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Documento DOUE-L-1979-80044

Directiva del Consejo, de 21 de diciembre de 1978, relativa a las condiciones mínimas exigidas para determinados buques cisterna que entren o salgan de los puertos marítimos de la Comunidad.

Publicado en:
«DOCE» núm. 33, de 8 de febrero de 1979, páginas 33 a 35 (3 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1979-80044

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Directiva
  • Fecha de disposición: 21/12/1978
  • Fecha de publicación: 08/02/1979
  • Cumplimiento a más tardar el 1 de enero de 1980.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA a en la fecha indicada, por Directiva 93/75, de 13 de septiembre (Ref. DOUE-L-1993-81620).
  • SE TRANSPONE, por Orden de 8 de febrero de 1990 (Ref. BOE-A-1990-4235).
  • SE MODIFICA el art. 1.1. y el Anexo, por Directiva 79/1034, de 6 de diciembre (Ref. DOUE-L-1979-80359).
Materias
  • Buques
  • Gas
  • Mar
  • Normas de calidad
  • Productos petrolíferos
  • Productos químicos
  • Puertos
  • Transportes
  • Transportes marítimos

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