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Documento DOGV-r-2018-90458

Corrección de errores de la Ley 20/2018, de 25 de julio, de la Generalitat, de mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana.

Publicado en:
«DOGV» núm. 8420, de 9 de noviembre de 2018, páginas 43455 a 43456 (2 págs.)
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
DOGV-r-2018-90458

TEXTO ORIGINAL

Advertidos diversos errores en el texto de la Ley 20/2018, de 25 de julio, de la Generalitat, de mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 8348 de 27.07.2018), hay que efectuar las siguientes correcciones, tanto en la versión valenciana como en la versión castellana del texto:

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Donde dice:

«q) Por donaciones relativas al patrimonio cultural valenciano.

1. El 25 % de las donaciones puras y simples […] de las entidades contempladas en el apartado a, siempre que estas entidades persigan fines de interés cultural, b, c, d, e y f del apartado primero del artículo 3 de esta ley y de las objetivamente comparables del apartado 2 del mencionado artículo.»

Debe decir:

«q) Por donaciones relativas al patrimonio cultural valenciano.

1. El 25 % de las donaciones puras y simples […] de las entidades contempladas en el apartado a, siempre que estas entidades persigan fines de interés cultural, b, c, d, e y f del apartado primero del artículo 3 de la ley de la Generalitat vigente, del mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana y de las objetivamente comparables del apartado 2 del mencionado artículo.»

Donde dice:

«r) Por donaciones destinadas al fomento de la lengua valenciana

[…] en favor de las siguientes entidades:

[…]

6. Las entidades sin fines lucrativos enumeradas en la letra a del apartado 1 del artículo 3 de esta ley y cuyo fin exclusivo sea el fomento de la lengua valenciana.

[…]»

Debe decir:

«r) Por donaciones destinadas al fomento de la lengua valenciana

[…] en favor de las siguientes entidades:

[…]

6. Las entidades sin fines lucrativos enumeradas en la letra a del apartado 1 del artículo 3 de la ley de la Generalitat vigente, del mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana y cuyo fin exclusivo sea el fomento de la lengua valenciana.

[…]»

Donde dice:

«5. Se modifica el apartado tres del artículo cuarto de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, dándole la siguiente redacción:

«Tres.

a) Para tener derecho a las deducciones contempladas en la letra p, en los número 1 y 2 de la letra q, […] los siguientes extremos:

1) […]

2) Mención expresa de que la persona o entidad donataria se encuentra incluida entre los beneficiarios del mecenazgo cultural del artículo 3 de esta ley.

[...]»»

Debe decir:

«5. Se modifica el apartado tres del artículo cuarto de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, dándole la siguiente redacción:

«Tres

a) Para tener derecho a las deducciones contempladas en la letra p, en los número 1 y 2 de la letra q, […] los siguientes extremos:

1) […]

2) Mención expresa de que la persona o entidad donataria se encuentra incluida entre los beneficiarios del mecenazgo cultural del artículo 3 de la ley de la Generalitat vigente, del mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana.

[...]»»

Donde dice:

«b) Para tener derecho a las deducciones sobre el préstamo de uso o comodato de bienes de interés cultural [...] que deberá contener, al menos, los siguientes extremos:

1) [...]

2) Mención expresa de que la persona o entidad comodataria se encuentra incluida entre los beneficiarios del mecenazgo cultural contemplados en el artículo 3 de esta ley.»

Debe decir:

«b) Para tener derecho a las deducciones sobre el préstamo de uso o comodato de bienes de interés cultural [...] que deberá contener, al menos, los siguientes extremos:

1) [...]

2) Mención expresa de que la persona o entidad comodataria se encuentra incluida entre los beneficiarios del mecenazgo cultural contemplados en el artículo 3 de la ley de la Generalitat vigente, del mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana.»

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 09/11/2018
  • La corrección de errores de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, se establece por estar modificada por la Ley 20/2018, de 25 de julio.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Ley 20/2018, de 25 de julio (Ref. BOE-A-2018-12519).
  • CORRIGE errores de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-8202).
Materias
  • Bienes de interés cultural
  • Comunidad Valenciana
  • Donaciones
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Lenguas españolas
  • Mecenazgo
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Patrimonio cultural
  • Patrimonio de las Comunidades Autónomas
  • Sistema tributario

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