de Defensa de la Competencia y del Servicio de Defensa de la Competencia en la Comisión Nacional de la Competencia, y la supresión de la Dirección General de Defensa de la Competencia, hace necesaria la supresión, a su vez, de los siguientes ficheros de este último órgano directivo: el «Fichero automatizado de Gestión de Personal», al formar parte del «Fichero automatizado de Gestión de Personal de la CNC», y el «Fichero automatizado de gestión de expedientes» al formar parte del «Fichero de gestión de expedientes de la CNC». La presente orden ha sido sometida al previo informe de la Agencia Española de Protección de Datos, y se dicta al amparo del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Por todo ello, dispongo:
Artículo 1. Modificación de la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal existentes en el Ministerio de Economía y Hacienda y en determinados organismos públicos adscritos al mismo.
1. Se amplía la relación de ficheros de datos de carácter personal que figuran en la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal existentes en el Ministerio de Economía y Hacienda y en determinados organismos públicos adscritos al mismo, mediante la incorporación a su anexo I de los ficheros que figuran en el anexo A de la presente orden.
2. Se modifican los ficheros del anexo I de la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre, que figuran en el anexo B de la presente orden, en los términos recogidos en el mismo.
Artículo 2. Supresión de ficheros.
1. Se suprimen los ficheros de datos de carácter personal que figuran en el anexo C de la presente Orden, mediante su incorporación al anexo II de la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre.
2. Se suprime el «Fichero automatizado de Incidencias» de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, que figura en el anexo I de la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre, dado que este fichero debe ser considerado como parte del «Fichero automatizado de Terceros del Sistema de Información Contable (SIC2)». 3. Se suprime el «Fichero automatizado de historiales clínicos de mutilados» de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, que figura en el anexo I de la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre. 4. Se suprimen los siguientes ficheros de la Dirección General de Defensa de la Competencia, que figuran en el anexo I de la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre: «Fichero automatizado de Gestión de Personal», dado que este fichero debe ser considerado como parte del «Fichero automatizado de Gestión de Personal de la CNC»; y el «Fichero automatizado de gestión de expedientes», dado que este fichero debe ser considerado como parte del «Fichero de gestión de expedientes de la CNC». 5. Salvo en los casos en los que se indique que la supresión de un fichero obedece a que el mismo debe ser considerado como producto o parte de otro y no como un fichero independiente, los ficheros que son objeto de supresión en los apartados 1 a 4, ambos inclusive, del presente artículo, serán borrados y sus copias de seguridad destruidas conforme a lo dispuesto en el artículo 20.3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.»
Madrid, 5 de marzo de 2008.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, Pedro Solbes Mira.
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ANEXO C Relación de Ficheros de datos de carácter personal del Ministerio de Economía y Hacienda y de determinados organismos públicos adscritos al mismo que se suprimen mediante su incorporación al anexo II de la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre, por la que se regulan los ficheros de carácter personal existentes en el Ministerio de Economía y Hacienda y en determinados organismos públicos adscritos al mismo
Se procede a la supresión de los siguientes ficheros:
Fichero ERYCA IGAE (informática presupuestaria). (Intervención General de la Administración del Estado. Servicios de informática presupuestaria).
Fichero automatizado de CONDEF (Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas)*. (Este fichero es suprimido por ser considerado un producto del Fichero automatizado de ISLA). Fichero automatizado de CLAMUT (Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas)*. (Este fichero es suprimido por ser considerado un producto del Fichero automatizado de OLAS). Fichero automatizado Q+ (Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas)* (Este fichero es suprimido por ser considerado un producto del Fichero automatizado de OLAS). Fichero de Personal (Dirección General de Presupuestos). Fichero de Colaboradores (Dirección General de Presupuestos). Fichero Registro Interno (Dirección General de Financiación Territorial). Fichero de Órganos ejecutores (Subdirección General de Administración del Fondo Europeo de Desarrollo Regional).* (Los datos de este fichero han pasado a formar parte del fichero que aparece con la misma denominación en el anexo I de la Orden EHA/4054/2006, de 27 de diciembre, y cuya responsabilidad corresponde a la Dirección General de Fondos Comunitarios)
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