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Documento BOE-A-2024-27415

Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 30 de diciembre de 2024, páginas 186013 a 186042 (30 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2024-27415

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública y, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024,

Esta Subsecretaría en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Resultará de aplicación a la presente convocatoria el libro segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en todo lo que no se oponga a las anteriores normas, el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024, la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se establece un modelo común de convocatoria que regirá los procesos selectivos para el ingreso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y el resto de normativa vigente en la materia, incluyendo aquellas normas especiales que resulten de aplicación y que gozarán de prevalencia respecto de la normativa general.

Asimismo, esta convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella y, en su caso, se adecuará a lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

La presente convocatoria se desarrollará de conformidad con los siguientes apartados y anexos:

1. Publicación

1.1 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución, se publicarán en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es), en la página web del Ministerio de Hacienda (https://www.hacienda.gob.es/), así como en aquellos lugares que se estime conveniente.

2. Descripción de las plazas

2.1 Las plazas convocadas se ajustan a lo dispuesto en el siguiente cuadro:

Turno libre

Número de plazas convocadas.

Acceso general Discapacidad Total
38 3 41

2.2 En concreto, se convoca proceso selectivo para cubrir 41 plazas de acceso libre en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública, código 0605.

2.3 Del total de las plazas convocadas por el sistema de acceso libre se reservarán 3 para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

3. Requisitos de las personas aspirantes

3.1 Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los requisitos exigidos.

Requisitos generales de participación

3.2 Nacionalidad: las personas aspirantes deberán tener la nacionalidad española.

También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles, con excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:

a. Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

b. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

c. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Las personas aspirantes no residentes en España incluidas en el apartado b), así como las personas extranjeras incluidas en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan. Todo ello en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

3.3 Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

3.4 Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

3.5 Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios de carrera, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3.6 El personal funcionario español de Organismos Internacionales podrá acceder al empleo público siempre que posea la titulación requerida y supere los correspondientes procesos selectivos.

Este personal tiene derecho a solicitar a la Comisión Permanente de Homologación la exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen. Esta petición deberá efectuarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso correspondiente y se acompañará de la acreditación de convocatorias, programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida por el Organismo Internacional en cuestión. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y escalas de la Administración General del Estado.

Titulación

3.7 Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Arquitecto/a, o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las disposiciones de derecho de la Unión Europea, a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.

3.8 A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a aquellas personas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

4. Solicitudes

Presentación por medios electrónicos

4.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de este proceso selectivo por medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indican en el anexo II. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se cursen desde el extranjero.

4.2 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

La presentación por esta vía permitirá:

– La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).

– Anexar documentos a la solicitud (opcional).

– El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).

– El registro electrónico de la solicitud (obligatorio).

– La modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada (opcional).

– La subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos relacionados con la causa de exclusión, y/o adjuntar la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.

4.3 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio de IPS.

4.4 En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán rellenar el siguiente formulario https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS o dirigirse al teléfono 060.

4.5 Únicamente se tendrá en cuenta una solicitud por persona aspirante. En el supuesto de que se presentara más de una solicitud, se tendrá en cuenta a todos los efectos la última solicitud presentada.

Plazo de presentación

4.6 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que haya de subsanarse la presentación electrónica de la solicitud, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

4.7 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos consignados en su solicitud registrada telemáticamente, que podrán modificar dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

4.8 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.9 De acuerdo con el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes, siempre y cuando este no hubiera vencido, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo acordada.

Pago de las tasas

4.10 El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros para el sistema general de acceso libre. El importe reducido para familias numerosas será de 15,55 euros.

4.11 El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia del pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.

4.12 En el caso de que el pago de la tasa de derechos de examen se abone en el extranjero, se realizará en la cuenta corriente número ES06-0182-2370-4902-0020-3962, código BIC BBVAESMM, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, abierta a nombre del Tesoro Público. Este sistema solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.

4.13 Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que deberán acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de tal condición. No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Serán requisitos para el disfrute de la exención:

– Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.

– Que carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa de la persona interesada, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo.

En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al último ejercicio en el que el plazo de presentación de la declaración del IRPF haya finalizado o, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

4.14 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. La falta de justificación del abono de las tasas por derechos de examen o de encontrarse exento del pago determinará la exclusión del aspirante.

4.15 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

4.16 No procederá la devolución de la tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada ni en caso de inasistencia al ejercicio.

Protección de datos personales

4.17 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.

4.18 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.

4.19 El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando la seudoanonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

4.20 El Ministerio de Hacienda es responsable del tratamiento de esos datos y publica su política de protección de datos en https://www.hacienda.gob.es.

4.21 Los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica a través de la sede electrónica señalada o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros.

4.22 En caso de incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados podrán reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.

5. Admisión de aspirantes

5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en el apartado 1.1, se indicará la relación de personas aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

5.2 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles computados desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión.

5.3 Finalizado dicho plazo, se expondrá la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

6. Proceso selectivo

6.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para las personas aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, con las valoraciones, ejercicios y calificaciones que se especifican en este apartado.

6.2 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo, cuyo contenido y desarrollo diferirá de lo valorado en las fases previas. Para la realización de este curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad convocante.

6.3 Fase de oposición.

Las pruebas de la fase de oposición consistirán en la superación de cuatro ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

El contenido de los cuatro ejercicios se corresponde con la acreditación de conocimientos y competencias en gestión patrimonial; catastro inmobiliario; arquitectura, urbanismo y vivienda; actuaciones técnico-facultativas; valoraciones administrativas inmobiliarias; sistemas de información; contratación pública; competencias de orden jurídico, financiero y tributario; y gerencia pública. Estas competencias se encuentran directamente relacionadas con el desempeño de las funciones del Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.

Primer ejercicio:

Este ejercicio está vinculado con el conocimiento teórico de las competencias de orden jurídico en las ramas del derecho civil, mercantil, constitucional, administrativo y de la Unión Europea, así como con materias relacionadas con las funciones en valoraciones administrativas inmobiliarias; sistemas de información; gestión patrimonial; arquitectura, urbanismo y vivienda; y actuaciones técnico-facultativas.

Parte A: consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, a un cuestionario de diez preguntas propuestas por el Tribunal sobre materias incluidas en los siguientes grupos del programa que se recogen en el anexo I:

I. Derecho civil y derecho mercantil (19 temas).

II. Derecho constitucional, administrativo e institucional europeo (24 temas).

Parte B: consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, a un cuestionario de diez preguntas propuestas por el Tribunal sobre materias incluidas en los siguientes grupos del programa que se recogen en el anexo I:

III. Valoración inmobiliaria, sistemas de información y gestión patrimonial (15 temas).

IV. Derecho urbanístico y edificación (26 temas).

La parte B del primer ejercicio será leída en sesión pública ante el Tribunal, siendo eliminadas aquellas personas aspirantes que no se presenten a la lectura correspondiente. La parte A no será objeto de lectura en sesión pública ante el Tribunal.

En este ejercicio se valorarán los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas, y la capacidad de expresión y síntesis.

Estarán exentos de realizar este primer ejercicio, las personas aspirantes incluidas en la relación de aspirantes que superaron con una puntuación superior al 60 por cierto de la calificación máxima prevista el primer ejercicio de la convocatoria inmediatamente anterior, aprobada por Resolución de 14 de junio de 2024, de la Subsecretaría de Hacienda. A tal efecto, una vez publicada la lista definitiva de personas aspirantes admitidas al proceso selectivo, se publicará en el portal de internet del Ministerio de Hacienda (www.hacienda.gob.es) la relación de aspirantes que quedan exentos de la realización de este ejercicio en la presente convocatoria.

No obstante, la persona aspirante que esté exenta de realizar este ejercicio, de estimarlo oportuno, podrá renunciar a esta exención y realizar de nuevo este primer ejercicio en la presente convocatoria. En este sentido, se entenderá efectuada la renuncia con la mera presentación a esta parte del ejercicio.

Segundo ejercicio:

Este ejercicio está vinculado con el desarrollo práctico de competencias en gestión patrimonial y en valoraciones administrativas inmobiliarias; además de la necesidad de conocimiento de idioma inglés/francés dentro del marco de la UE.

Tendrá una duración total de cinco horas, y constará de dos partes:

Parte A: consistirá en la resolución por escrito de dos supuestos prácticos, durante un tiempo máximo de cuatro horas. El primer supuesto práctico versará sobre gestión patrimonial inmobiliaria. El segundo caso práctico consistirá en un supuesto práctico de valoración inmobiliaria. Las personas aspirantes deberán llevar a cabo un dictamen pericial del artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria u otra valoración administrativa (urbanística o expropiatoria) o hipotecaria.

Las personas aspirantes podrán disponer de la documentación en formato papel que estimen oportuna para la realización de esta parte del ejercicio; y deberán justificar las soluciones adoptadas en los casos en los que el enunciado así lo exija.

En esta parte se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen, la sistemática, la capacidad de análisis, la justificación de las soluciones adoptadas y la capacidad de expresión escrita del aspirante.

Parte B: se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación: una presencial y, otra sustitutiva de la anterior, mediante la cual las personas candidatas podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés equivalente a B2 o superior, de acuerdo con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER).

En la modalidad presencial, esta parte B consistirá en una traducción directa por escrito y sin diccionario, durante un tiempo máximo de una hora, de un texto determinado por el Tribunal en uno de los idiomas, inglés o francés, a elección de la persona aspirante según opción que deberá hacerse constar en la solicitud.

En esta parte del ejercicio se valorará el conocimiento de los idiomas extranjeros, la capacidad de comprensión y claridad de expresión y la calidad de la versión en castellano.

En la modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, alternativa de la anterior, las personas opositoras que así lo deseen, podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo III o que acrediten tener un nivel de inglés o francés equivalente a B2 o superior de acuerdo con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia de las lenguas, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias.

Aquellas personas aspirantes que se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en su solicitud de inscripción, deberán adjuntar a esta la titulación que acredite el conocimiento de inglés o francés, a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General.

La falta de presentación de la titulación o la presentación de un título que no cumpla los requisitos previstos en los párrafos anteriores no supondrá una causa de exclusión de la persona aspirante.

En el caso de que el Tribunal detectase que la titulación presentada no cumple con los requisitos establecidos en estas Bases para la acreditación de un nivel B2 o superior, lo acordará en una resolución en la que se relacionará a las personas aspirantes que, debido a este motivo, deberán realizar el segundo ejercicio en la modalidad presencial. Dicha resolución se publicará con antelación suficiente a la fecha de realización del segundo ejercicio.

Este ejercicio podrá realizarse en una o varias sesiones que, en cualquier caso, constituirán una unidad de acto, no computándose el tiempo invertido en los desplazamientos, si los hubiera, en el tiempo máximo previsto de duración del ejercicio.

Tercer ejercicio:

Este ejercicio está vinculado con el desarrollo práctico de competencias en contratación pública y en Catastro inmobiliario.

Consistirá en la resolución por escrito de dos supuestos prácticos, durante un tiempo máximo de cuatro horas. El primer supuesto práctico versará sobre contratación administrativa. El segundo supuesto práctico se centrará en un supuesto sobre valoración catastral, procedimientos de valoración catastral, elaboración de ponencias de valores de bienes inmuebles de naturaleza urbana y sobre valor de referencia, procedimiento para su determinación, y definición del mapas de valores, de acuerdo con la normativa catastral; para resolverlo, las personas aspirantes, partiendo de la información proporcionada por el Tribunal, deberán hacer uso de criterios técnicos, estadísticos, urbanísticos y de valoración inmobiliaria, contemplados en el programa.

Las personas aspirantes podrán disponer de la documentación en formato papel que estimen oportuna para la realización de este ejercicio; y deberán justificar las soluciones adoptadas en los casos en los que el enunciado así lo exija.

Se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen, la sistemática, la capacidad de análisis, la justificación de las soluciones adoptadas y la capacidad de expresión escrita del aspirante.

Este ejercicio podrá realizarse en una o varias sesiones que, en cualquier caso, constituirán una unidad de acto, no computándose el tiempo invertido en los desplazamientos, si los hubiera, en el tiempo máximo previsto de duración del ejercicio.

Cuarto ejercicio:

Este ejercicio está vinculado con el conocimiento teórico de la normativa de aplicación y materias relacionadas con las funciones en catastro inmobiliario; las de orden jurídico, financiero y tributario, economía, gerencia pública y Hacienda Pública; así como con las habilidades de exposición oral efectiva ligadas a funciones transversales en el desempeño de las competencias mencionadas.

El cuarto ejercicio será de naturaleza oral y consistirá en la exposición, durante un tiempo máximo de sesenta minutos y mínimo de cuarenta y cinco, por el orden que figuran en el programa del anexo I, de cuatro temas, extraídos al azar, uno de cada uno de los siguientes grupos:

V. Catastro (22 temas).

VI. Derecho Financiero y Tributario (21 temas).

VII. Economía y Gerencia Pública (15 temas).

VIII. Hacienda Pública (13 temas).

El tiempo de exposición deberá distribuirse por la persona aspirante de forma homogénea entre los cuatro temas.

Se concederá a las personas aspirantes, antes de la exposición oral, un máximo de quince minutos para preparar, en presencia del Tribunal, un guion de dichos temas utilizando únicamente el programa de la convocatoria.

En este ejercicio se valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral. El Tribunal podrá realizar a las personas aspirantes preguntas que versen sobre el contenido de los temas expuestos.

Los ejercicios primero, segundo y tercero deberán escribirse de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal, en el portal de internet del Ministerio de Hacienda (www.hacienda.gob.es) y en el Punto de Acceso General (administracion.gob.es), la relación de personas aspirantes que hayan superado el correspondiente ejercicio, con indicación de la puntuación obtenida. Las personas aspirantes que no figuren en la relación se considerarán excluidos.

6.4 Valoración de la fase de oposición.

Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio:

La parte A del ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 10 puntos y la parte B se calificará con una puntuación máxima de 10 puntos.

Para superar el primer ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en la Parte A y, en la parte B, un mínimo de 5 puntos.

Quienes estén exentos de realizar este primer ejercicio, por encontrarse incluidos en la relación de personas aspirantes que superaron con una puntuación superior al 60 por cierto de la calificación máxima prevista el primer ejercicio de la convocatoria inmediatamente anterior, aprobada por Resolución de 14 de junio de 2024 de la Subsecretaría de Hacienda, conservarán la puntuación obtenida en dicha relación.

Las personas aspirantes que superen este primer ejercicio y que obtengan una puntuación superior al 50 por ciento de la calificación máxima prevista, podrán conservar la puntuación obtenida para la siguiente convocatoria publicada, siempre y cuando el contenido del temario, el ejercicio, y la forma de calificación sean análogos y no se produzcan actualizaciones normativas relevantes. En cualquier caso, la persona aspirante que tenga conservada su puntuación podrá renunciar y realizar de nuevo la prueba en la siguiente convocatoria publicada. En este sentido, se entenderá efectuada la renuncia con la mera presentación al ejercicio que se trate.

Se entiende por calificación la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.

Segundo ejercicio:

En la parte A del ejercicio, el primer supuesto práctico sobre gestión patrimonial inmobiliaria se calificará sobre un máximo de 15 puntos y el segundo supuesto práctico sobre valoración inmobiliaria se calificará asimismo sobre un máximo de 15 puntos, de tal forma que la parte A del ejercicio se calificará con una puntuación máxima total de 30 puntos.

La parte B del ejercicio, referida a la acreditación del conocimiento de idioma elegido por la persona aspirante, se calificará como «apto» o «no apto».

Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de 6 puntos en el primer supuesto, de 6 puntos en el segundo supuesto, un total de 15 puntos en la parte A del ejercicio y la calificación de «apto» en la parte B del ejercicio.

Tercer ejercicio:

El primer supuesto práctico sobre contratación administrativa se calificará sobre un máximo de 15 puntos y el segundo supuesto práctico sobre valoración catastral, procedimientos de valoración catastral, elaboración de ponencias de valores de bienes inmuebles de naturaleza urbana y sobre valor de referencia, procedimiento para su determinación, y definición del mapas de valores, se calificará sobre un máximo de 15 puntos, de tal forma que el ejercicio se calificará con una puntuación máxima total de 30 puntos.

Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de 6 puntos en el primer supuesto, de 6 puntos en el segundo supuesto y un total de 15 puntos en el ejercicio.

Cuarto ejercicio:

Se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, y para superarlo será necesario obtener un mínimo de 10 puntos.

El Tribunal expondrá la relación de personas aprobadas de cada ejercicio, especificándose la puntuación que hubieran obtenido. Las que no figuren en la relación se considerarán excluidas.

El Tribunal no podrá declarar aprobados en el último ejercicio a un número de opositores superior al de plazas convocadas.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo, tercer, y cuarto ejercicio, por ese orden. De persistir el empate, se atenderá al orden alfabético mencionado en el apartado 8.

6.5 Curso selectivo.

Todas las personas aspirantes que superen la fase de oposición realizarán un curso selectivo en la Escuela de Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, que deberán superar con aprovechamiento.

En el curso se desarrollarán materias relacionadas con las siguientes áreas: jurídica, financiera y tributaria; actuaciones técnico facultativas: gestión patrimonial, edificación, urbanismo, vivienda y suelo; catastral, valoraciones inmobiliarias y competencias digitales, así como las de carácter complementario e instrumental útiles para el desempeño de las funciones encomendadas al Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública, incluyendo un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género. El curso selectivo servirá asimismo como elemento de valoración de los conocimientos y las pruebas prácticas que no hayan sido objeto de evaluación en la fase de oposición.

Tendrá una duración máxima de seis meses lectivos, y comenzará en el plazo máximo de cuatro meses, contado a partir de la finalización del plazo fijado para la presentación de la documentación requerida en la publicación de la lista de aprobados de la fase de oposición en el «Boletín Oficial del Estado».

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas por la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera.

Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las vacaciones de estos funcionarios en prácticas, por necesidades del servicio y de acuerdo con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, abarcarán desde el 1 al 31 de agosto del año en que se realice el curso selectivo.

Las personas aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.

6.6 Valoración del curso selectivo.

El curso selectivo se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos por el total de los trabajos, necesitándose para aprobar obtener 15 puntos como mínimo.

6.7 Superación del proceso selectivo y elección de destinos.

La suma de las puntuaciones de la fase de oposición con la obtenida en el curso selectivo determinará la calificación final del proceso selectivo y la prioridad para la elección de destino.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en la fase de oposición; y en caso de persistir el empate, a la correspondiente, por este orden, al segundo, tercero, y cuarto ejercicio de la fase de oposición. Si persistiera el empate se seguirá el orden alfabético mencionado en el apartado 8.

7. Duración del proceso selectivo

7.1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, esta convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, las respectivas fases de oposición, en un año.

El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en un plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

7.2 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las distintas pruebas del proceso selectivo.

8. Desarrollo del proceso selectivo

8.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellas cuyo apellido comience por la letra «V» de conformidad con lo previsto en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE del día 31 de julio).

8.2 En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquéllas cuyo primer apellido empiece por la letra «W» y así sucesivamente.

8.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán en los lugares previstos en el apartado 1.1, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.

8.4 Entre la total conclusión de un ejercicio o prueba y el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

8.5 Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de este proceso selectivo, se posibilita la realización de pruebas coincidentes en el tiempo.

8.6 Asimismo, el desarrollo de este proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo con el desarrollo de otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la celebración o lectura de ejercicios, realización de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de carrera.

8.7 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 14.

8.8 Las consultas sobre el proceso se podrán realizar a través del correo electrónico oposiciones.funcionarios@hacienda.gob.es, sin que este correo tenga la consideración de registro telemático.

9. Superación del proceso selectivo y nombramiento

9.1 Finalizada la fase de oposición, el órgano de selección hará pública la relación de personas aspirantes que la hayan superado, por riguroso orden de puntuación y con indicación expresa de la misma, en la página web del organismo, en la sede del órgano de selección, así como en aquellos lugares que se estimen convenientes.

9.2 La relación de personas aspirantes que han superado la fase de oposición se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

9.3 De acuerdo con lo establecido en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el órgano de selección no podrá proponer el acceso a la condición de personal funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.

9.4 No obstante lo anterior, siempre que el órgano de selección haya propuesto el nombramiento de igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas en el proceso, y siempre que se produzcan renuncias expresas de las personas seleccionadas con antelación a su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir, por una sola vez, al citado órgano de selección una relación complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.

9.5 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

9.6 A las personas aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria se les nombrará personal funcionario en prácticas, y, a las que superen la fase de curso selectivo, personal funcionario de carrera.

9.7 La adjudicación de los puestos entre las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, a excepción de lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.

9.8 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes que superen este proceso selectivo deberán solicitar destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.

9.9 La persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública nombrará personal funcionario de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y acreditado, en los términos indicados en la convocatoria, cumplir los requisitos exigidos.

9.10 Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».

10. Programas

10.1 El programa que ha de regir el proceso selectivo se incluye como anexo I de esta convocatoria.

11. Órgano de selección

11.1 El órgano de selección de este proceso selectivo es el que figura en el presente apartado.

11.2 Se publicará un breve currículum profesional de las personas que forman parte de este órgano de selección en la sede electrónica del órgano convocante.

11.3 El órgano de selección actuará conforme a los principios de agilidad y eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo del proceso selectivo, sin perjuicio del cumplimiento de los principios de actuación de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

11.4 El procedimiento de actuación del órgano de selección se ajustará en todo momento a lo dispuesto en el artículo 112 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, y en las demás disposiciones vigentes. Sus competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios. En particular, los miembros del órgano de selección deberán abstenerse y podrán ser recusados de conformidad con lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

11.5 En el acta de la sesión de constitución del órgano de selección podrá acordarse que los miembros titulares y suplentes de los mismos actúen de forma indistinta.

11.6 El órgano de selección, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

11.7 El órgano de selección adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el mismo, sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los autores.

11.8 Sin perjuicio de que a la finalización del proceso selectivo se requiera a quienes hayan superado el mismo la acreditación documental del cumplimiento de los requisitos de participación, si en cualquier momento del proceso selectivo, el órgano de selección tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de dichos requisitos o resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo o Escala correspondiente en los términos establecidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al órgano convocante, para que este resuelva al respecto.

11.9 Corresponderá al órgano de selección la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, y adoptará al respecto las decisiones que estime pertinentes.

11.10 El órgano de selección actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio.

11.11 Se difundirán, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios generales y aspectos a considerar en la valoración que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria y en el caso de ejercicios con respuestas alternativas, la penalización que suponga cada respuesta errónea.

11.12 Igualmente, en las actas del órgano de selección deberá quedar constancia del cálculo y del desglose de las puntuaciones otorgadas a las personas aspirantes por cada uno de los criterios de valoración establecidos para los ejercicios de la convocatoria.

11.13 Se habilita al órgano de selección para la adopción de cuantas medidas, instrucciones o resoluciones sean precisas para el normal desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases. Del mismo modo, se le habilita para el desarrollo descentralizado de las pruebas selectivas, de la lectura de los ejercicios o de alguna de las fases del proceso selectivo, incluyendo el uso de medios electrónicos o telemáticos, entre ellos los audiovisuales. También podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea necesario.

11.14 Asimismo, se habilita al órgano de selección para establecer la forma y procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como para la digitalización, encriptación, almacenamiento y custodia, por medios electrónicos, de los exámenes realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento el secreto de aquellos hasta su apertura y lectura pública por las personas aspirantes.

11.15 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el órgano de selección tendrá su sede en el Ministerio de Hacienda, Subdirección General de Recursos Humanos, calle Alcalá, 9 4.ª planta de Madrid, teléfonos 91 595 87 83 / 91 595 89 33 / 91 595 87 22, dirección de correo electrónico oposiciones.funcionarios@hacienda.gob.es.

11.16 El tribunal calificador de este proceso selectivo será designado mediante resolución de la Subsecretaría de Hacienda simultánea o previamente a la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicha resolución se publicará en el BOE. En la composición del mismo se garantizará el principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres. En el caso de que fuera necesario, el Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios, así como personal de apoyo administrativo.

12. Acceso de personas con discapacidad

12.1 El órgano de selección adoptará las medidas oportunas que permitan participar a las personas aspirantes con discapacidad en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que así lo hubieran indicado expresamente en la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

12.2 Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento podrán participar bien por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de personas con discapacidad, debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.

12.3 Con independencia del sistema por el que opten, las personas aspirantes que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos en las pruebas del proceso selectivo.

12.4 Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los ejercicios del proceso selectivo. Para que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar necesariamente, en el plazo de presentación de solicitudes, copia auténtica del dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma fehaciente la o las deficiencias permanentes que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro documento. El órgano de selección aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad e informará a los opositores afectados sobre la concesión de tiempos y medios otorgada en su caso.

12.5 A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad se les conservará la nota de los ejercicios, siempre que supere como mínimo el 50 por ciento de la calificación prevista para el correspondiente ejercicio. La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, cuando el contenido del temario y su forma de calificación sean análogos.

Se entiende por nota la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.

12.6 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes que se haya presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

12.7 De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas en el caso de acceso libre no se podrán acumular al turno general.

13. Embarazo de riesgo o parto

13.1 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto, alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano de selección. En todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.

14. Pie de recurso

14.1 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaría de Hacienda en el plazo de un mes desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Madrid, 20 de diciembre de 2024.–La Subsecretaria de Hacienda, Lidia Sánchez Milán.

ANEXO I
Programa

I. Derecho Civil y Derecho Mercantil

Tema 1. El Derecho objetivo: Concepto y divisiones. Las fuentes del Derecho en el sistema jurídico positivo español. El sujeto del Derecho. El objeto del Derecho.

Tema 2. El Derecho civil en España. El Código Civil y la legislación complementaria. Los derechos civiles forales y especiales. La vecindad civil: adquisición y pérdida.

Tema 3. Los derechos reales. Naturaleza, caracteres y diferencias con el derecho de crédito. Clasificación de los derechos reales. Derechos reales reconocidos en la legislación española. Valoración de derechos reales.

Tema 4. El derecho real de dominio. Extensión y contenido. Dominio del suelo y del espacio aéreo. Protección del dominio y acciones que nacen del mismo. Adquisición del dominio. La teoría del título y el modo. La tradición en el Derecho español. La accesión. La usucapión. La pérdida del dominio. La pérdida en virtud de adquisiciones «a non domino».

Tema 5. La comunidad de bienes y el condominio. Reglas del Código Civil. La propiedad horizontal. Naturaleza y ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones de los propietarios. Elementos comunes y privativos. Régimen de los complejos inmobiliarios privados.

Tema 6. La posesión: su naturaleza jurídica. Clases de posesión según el Código Civil. Adquisición, conservación, pérdida y recuperación de la posesión. Efectos de la posesión. Protección del estado posesorio. Juicios verbales posesorios. Deslinde y amojonamiento.

Tema 7. Derechos reales de goce y disfrute. El derecho de usufructo: naturaleza y caracteres. Derechos y obligaciones del usufructo: su constitución, extinción y transmisibilidad. Derechos de uso y habitación. El derecho real de superficie. Censos y foros.

Tema 8. El derecho real de servidumbre: concepto, caracteres y elementos. Clases de servidumbres. Adquisición de las servidumbres. Pérdida de las servidumbres. Las servidumbres voluntarias. Las servidumbres legales y su distinción con las limitaciones del dominio.

Tema 9. Los derechos reales de garantía. La hipoteca. Concepto y caracteres. Hipotecas legales e hipotecas voluntarias. La hipoteca mobiliaria. La prenda. La prenda sin desplazamiento.

Tema 10. El Registro de la Propiedad en España. Organización. Los libros del Registro. Clases de asientos. Los principios hipotecarios. Publicidad y fe pública registral. Las certificaciones registrales. Contenido y efectos. La finca registral. Actos y derechos inscribibles. La inmatriculación de la finca. Medios de inmatriculación. Expediente de dominio. Finalidades y tramitación.

Tema 11. Las declaraciones de obra nueva y la división horizontal. Los excesos de cabida. Modificaciones de la finca registral: la agrupación, la agregación, la segregación y la división de fincas.

Tema 12. La obligación: su naturaleza y elementos. Fuentes de las obligaciones. Clases de obligaciones. El cumplimiento de las obligaciones. Incumplimiento y cumplimiento anormal. Extinción. Prueba de las obligaciones.

Tema 13. El negocio jurídico. Elementos esenciales. La ineficacia o invalidez del negocio jurídico. El contrato: fundamento y función. Elementos y objeto del contrato. Interpretación, ineficacia y rescisión. Clasificación de los contratos. El contrato preparatorio o precontrato. La promesa de venta y el contrato de opción. Los contratos normativos y los contratos de adhesión.

Tema 14. El contrato de compraventa: su naturaleza. Obligaciones del vendedor y del comprador. Los derechos de tanteo y retracto: naturaleza y clases. El contrato de permuta.

Tema 15. El contrato de arrendamiento, su función y especies. Normas fundamentales del Código Civil. Régimen de los arrendamientos urbanos. La Ley de Arrendamientos urbanos. Supuestos que contempla. Censo de arrendamientos urbanos.

Tema 16. Los contratos de arrendamiento de obra y de servicios: Naturaleza, elementos y contenido. Responsabilidades civiles del propietario, del constructor, del Arquitecto y del Arquitecto Técnico. Prescripción de responsabilidades.

Tema 17. La sociedad mercantil. Concepto, naturaleza y clases. El objeto social. Constitución. La sociedad irregular. La escritura social y los estatutos. Aportaciones. Patrimonio y capital social. Distribución de beneficios. Aumento y reducción del capital social. Las reservas. Régimen jurídico de la transformación, fusión y escisión de sociedades mercantiles. Disolución de sociedades mercantiles. Liquidación de sociedades mercantiles: operaciones que comprende. El concurso de acreedores.

Tema 18. La sociedad regular colectiva. La sociedad comanditaria simple. La sociedad comanditaria por acciones. La sociedad de responsabilidad limitada. La sociedad anónima. Acciones: Clases. Acciones sin voto. La emisión de obligaciones. Sindicato de obligacionistas. Órganos: Junta general, Administradores y Consejo de Administración.

Tema 19. El contrato de seguro. Reaseguro, contraseguro, coaseguro y seguro subsidiario. Seguro individual y seguro colectivo. El seguro contra daños. Seguros de personas. El Consorcio de Compensación de Seguros.

II. Derecho Constitucional, Administrativo e Institucional Europeo

Tema 1. La Constitución española de 1978: características y estructura. Principios constitucionales y valores superiores. Derechos fundamentales y libertades públicas; derechos económicos y sociales; eficacia, garantía y límites. La suspensión de derechos. La reforma constitucional.

Tema 2. Las Cortes Generales: composición y funciones. El funcionamiento de las Cámaras. La Corona. El Gobierno: composición y organización. Funciones del Gobierno.

Tema 3. El Tribunal Constitucional. El Poder Judicial. Órganos constitucionales de control: el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo. El Consejo de Estado.

Tema 4. La Administración Pública: principios constitucionales. La organización territorial del Estado. La Administración General del Estado y su organización periférica y los organismos públicos. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. Las Entidades Locales. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.

Tema 5. La Administración y el Derecho Administrativo. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Disposiciones del Gobierno con rango de ley. El Reglamento. La potestad reglamentaria: órganos con potestad reglamentaria.

Tema 6. El Ministerio de Hacienda. Organización y funciones. Servicios centrales y periféricos. Agencia Estatal de Administración Tributaria. Los Arquitectos de la Hacienda Pública. Trabajos y actuaciones que llevan a cabo en los distintos Centros, Organismos y Entes Públicos del Ministerio de Hacienda. La figura del Arquitecto de la Hacienda Pública en la Administración General del Estado.

Tema 7. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Situaciones administrativas. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Responsabilidad patrimonial, penal y contable.

Tema 8. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La forma de los actos administrativos: motivación, notificación y publicación. El silencio administrativo. Eficacia y ejecutoriedad de los actos administrativos. La ejecución forzosa: especial referencia a la vía de apremio. Validez e invalidez de los actos administrativos. Revocación y anulación de oficio. La suspensión de efectos.

Tema 9. El procedimiento administrativo: concepto y clases. Regulación. Las partes en el procedimiento administrativo. Derechos de los ciudadanos. Los interesados. Capacidad, legitimación y representación. Iniciación. Instrucción. La terminación del procedimiento: formas.

Tema 10. Los recursos administrativos: clases. Principios generales de su regulación. Procedimiento de tramitación y resolución de los recursos administrativos. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Extensión y límites. Recursos. La Administración Pública y la Justicia: conflictos jurisdiccionales, cuestiones de competencia y conflictos de atribuciones.

Tema 11. Los contratos del sector público (I): Objeto y ámbito de aplicación. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Órganos competentes en materia de contratación. Requisitos para contratar con la Administración: capacidad, solvencia y prohibiciones para contratar. Encargos a medios propios.

Tema 12. Los contratos del sector público (II): Preparación de los contratos. Tramitación de expedientes: contenido y tramitación. Los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Garantías. Precio del contrato, valor estimado y presupuesto base de licitación.

Tema 13. Los contratos del sector público (III): Procedimientos de adjudicación. Los contratos menores. Criterios de selección del adjudicatario. Prerrogativas de la Administración en los contratos administrativos. Modificación de los contratos. Pago del precio. Cumplimiento y resolución de los contratos administrativos.

Tema 14. Los contratos del sector público (IV): El contrato de obras. Normas especiales de preparación, ejecución, modificación, cumplimiento y resolución. La contratación de proyectos y direcciones de obra. Ejecución técnica: supervisión, documentos y contenidos exigibles del proyecto. Actas, recepción e incidencias.

Tema 15. El Patrimonio de las Administraciones Públicas: concepto y clasificación. Bienes de dominio público y bienes patrimoniales: concepto legal y principios relativos a los mismos. El Patrimonio del Estado: concepto y competencias.

Tema 16. El Patrimonio del Estado (I): adquisición y enajenación de bienes y derechos del Patrimonio del Estado. Tipos y procedimientos.

Tema 17. El Patrimonio del Estado (II): uso y explotación de los bienes y derechos. Afectación, adscripción, mutaciones demaniales. Autorizaciones y concesiones. Aprovechamiento y explotación de bienes y derechos patrimoniales.

Tema 18. El Patrimonio del Estado (III): protección y defensa del Patrimonio. Aspectos urbanísticos y colaboración interadministrativa en la gestión patrimonial. El Inventario General de bienes y derechos del Estado. La coordinación y optimización de la utilización de los edificios administrativos.

Tema 19. La acción administrativa con relación a las aguas, las minas, los montes, las costas y el medio ambiente.

Tema 20. La Ley del Patrimonio Histórico Español, normas de desarrollo y complementarias. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la conservación, enriquecimiento y defensa del Patrimonio Histórico Español. Bienes que lo integran. Declaración de Bienes de Interés Cultural. Inventario General de Bienes Muebles; inclusión y exclusión de bienes en el Inventario General. Medidas de fomento.

Tema 21. Ley de expropiación forzosa. Justificación y naturaleza de la expropiación forzosa. Régimen jurídico. Sujetos y objeto. Procedimiento general; especial referencia a la determinación del justiprecio: elementos que comprende y procedimiento. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. La reversión de los bienes expropiados. La ocupación temporal.

Tema 22. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas dirigidas a la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Políticas dirigidas a la atención de personas discapacitadas y/o dependientes. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Tema 23. La gobernanza pública y el gobierno abierto. Concepto y principios informadores del gobierno abierto: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de gobierno abierto en España.

Tema 24. El ordenamiento jurídico comunitario y sus fuentes. Su relación con el ordenamiento jurídico español. El sistema institucional de la Unión Europea.

III. Valoración Inmobiliaria, Sistemas de Información y Gestión Patrimonial

Tema 1. El mercado inmobiliario. Teorías sobre el valor. El valor de los bienes y derechos: Sus clases. El precio. Relación entre valor y precio. Influencia de la evolución histórica de las facultades urbanísticas del derecho de propiedad en el valor de los bienes inmuebles.

Tema 2. Principios y criterios de valoración de los bienes inmuebles. Finalidad de las valoraciones. Sistemas de valoración. Métodos de valoración. Comparación con mercado: componentes del valor a precios de mercado (en venta y alquiler). Estudios del mercado inmobiliario: aplicaciones.

Tema 3. Rentabilidad de los inmuebles urbanos. Rendimiento y gastos. Principio de equivalencia financiera. Actualización de rendimientos (rentas) presentes y futuros. Influencia de la legislación sobre arrendamientos urbanos y de las limitaciones administrativas de la rentabilidad en el valor de los inmuebles.

Tema 4. Valoración del suelo. Aprovechamiento idóneo. La parcela tipo y los coeficientes correctores. Método residual de valoración del suelo: Método residual estático y método residual dinámico. Valor de repercusión y valor unitario. Correcciones del valor.

Tema 5. Coste de reposición o reemplazamiento: coste actual. Valor de las construcciones. Valoración analítica y valoración sintética. La depreciación de los bienes inmuebles: sus clases. Procedimiento de medición. Valor unitario.

Tema 6. Valoraciones administrativas (I). Valoración de los inmuebles a efectos fiscales. Impuesto sobre el Patrimonio. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades. Impuesto sobre donaciones y sucesiones e Impuesto sobre trasmisiones patrimoniales. Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La comprobación de valores en la Ley General Tributaria y la Tasación pericial contradictoria.

Tema 7. Valoraciones administrativas (II). Ámbito del régimen de valoraciones del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo. Criterios generales para la valoración. Valoración en situación de suelo rural. Valoración en situación de suelo urbanizado. Indemnización de la facultad de participar en actuaciones de nueva urbanización. Indemnización de la iniciativa y la promoción de actuaciones de urbanización o de edificación. Valoración del suelo en régimen de equidistribución de beneficios y cargas.

Tema 8. Valoraciones administrativas (III). Orden ECO 805/2003 y modificaciones posteriores. Ámbito de aplicación. Principios. Condicionantes y advertencias. Métodos de valoración. Valoración de edificios y elementos de edificios para las distintas finalidades. Valoración de fincas rústicas. Valoración de solares y terrenos. Valoración de determinados derechos y de los bienes objeto de los mismos. Informes y certificados de tasación. Disposiciones especiales.

Tema 9. Estadística y valoración urbana (I): conceptos fundamentales de la Estadística. La Estadística descriptiva. Representaciones gráficas. Medidas de posición y medidas de dispersión. Números índices.

Tema 10. Estadística y valoración urbana (II): ajuste por el método de los mínimos cuadrados. Regresión y correlación. Regresión simple y regresión múltiple. Aplicaciones en el campo de la valoración. Concepto de muestreo. Tipos. Muestreo de poblaciones finitas e infinitas.

Tema 11. Estadística y valoración urbana (III): redes neuronales. Concepto y Aplicaciones. Aplicación a la Valoración inmobiliaria.

Tema 12. Sistemas de información. Definición y estructura. Concepto, componentes y funcionamiento. La información en las organizaciones y en la Administración. Bases de datos. Sistemas de información geográfica. Concepto, clases y elementos. Funciones básicas. Campos de aplicación.

Tema 13. La Administración electrónica en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El Plan de Transformación digital de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica. Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica. Catálogo de Servicios de la Administración Digital: administración digital y servicios al ciudadano. Firma electrónica.

Tema 14. Los Patrimonios: Concepto y elementos que lo integran. Clasificación. Principios que inspiran su gestión. Patrimonios de la Administración General del Estado y de los Organismos Públicos Estatales.

Tema 15. La gestión de los patrimonios inmobiliarios. Sociedades gestoras de patrimonios. Labores de inventario. Políticas de optimización de activos inmobiliarios: inversión, reinversión y desinversión. La gestión de servicios integrados («Facility Management»). Arrendamientos financieros y «sale & lease back».

IV. Derecho Urbanístico y Edificación

Tema 1. El Derecho urbanístico. Evolución histórica de la legislación urbanística en España. Principios básicos del ordenamiento estatal. Organización administrativa del urbanismo. Distribución de competencias.

Tema 2. El planeamiento territorial y urbanístico. Naturaleza y valor normativo de los planes. El planeamiento supramunicipal. El planeamiento municipal: función, contenido y formación. El planeamiento general y de desarrollo. La ejecución del planeamiento. Sistemas de actuación.

Tema 3. Las Agendas Urbanas: Naciones Unidas y la Unión Europea. La Agenda Urbana Española: principales contenidos y metodología de implementación: los planes de acción. El Sistema de Información Urbana (SIU).

Tema 4. El Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (I). Estructura. Derechos y deberes de los ciudadanos. Contenido del derecho de propiedad del suelo. Estatuto básico de la promoción de las actuaciones urbanísticas.

Tema 5. El Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (II). El principio de desarrollo territorial y urbano sostenible. Bases del régimen del suelo. Situaciones básicas del suelo. Evaluación y seguimiento de la sostenibilidad del desarrollo urbano.

Tema 6. El Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (III). Reglas procedimentales comunes. Operaciones de distribución de beneficios y cargas. Reglas específicas de las actuaciones sobre el medio urbano. Publicidad y eficacia en la gestión pública urbanística. Formación de fincas y parcelas. Declaración de obra nueva.

Tema 7. El Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (IV). Expropiación forzosa y responsabilidad patrimonial en la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana: régimen de las expropiaciones por razón de la ordenación territorial y urbanística. Procedimiento de determinación del justiprecio: Individualizado y tasación conjunta. Supuestos de reversión y retasación. Supuestos indemnizatorios.

Tema 8. El Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (V). Función social de la propiedad y gestión del suelo. Venta y sustitución forzosa. Los Patrimonios públicos del suelo. El derecho de superficie.

Tema 9. Políticas públicas en relación con la vivienda: Distribución de competencias. Las relaciones interadministrativas en materia de vivienda. Políticas estatales. Los planes estatales de vivienda. Actuaciones protegidas. Ley de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Tema 10. Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda. Función social y régimen jurídico de la vivienda. Acción de los poderes públicos en materia de vivienda. Parques públicos de vivienda. Medidas de protección y transparencia en las operaciones de compra y arrendamiento de vivienda.

Tema 11. Políticas públicas estatales en relación con la arquitectura y el entorno construido. Actuaciones de promoción y difusión de la arquitectura española desde la Administración General del Estado: premios, bienales y exposiciones. Impulso a la conservación y enriquecimiento del Patrimonio Histórico: el 1,5 % Cultural.

Tema 12. El patrimonio arquitectónico. Documentos nacionales e internacionales sobre criterios de intervención: conferencias, cartas, convenciones y recomendaciones. Directrices para la redacción de los proyectos de restauración y rehabilitación arquitectónica. Instituciones y organismos nacionales e internacionales relacionados con la conservación y restauración del Patrimonio Histórico.

Tema 13. Ley de Ordenación de la Edificación: Exigencias técnicas y administrativas. Agentes de la edificación. Responsabilidades y garantías.

Tema 14. El Código Técnico de la Edificación, CTE: Disposiciones reguladoras. Campo de aplicación: Disposiciones generales y condiciones técnicas y administrativas. Exigencias básicas. Últimas modificaciones en materia de eficiencia energética.

Tema 15. Disposiciones comunitarias que afectan a la edificación. Transposición de las disposiciones.

Tema 16. Directiva 2010/31 relativa a la Eficiencia Energética de los Edificios. Características principales y objetivos. Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Tema 17. Directiva 2012/27 UE relativa a la Eficiencia Energética y Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE. Características principales y objetivos respecto a la edificación. Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España. Construcción sostenible: Certificados BREEAM, LEED, y Verde.

Tema 18. Planes de activación de la Eficiencia Energética en los edificios de la Administración General del Estado. Características principales y objetivos. Requisitos mínimos de eficiencia energética en edificios a adquirir por la Administración General del Estado. Agenda 2030: Objetivos de Desarrollo Sostenible y Plan de Acción para su implementación en España.

Tema 19. La Estrategia Española de Economía Circular y el Plan de Contratación Pública Ecológica: contexto y criterios relativos al sector de la construcción. Principios de economía circular. El plan de gestión de residuos de construcción y demolición: normativa básica estatal.

Tema 20. Legislación de prevención de riesgos laborales en la construcción. Disposiciones generales. Derechos y obligaciones. Los servicios de prevención. Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva. Consultas y participación de los trabajadores. Responsabilidades y sanciones. La prevención de riesgos laborales en las Administraciones públicas.

Tema 21. Plan de seguridad y salud. Principios generales aplicables al proyecto de obra. Estudio de seguridad y salud. El estudio básico.

Tema 22. Organización de una obra: principales técnicas de programación. Ejecución de una obra: funciones de dirección y control. Régimen económico y actualización de costes mediante índices, coeficientes y la aplicación del régimen de revisión de precios.

Tema 23. Calidad en la edificación. Conceptos generales. Aseguramiento de calidad. Distintivos de calidad y certificaciones de conformidad de productos, Normas internacionales sobre calidad. Los documentos de idoneidad técnica sobre sistemas y productos innovadores. Acreditación de entidades y laboratorios.

Tema 24. Ley de Calidad de la Arquitectura. Principio de calidad en la arquitectura. Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura. La Casa de la Arquitectura.

Tema 25. Metodología BIM («Building Information Modeling»): concepto y marco normativo. Ámbito de aplicación: ciclo de vida del edificio. Principales roles y responsabilidades en un proyecto BIM. El Plan de Ejecución BIM. La Comisión Interministerial para la incorporación de la metodología BIM en la contratación pública: normativa, funciones y organización.

Tema 26. Accesibilidad en la edificación: normativa básica estatal. Disposiciones reguladoras de las condiciones básicas de accesibilidad en edificación.

V. Catastro

Tema 1. El Catastro inmobiliario (I): concepto y tipos de Catastros. Evolución histórica del Catastro en España. El catastro en Europa. Comité Permanente del Catastro en Europa y Eurogeographics. Políticas europeas con incidencia en el Catastro: INSPIRE, PSI, LPIS/PAC. El catastro en Iberoamérica: Comité permanente del catastro en Iberoamérica. La norma ISO 19152.

Tema 2. Marco normativo vigente en el catastro español. El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario: definición de Catastro. Ámbito de aplicación de la Ley. Principios informadores del Catastro Inmobiliario y Competencias. La Dirección General del Catastro. Servicios centrales y Territoriales.

Tema 3. El Catastro inmobiliario (II): contenido. Bienes inmuebles a efectos catastrales. Titulares catastrales y representación. Derechos y deberes del titular catastral. Órganos colegiados en el ámbito catastral: composición y funciones. Especial referencia a las Juntas Técnicas Territoriales de Coordinación Inmobiliaria y a La Comisión Superior de Coordinación Inmobiliaria.

Tema 4. Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario (I): procedimientos de incorporación, tipos. Régimen jurídico y disposiciones comunes. Declaraciones, comunicaciones y solicitudes. Eficacia y notificación.

Tema 5. Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario (II): procedimientos de subsanación de discrepancias y de rectificación. Procedimiento de regularización catastral.

Tema 6. Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario (III): la inspección catastral. Naturaleza y funciones. Atribución y ejercicio de las funciones inspectoras. Obligados tributarios. Actuaciones de inspección catastral: clases, documentación y eficacia. Actuaciones de inspección conjunta. Planes de inspección catastral.

Tema 7. Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario (IV): valor catastral. Determinación y límites del valor catastral. Las ponencias de valores: contenido, clases, elaboración, aprobación e impugnación. Los estudios de mercado inmobiliario y las ponencias de valores. Actualización de valores catastrales por aplicación de coeficientes.

Tema 8. Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario (V): procedimientos de valoración catastral. Procedimiento de valoración colectiva y Procedimiento de valoración individualizada. Procedimiento de valoración colectiva de carácter general y parcial. Procedimiento simplificado de valoración colectiva. Procedimiento de determinación del valor catastral de los bienes inmuebles de características especiales. Renovación del Catastro rústico.

Tema 9. Formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario (VI): La revisión en vía administrativa de los actos de gestión catastral. Actos susceptibles de revisión. Plazos, requisitos, efectos y competencias. Revisión de oficio. Recurso de reposición y reclamación económico-administrativa. Revisión de los fallos de los tribunales económico-administrativos a instancia del Catastro. Ejecución de las resoluciones económico-administrativas.

Tema 10. Valoración catastral (I): Normas Técnicas de valoración catastral de los bienes inmuebles urbanos: valor del suelo, valor de las construcciones. La coordinación de valores. Módulo de valor M: módulos básicos de repercusión de suelo y construcción. Áreas económicas homogéneas. Procedimiento de coordinación.

Tema 11. Valoración catastral (II): Normas Técnicas de valoración catastral de los bienes inmuebles de características especiales. Normas generales: valor del suelo, valor de las construcciones. Normas específicas.

Tema 12. Valoración catastral (III). La evolución del valor de los bienes inmuebles rústicos a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La determinación del valor catastral de los bienes inmuebles rústicos según el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. Valor del suelo rústico. Valor de las construcciones en suelo rústico. Valor del suelo ocupado por las construcciones en suelo rústico.

Tema 13. Valor de referencia. Concepto y aplicación. Diferencias con el valor catastral. Procedimiento de determinación del valor de referencia: Informe anual sobre el mercado inmobiliario, mapa de valores y resolución de elementos. Determinación del valor de referencia de los bienes inmuebles urbanos. Determinación del valor de referencia de los bienes inmuebles rústicos. Impugnación del valor de referencia.

Tema 14. Colaboración e intercambio de información en el ámbito del catastro inmobiliario. Suministro de información a la DGC. Suministro de información por la DGC. Convenios de colaboración. Tramitación. Régimen jurídico. Eficacia. Denuncia. Publicidad.

Tema 15. La información catastral y el tráfico jurídico. La información catastral y la actividad notarial y administrativa en el tráfico jurídico de inmuebles. La información catastral y el Registro de la Propiedad. La coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad. Instrumentos, procedimientos y requisitos para el intercambio de información.

Tema 16. La referencia catastral. Constancia documental y registral de la referencia catastral. Sujetos obligados. Normas de asignación.

Tema 17. Infracciones y sanciones catastrales. Infracciones. Régimen sancionador. Criterios de graduación. Procedimiento sancionador.

Tema 18. La cartografía catastral: concepto y contenido. Ordenación de la cartografía oficial. Sistema cartográfico nacional: objetivos, instrumentos. Plan Cartográfico Nacional. Plan Nacional de Ortofotografía Aérea, PNOA. La estandarización de la información geográfica. El modelo estándar catastral. La Directiva INSPIRE y las especificaciones para la parcela catastral, las direcciones y los edificios. Infraestructura de Datos Espaciales de España, IDEE.

Tema 19. Difusión de la información catastral. Protección de datos de carácter personal. Portal del Catastro. La Sede Electrónica del Catastro. Tipos de usuarios y acceso a datos catastrales protegidos. Productos y servicios electrónicos. Certificados catastrales. Descarga de información. Puntos de Información Catastral.

Tema 20. Modelo de datos catastral. Sistema de Gestión Catastral, SIGECA. Sistema de Información Geográfica Catastral, SIGCA. Otras aplicaciones utilizadas en el ámbito catastral. Formatos de remisión e intercambio de información catastral.

Tema 21. Contratación de trabajos catastrales: tipos de trabajos catastrales objeto de contratación. Modalidades de contratación. Documentación necesaria para la tramitación según el procedimiento. Órganos competentes en el ámbito catastral. Control y supervisión. El uso de medios propios instrumentales de la Administración General del Estado para el desarrollo de los trabajos catastrales: encargos y contratación en el ámbito de los convenios de colaboración.

Tema 22. El Plan Estratégico del Catastro. Dirección por objetivos y evaluación del rendimiento. La calidad y la mejora continua en el Catastro. La Carta de Servicios Catastrales.

VI. Derecho Financiero y Tributario

Tema 1. El Derecho Financiero y el Derecho Presupuestario. La Ley General Presupuestaria. Principios generales: los derechos económicos y las obligaciones exigibles de la Hacienda Pública. El Tesoro Público.

Tema 2. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario. Elaboración, discusión y aprobación del presupuesto. Modificaciones presupuestarias.

Tema 3. El control de la actividad financiera en España. Concepto y clases. El control externo: el Tribunal de Cuentas. El Control interno: la Intervención General de la Administración del Estado. La función interventora y el control a posteriori. La contabilidad pública: la Cuenta General del Estado.

Tema 4. El Derecho Tributario: concepto y contenido. Los principios del ordenamiento tributario español. Las fuentes del Derecho Tributario. La Ley General Tributaria. La aplicación y la interpretación de las normas tributarias. Ámbito temporal y ámbito espacial. Analogía, simulación y conflicto en la aplicación de la norma tributaria.

Tema 5. Los tributos: concepto, fines y clases. La relación jurídico-tributaria. Las obligaciones tributarias. Hecho imponible. Devengo y exigibilidad. Exenciones. Base imponible, métodos de determinación. Base liquidable. Tipo de gravamen. Cuota tributaria. Deuda tributaria.

Tema 6. Los elementos personales de la deuda tributaria. Sujetos pasivos. Los responsables tributarios. Capacidad, representación, domicilio y número de identificación fiscal. La extinción de la deuda tributaria. El pago. La prescripción.

Tema 7. Actuaciones y procedimiento de gestión tributaria. Declaración tributaria. Autoliquidaciones. Procedimiento iniciado mediante declaración. Procedimiento de verificación de datos. Procedimiento de comprobación de valores. Procedimiento de comprobación limitada. La recaudación de los tributos: órganos de recaudación. Aplazamientos y fraccionamientos del pago. Procedimiento de apremio. Privilegios para el cobro de las deudas tributarias.

Tema 8. La inspección de los tributos: órganos, funciones y facultades. Documentación de las actuaciones inspectoras: especial referencia a las actas y sus tipos. Procedimiento de inspección.

Tema 9. La potestad sancionadora en materia tributaria. Principios de la potestad sancionadora. Infracciones y sanciones tributarias. El procedimiento sancionador. Delitos contra la Hacienda Pública.

Tema 10. Revisión de actos en vía administrativa. Procedimientos especiales de revisión. Recurso de reposición. La reclamación económico-administrativa.

Tema 11. El impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I): Naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible. Rendimientos del trabajo. Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario. Rendimientos de actividades económicas.

Tema 12. El impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (II): Ganancias y pérdidas patrimoniales. Base imponible general y del ahorro. Base liquidable. Reducciones. Adecuación del impuesto a las circunstancias personales y familiares del contribuyente. Determinación de la cuota tributaria. Período de imposición y devengo.

Tema 13. El impuesto sobre Sociedades: concepto y naturaleza. Ámbito de aplicación. El hecho imponible. Contribuyentes. La base imponible. La deuda tributaria. El impuesto sobre la Renta de No residentes: naturaleza, objeto y ámbito de aplicación.

Tema 14. El impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas: el hecho imponible. El sujeto pasivo. La base imponible. La deuda tributaria. El gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes.

Tema 15. El impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: el hecho imponible. El sujeto pasivo. La base imponible. La cuota tributaria. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: el hecho imponible. El sujeto pasivo. La base imponible. La deuda tributaria.

Tema 16. El Impuesto sobre el Valor Añadido: naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible: las entregas de bienes y las prestaciones de servicios. El sujeto pasivo y la base imponible. Tipos impositivos. La repercusión del impuesto. Deducciones y devoluciones. Regímenes especiales.

Tema 17. Los Impuestos Especiales. La imposición aduanera. Las tasas y los precios públicos. Las contribuciones especiales.

Tema 18. La financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común: principios y recursos financieros. Tributos propios y cedidos. Participación en los ingresos del Estado y el Fondo de Compensación Interterritorial.

Tema 19. La financiación de las Comunidades Autónomas de régimen foral: especialidades de País Vasco y Navarra. Regímenes especiales por razón del territorio: Canarias, Ceuta y Melilla.

Tema 20. La financiación de las Haciendas Locales: recursos financieros. El sistema impositivo local. Los impuestos municipales potestativos y los obligatorios. Impuesto sobre Actividades Económicas. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Tema 21. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Naturaleza, devengo y periodo impositivo. Hecho imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Base imponible. Tipo de gravamen. Cuota. Gestión tributaria y gestión catastral del impuesto. Distribución de competencias.

VII. Economía y Gerencia Pública

Tema 1. La ciencia económica: Concepto, objeto y contenido. Divisiones de la misma. Macroeconomía y microeconomía. El método de la ciencia económica. La evolución del pensamiento económico. Los sistemas económicos: concepto.

Tema 2. La teoría de la oferta y de la demanda. La demanda. La oferta. Desplazamientos de las curvas. Elasticidad e inelasticidad. El equilibrio y desequilibrio de mercado: efectos sobre los precios, la distribución de bienes y la asignación de recursos.

Tema 3. El mercado de competencia y concurrencia perfectas. Mercados imperfectos: competencia monopolística, oligopolio y monopolio. Los poderes públicos y lo competencia: mercados intervenidos y proteccionismo.

Tema 4. Teoría de la producción. La producción y el máximo beneficio empresarial. Costes a corto y a largo plazo. Clases de empresas y características. Concentración de empresas. Cooperación entre empresas: agrupación de intereses económicos y Uniones Temporales de Empresas. Empresas multinacionales.

Tema 5. La Contabilidad como ciencia. Activos, pasivos, gastos e ingresos. El concepto de patrimonio y los equilibrios patrimoniales. El resultado del ejercicio.

Tema 6. Plan General de Contabilidad. Principios contables. Criterios de valoración. Cuentas anuales. Auditoría contable.

Tema 7. Magnitudes macroeconómicas. La riqueza nacional: su medición. La renta nacional y el gasto nacional: relaciones recíprocas. Producto nacional y producto interior: PNB y PIB. El flujo circular de la renta. Inversión y ahorro. La inflación: control y medidas correctoras.

Tema 8. La contabilidad nacional. La balanza comercial y de pagos. La economía y sus ciclos. Estabilización y desarrollo.

Tema 9. Los Organismos Económicos Internacionales. Organización, ámbito y competencias. El Banco Mundial. El Fondo Monetario Internacional. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, el GATT y la Organización Mundial de Comercio. El Banco Europeo de Inversiones.

Tema 10. La Unión Económica y Monetaria, UEM. Los criterios de convergencia. Marco institucional de la UEM. El Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC), el Eurosistema, el Banco Central Europeo (BCE) y los bancos centrales nacionales (BCN). El Banco de España en el SEBC.

Tema 11. El sistema financiero español. Las entidades de crédito: Instituto de Crédito Oficial, los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito. Otros intermediarios financieros. La Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Bolsa.

Tema 12. Economía urbana. La formación espacial del valor del suelo urbano: principales teorías. Equilibrio en el uso del suelo. El mercado de suelo y el mercado de viviendas. Gentrificación y turistificación en el ámbito urbano.

Tema 13. Las políticas públicas: estrategias, objetivos, indicadores y sistema de seguimiento. El ciclo de políticas públicas. Modelos de decisión. Evaluación de resultados. Principales actores.

Tema 14. La gestión pública. Planificación cuantitativa y cualitativa. Planificación estratégica y operativa. Dirección por objetivos. La gestión de la calidad. Responsabilidad social corporativa. La transparencia en la gestión pública.

Tema 15. La dirección pública. Sus particularidades en la gestión pública. Relaciones entre política y Administración pública. El régimen de los miembros del Gobierno y los Altos Cargos de la Administración del Estado. El personal directivo y predirectivo público profesional.

VIII. Hacienda Pública

Tema 1. El sector público en una economía de mercado. La Hacienda Pública. La intervención del sector público en la actividad económica. La toma de decisiones en el sector público. Elección social y preferencias individuales. Empresas públicas y eficiencia.

Tema 2. El Presupuesto: concepto y estructura. El presupuesto como instrumento de elección social. El ciclo presupuestario. Las distintas técnicas de presupuestación.

Tema 3. Teoría de los ingresos públicos. Concepto y clasificación. Los precios privados, cuasiprivados, públicos y políticos. Las tasas y contribuciones especiales.

Tema 4. Los principios impositivos. Los principios del beneficio y de la capacidad de pago. La incidencia impositiva. Los sistemas fiscales. Las principales figuras impositivas. Los condicionantes de la estructura tributaria. Evolución y modelos internacionales.

Tema 5. Los costes de imposición. Costes de eficiencia. Exceso de gravamen e imposición óptima. Costes recaudatorios. El fraude fiscal: conceptos, efectos y condicionantes.

Tema 6. La imposición sobre la renta de las personas físicas. Concepto y naturaleza. Concepto fiscal de renta. El tratamiento de las distintas fuentes de renta. Las tarifas y sus problemas. Efectos económicos.

Tema 7. La imposición sobre el patrimonio y la riqueza. La imposición sobre el patrimonio neto. La imposición sobre sucesiones y donaciones. La imposición sobre transmisiones patrimoniales onerosas.

Tema 8. La imposición sobre sociedades: concepto y características. Justificación. Base imponible: problemas y alternativas de determinación. Tipos de gravamen y beneficios fiscales. La incidencia del impuesto. La integración con la imposición sobre la renta de las personas físicas.

Tema 9. La imposición general sobre las ventas: concepto y clasificación. Impuestos plurifásicos o monofásicos sobre las ventas. La imposición sobre el valor añadido. Efectos económicos.

Tema 10. La imposición sobre consumos específicos. Justificación y efectos económicos. La imposición sobre el comercio exterior. Gravamen sobre importaciones y exportaciones. Los ajustes fiscales en frontera.

Tema 11. Gasto público: Teorías explicativas del crecimiento, equidad y eficiencia. Teorías explicativas del crecimiento del gasto público. Incidencia y efectos distributivos del gasto público. Eficacia y eficiencia del gasto público: Concepto y técnicas de análisis.

Tema 12. Déficit público y Hacienda extraordinaria. Definiciones e instrumentos de financiación. La deuda pública: Concepto, clases y efectos económicos, la carga de la deuda. Las privatizaciones de activos públicos. La inflación como impuesto. Los efectos económicos del déficit: expansión y efecto expulsión.

Tema 13. La Hacienda multinivel: modelos de financiación. La Hacienda internacional: la doble imposición internacional. La armonización fiscal.

ANEXO II
Instrucciones para presentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L».

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Hacienda».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», las personas aspirantes indicarán una entre las provincias ofrecidas.

En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», las personas aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado.

En el recuadro 22 «Reserva», las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo señalando la opción «Sí, general».

En el recuadro 23, «Adaptación de tiempo que se solicita (opcional)» expresarán, en su caso las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, debiendo aportar, además, el dictamen técnico facultativo actualizado.

En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará estar en posesión o en condiciones de obtener el título Arquitecto o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.

En el recuadro 27, apartado A, se consignará «el idioma elegido para la parte B del «segundo ejercicio».

En el recuadro 27, apartado B, se consignará la opción de evaluación del conocimiento de idioma, escribiendo «PRESENCIAL», si se va a realizar la prueba escrita o, «TITULACIÓN» si se va a presentar alguna de las titulaciones reconocidas en el Marco Europeo de Referencia de Lengua, conforme a lo señalado en la Convocatoria.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros. El importe reducido para las familias numerosas será de 15,55 euros.

Las causas de exención de pago de tasas son las recogidas en el apartado 4.13.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO III
Certificados acreditativos de idioma

Para la modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:

– Escuela Oficial de Idiomas:

Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.

Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.

Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.

– Certificados de Cambridge University:

First Certificate of English: B2.

Advanced: C1.

Proficiency: C2.

Linguaskill B2: B2.

Linguaskill C1: C1.

IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.

IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.

IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.

– Education Testing Service (ETS):

TOEFL Ibt Calificación total 72-94: B2.

TOEFL Ibt Calificación total 95-120: C1.

TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344, B2.

TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345, C1.

– APTIS (four skills), certificación del British Council:

Overall CEFR Grade B2, B2.

Overall CEFR Grade C, C1.

Aptis advanced: overall CEFR B2, B2.

Aptis advanced: overall CEFR C1, C1.

– Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:

Certificado B2, B2.

Certificado C1, C1.

– Oxford Test of English B: Certificado B2, B2.

– Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Sup’erieur (CLES), Inglés:

CLES 2, B2.

CLES 3, C1.

– The European Language Certificates (TELC):

TELC B2, B2.

TELC C1, C1.

– University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments):

Certificate of Competency in English (ECCE), B2.

Certificate of Proficiency in English (ECPE), C2.

– Trinity College de Londres:

Integrated Skills in English II, B2.

Integrated Skills in English III, C1.

Integrated Skills in English IV, C2.

– London Test of English (LTE):

Nivel 3, B2.

Nivel 4, C1.

Nivel 5, C2.

– Pearson Test of English:

General, Level 3, B2.

General, Level 4, C1.

General, Level 5, C2.

Edexcel certificate in ESOL International, Level 1, B2.

Edexcel certificate in ESOL International, Level 2, C1.

Edexcel certificate in ESOL International, Level 3, C2.

– Learning Resource Network:

Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1, B2.

Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2, C1.

Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3, C2.

IELCA General CEF B2, B2.

IELCA General CEF C1, C1.

IELCA General CEF C2, C2.

– Anglia ESOL Examinations General:

Advanced, B2.

AcCEPT/Proficiency, C1.

Masters, C2.

– LanguageCert International ESOL:

Communicator B2, B2.

Expert C1, C1.

Mastery C2, C2.

Para la modalidad acreditación de conocimiento de francés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:

– Escuela Oficial de Idiomas:

Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.

Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.

Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.

– Centre International d’Études Pédagogiques:

DELF B2, B2.

DALF C1, C1.

DALF C2, C2.

– Alliance Française:

Diplôme de Langue Française (DLS), B2.

Diplôme Supérieur d’Études Françaises Modernes (DS), C1.

Diplôme de Hautes Études Françaises (DHEF), C2.

– The European Language Certificates (TELC):

TELC B2, B2.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 20/12/2024
  • Fecha de publicación: 30/12/2024
  • Convocatoria. Turno libre: 41 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE APRUEBA la relación de personas admitidas y excluidas y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio, por Resolución de 25 de abril de 2025 (Ref. BOE-A-2025-8591).
  • SE PUBLICA Tribunal calificador , por Resolución de 3 de abril de 2025 (Ref. BOE-A-2025-7211).

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