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Documento BOE-A-2018-9297

Orden AUC/702/2018, de 26 de junio, por la que se modifica la Orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo, de delegación de competencias en materia de personal, contratación y gestión presupuestaria y del gasto público.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 4 de julio de 2018, páginas 67428 a 67429 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2018-9297
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2018/06/26/auc702

TEXTO ORIGINAL

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, dispone en su artículo 61, letras l) y p), «que corresponde a los Ministros administrar los créditos para gastos de los presupuestos del Ministerio, aprobar y comprometer los gastos que no sean de la competencia del Consejo de Ministros, aprobar las modificaciones presupuestarias que sean de su competencia, reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago en el marco del plan de disposición de fondos del Tesoro Público, así como fijar los límites por debajo de los cuales estas competencias corresponderán, en su ámbito respectivo, a los Secretarios de Estado y Subsecretario del Departamento» y «conceder subvenciones y ayudas con cargo a los créditos de gasto propios del Departamento, así como fijar los límites por debajo de los cuales podrán ser otorgadas por los Secretarios de Estado o el Subsecretario del Departamento».

Asimismo, la Ley 47/2003, General Presupuestaria, establece en su artículo 74, que corresponde a los Ministros y a los titulares de los demás órganos del Estado con dotaciones diferenciadas en los Presupuestos Generales del Estado aprobar y comprometer los gastos propios de sus presupuestos, salvo los casos reservados por la Ley a la competencia del Consejo de Ministros, así como reconocer las obligaciones económicas correspondientes, e interesar del ordenador general de pagos del Estado la realización de los correspondientes pagos. Asimismo, corresponderá a los Ministros fijar los límites por debajo de los cuales las citadas competencias corresponderán, en su ámbito respectivo, a los Secretarios de Estado y Subsecretario del Departamento.

De acuerdo con el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación se estructura en los siguientes órganos superiores:

a) La Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores.

b) La Secretaría de Estado para la Unión Europea.

c) La Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe.

Con el fin de atender las necesidades de una gestión administrativa más eficaz y alcanzar los fines asignados a esta institución, se considera conveniente fijar los límites a que se refiere el párrafo anterior en la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, la Secretaría de Estado para la Unión Europea y la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe.

En consecuencia, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 74 de la Ley 47/2003, de 27 de noviembre, modificado por la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017, dispongo:

Primero. La modificación de la Orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo, de delegación de competencias en materia de personal, contratación y gestión presupuestaria y del gasto público.

La Orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo, de delegación de competencias en materia de personal, contratación y gestión presupuestaria y del gasto público, queda modificada como sigue:

Uno. Se introduce un nuevo apartado «Tercero bis» con la siguiente redacción:

«Tercero bis. Límites de gasto competencia de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, de la Secretaría de Estado para la Unión Europea y de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe.

a) Se fija en doce millones de euros el límite por debajo del cual los Secretarios de Estado de Asuntos Exteriores, para la Unión Europea y de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe podrán administrar los créditos para gastos propios de sus respectivas Secretarías de Estado y de los órganos dependientes de la mismas, aprobar y comprometer los gastos con cargo a aquellos créditos y reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago en el marco del plan de disposición de fondos del Tesoro Público; salvo en los expedientes con cargo al programa 000X “Transferencias internas”, que el límite se fija en cincuenta millones de euros.

b) Se fija en doce millones de euros el límite por debajo del cual los Secretarios de Estado de Asuntos Exteriores, para la Unión Europea y de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe podrán conceder subvenciones y ayudas con cargo a los créditos de gasto propios de sus respectivas Secretarías de Estado y de los órganos dependientes de la mismas.

Se exceptúan de esta fijación de límites las modificaciones presupuestarias.»

Segundo. Efectos.

Esta orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de junio de 2018.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Josep Borrell Fontelles.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/06/2018
  • Fecha de publicación: 04/07/2018
  • Efectos desde el 5 de julio de 2018.
  • Fecha de derogación: 16/03/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden AUC/295/2019, de 11 de marzo (Ref. BOE-A-2019-3792).
Referencias anteriores
  • AÑADE el apartado tercero bis a la Orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-2003-8632).
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Asuntos Exteriores Unión Europea y Cooperación
  • Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores
  • Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe
  • Secretaría de Estado para la Unión Europea

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