Atribuir en virtud de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Juzgado de lo Penal n.º 5 de Castellón de la Plana el conocimiento con carácter exclusivo y excluyente de la ejecución de las resoluciones dictadas por el resto de los juzgados de lo penal con sede y constituidos en el partido judicial de Castellón, así como la ejecución de las resoluciones dictadas por los juzgados de instrucción en el ámbito de las diligencias urgentes de la provincia, con excepción del partido judicial de Vinaroz.
Este acuerdo de especialización entrará en vigor a partir de la fecha de entrada en funcionamiento del Juzgado de lo Penal n.º 5 de Castellón de la Plana, prevista para el próximo 31 de enero de 2024.
Los juzgados afectados continuarán conociendo hasta su conclusión de todos los procesos que estuvieran pendientes ante los mismos.
Madrid, 24 de enero de 2024.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, P.S., el Vocal, Vicente Guilarte Gutiérrez.
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