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Documento BOE-A-2009-16966

Resolución de 7 de septiembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, por la que se publica la resolución del Consejo Rector de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se delega la competencia para la contracción de obligaciones de carácter plurianual.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 26 de octubre de 2009, páginas 89373 a 89374 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2009-16966
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2009/09/07/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Rector de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en su reunión del día 29 de julio de 2009, adoptó la Resolución por la que se delega en la persona titular de la Dirección y otras autoridades y empleados públicos de la Agencia, la competencia para la contracción de obligaciones de carácter plurianual.

Para general conocimiento, de conformidad con el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, se procede a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada Resolución, cuyo texto se inserta como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 7 de septiembre de 2009.–La Secretaria de Estado de Cooperación Internacional, Soraya Rodríguez Ramos.

ANEXO
Resolución de 7 de septiembre de 2009, del Consejo Rector de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se delega en la persona titular de la Dirección y otras autoridades y empleados públicos de la Agencia, la competencia para la contracción de obligaciones de carácter plurianual

El Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, la Agencia), aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, establece el marco de las competencias del Consejo Rector de la Agencia, completado por la normativa vigente que resulte de aplicación. Así, en virtud del apartado c) del artículo 12.8 del Estatuto de la Agencia, corresponde al Consejo Rector la contracción de cualesquiera obligaciones de carácter plurianual dentro de los límites fijados en el Contrato de gestión.

De acuerdo con lo anterior, por Resolución del Consejo Rector de 9 de abril de 2008 (B.O.E. de 12 de abril), se delegaron en la persona titular de la Dirección de la Agencia y otras autoridades y empleados públicos la competencia para la contracción de obligaciones de carácter plurianual.

La posterior creación de la Oficina del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, llevada a cabo por el Real Decreto 822/2008, de 16 de mayo, así como la inclusión en la Agencia, como Departamento de Coordinación de Relaciones Culturales y Científicas, de la extinguida Subdirección General de Programas y Convenios Culturales y Científicos, hasta entonces dependiente de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, y, por último, la necesidad de continuar con la mejora en la eficacia de la gestión económico-administrativa, hace necesario adaptar las delegaciones de competencia a otros órganos de la Agencia.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y previo informe de la Abogacía del Estado resuelvo:

Primero.–Delegar en la persona titular de la Dirección de la Agencia la competencia para la contracción de obligaciones de carácter plurianual cuyo importe sea superior a 180.000 euros.

Segundo.–Delegar en las personas titulares de la Dirección de Cooperación para América Latina y el Caribe, de la Dirección de Cooperación para África, Asia y Europa Oriental, de la Dirección de Cooperación Sectorial y Multilateral, de la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas, de la Dirección de la Oficina del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, de la Secretaría General, de la Dirección del Gabinete Técnico y de la Jefatura de la Oficina de Acción Humanitaria la competencia para la contracción de obligaciones plurianuales en los créditos asignados a sus unidades orgánicas cuyo importe sea igual o inferior a 180.000 euros.

Tercero.–Dentro de los créditos asignados a la Secretaría General, delegar en la persona titular de la Dirección del Departamento de Gestión Económica, Financiera y Presupuestaria las competencias establecidas en el apartado Segundo hasta un límite de 60.000 euros.

Cuarto.–Las competencias a que se refiere la presente Resolución podrán ser objeto de avocación en cualquier momento por el Consejo Rector de la Agencia, titular de la competencia delegada.

Quinto.–Cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de las competencias delegadas establecidas en la presente Resolución deberán hacer expresa constancia de tal circunstancia mediante la mención de esta Resolución y de su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en cumplimiento de lo previsto por el apartado 4 del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sexto.–Queda sin efecto la Resolución de 9 de abril de 2008, del Consejo Rector de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se delega en la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y otras autoridades y empleados públicos la competencia para la contracción de obligaciones de carácter plurianual (B.O.E. de 12 de abril de 2008).

Séptimo.–La presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/09/2009
  • Fecha de publicación: 26/10/2009
  • Efectos desde el 27 de octubre de 2009.
  • Fecha de derogación: 08/06/2011
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 12 de abril de 2011 (Ref. BOE-A-2011-9895).
Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución de 9 de abril de 2009 (Ref. BOE-A-2008-6494).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 12.8 c) del Estatuto aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre (Ref. BOE-A-2007-20275).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

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