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Documento BOE-A-2020-8295

Resolución de 17 de julio de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo de solicitud de admisión a los procesos selectivos y la liquidación de la tasa de derechos de examen.

Publicado en:
«BOE» núm. 199, de 22 de julio de 2020, páginas 54883 a 54887 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2020-8295
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/07/17/(2)

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 18 de mayo de 2017 (BOE de 27 de mayo), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se aprobó el modelo de solicitud de admisión a los procesos selectivos y liquidación de la tasa de derechos de examen («modelo 791»).

Esta aprobación trae su causa de la Resolución de 16 de junio de 2016 (BOE de 21 de junio) de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba el modelo de impreso de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración General del Estado y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 790), y de lo dispuesto en la Resolución de 9 de enero de 2002 (BOE de 15 de enero), de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que autoriza a determinados organismos públicos dependientes o vinculados a aquella a aprobar su propio modelo (791), ajustado al modelo de impreso (790), y previa aprobación de la Dirección General de la Función Pública.

La Resolución de 31 de octubre de 2019 (BOE de 14 de noviembre), de la Secretaría de Estado de Función Pública, aprueba el nuevo modelo de impreso de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración General del Estado y liquidación de la tasa de derechos de examen (790), que sustituye al aprobado por Resolución de 16 de junio de 2016, del Secretario de Estado de Administraciones Públicas (BOE del 21).

Su finalidad es la de actualizar el modelo 790 tras la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2016/679 de Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, así como de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, para dar cumplimiento a este nuevo marco normativo en materia de información al afectado sobre tratamiento de datos de carácter personal.

Esta actualización del modelo 790 implica la sustitución de la previa cláusula de información sobre protección de datos de carácter personal que recogía el anterior modelo de impreso de solicitud, de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, por una nueva cláusula de información al solicitante sobre el tratamiento de sus datos personales aportados en el impreso, de acuerdo con el artículo 11 de la citada Ley Orgánica 3/2018, permitiendo así que la información básica sobre los responsables de este tratamiento remita necesariamente al centro gestor de la correspondiente convocatoria. Asimismo, se indica que la finalidad del tratamiento es gestionar la participación del candidato o candidata en el proceso selectivo y se referencian las categorías de datos objeto de tratamiento que no requieren ser aportadas por el ciudadano por encontrarse ya en poder de las administraciones públicas, así como las fuentes de las que proceden estos datos. Se incluye también una dirección electrónica que permite acceder de forma sencilla e inmediata a la restante información complementaria y se señala la posibilidad de ejercer los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, incluyéndose el derecho de oposición motivada al tratamiento.

Asimismo, el nuevo modelo 790 incorpora la autorización expresa para la consulta de los datos tributarios, que resulta necesaria de acuerdo con el apartado decimocuarto.6.b) de la Orden HFP/688/2017, en aplicación del artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, General Tributaria. Se trata de una exigencia por ley especial, que, como tal, debe diferenciarse del régimen general basado en el artículo 28 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su redacción dada por la disposición final duodécima de la Ley Orgánica 3/2018.

Por último, el nuevo modelo 790 retira el apartado de modos de pago y de cumplimentación de la cuenta bancaria del ingreso y el anexo de Instrucciones para el interesado, actualmente innecesarios, de manera que se mejora la eficacia del procedimiento de solicitud de admisión en las pruebas selectivas.

En consecuencia, procede adaptar el modelo 791 aprobado por Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 18 de mayo de 2017, para los procesos selectivos convocados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, al nuevo modelo 790 aprobado por Resolución 31 de octubre de 2019 (BOE de 14 de noviembre), de la Secretaría de Estado de Función Pública.

Por todo lo anterior, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública y de conformidad con lo previsto en el apartado tres.3 del artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, en relación con la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y la Resolución de 9 de enero de 2002 (BOE de 15 de enero) de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, dispongo:

Primero. Aprobación del modelo de solicitud para la participación en procesos selectivos convocados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Aprobar el modelo de impreso 791 que figura como anexo a esta Resolución, que sustituye al aprobado por Resolución de 18 de mayo de 2017 (BOE de 27 de mayo), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y será de aplicación para toda solicitud de participación en los procesos selectivos que se convoquen por la Agencia Estatal de Administración Tributaria para la selección, por cualquier sistema de acceso, del personal funcionario o laboral incluido en el ámbito de aplicación del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Asimismo, podrá ser utilizado en relación con las pruebas selectivas que sean convocadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria para aquel personal que, no incluido en el citado ámbito de aplicación, no disponga de modelo de solicitud ajustado a lo establecido en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de junio de 1998.

En ningún caso se podrán utilizar documentos de ingreso ajustados al citado modelo de impreso 791, para la recaudación de tasas que no constituyan derechos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Segundo. Aplicabilidad.

El modelo de impreso 791 que se aprueba por esta resolución será de aplicación a los procesos selectivos que se convoquen por la Agencia Estatal de Administración Tributaria a partir de la entrada en vigor de la misma, que se producirá el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 17 de julio de 2020.–El Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Jesús Gascón Catalán.

ANEXO

1

2

3

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/07/2020
  • Fecha de publicación: 22/07/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 23/07/2020
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el modelo 791 aprobado por Resolución de 18 de mayo de 2017 (Ref. BOE-A-2017-5860).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 103.3 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1990-31180).
  • CITA:
Materias
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Ficheros con datos personales
  • Formularios administrativos
  • Oposiciones y concursos
  • Tasas

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