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Documento DOUE-L-1984-80392

Reglamento (CEE) nº 2047/84 de la Comisión, de 17 de julio de 1984, por el que se determinan los centros de intervención del arroz, que no sean Vercelli.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 190, de 18 de julio de 1984, páginas 5 a 6 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1984-80392

TEXTO ORIGINAL

REGLAMENTO ( CEE ) N º 2047/84 DE LA COMISION

por el que se determinan los centros de intervención del arroz , que no sean Vercelli

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n º 1418/76 del Consejo , de 21 de junio de 1976 , sobre Organización común del mercado del arroz (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1025/84 (2) , y , en particular , el apartado 5 de su artículo 4 ,

Considerando que , de conformidad con el apartado 1 del artículo 4 del Reglamento ( CEE ) n º 1418/76 , el Consejo fija el precio de intervención único del arroz cáscara para el centro de intervención de Vercelli ; que dicho precio es aplicable para todos los otros centros de intervención que deben determinarse previa consulta a los Estados miembros , que la elección de los centros se efectúa en aplicación de las normas establecidas por el Reglamento ( CEE ) n º 1422/76 del Consejo (3) ,

Considerando que se ha procedido a consultar a los Estados miembros ,

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento concuerdan con el dictamen del Comité de gestión de los cereales ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

Los centros de intervención de las regiones con excedentes de arroz , que no sean Vercelli , contemplados en el apartado 1 del artículo 4 del Reglamento ( CEE ) n º 1418/76 , se enumerarán en el Anexo .

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de septiembre de 1984 .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 17 de julio de 1984 .

Por la Comisión

Poul DALSAGER

Miembro de la Comisión

(1) DO n º L 166 de 25 . 6 . 1976 , p. 1 .

(2) DO n º L 107 de 19 . 4 . 1984 , p. 13 .

(3) DO n º L 166 de 25 . 6 . 1976 , p. 18 .

ANEXO

1 . CENTROS SITUADOS EN FRANCIA

Departamentos Nombre de los centros

Bouches-du-Rhône Arles

Port-Saint-Louis-du-Rhône

Tarascon-sur-Rhône

Gard Beaucaire

Nimes , Saint-Gilles

Guyane Mana ( Saint-Laurent-du-Maroni )

2 . CENTROS SITUADOS EN ITALIA

Provincias Nombre de los centros

Ferrara Ponte Langorino

Milán Abbiategrasso

Módena Fossoli di Carpi

Novara Casalvolone

Vespolate

Oristano Oristano

Pavía Corteolona

Mede Lomellina

Palestro

Sant'Angelo Lomellina

Gambolo

Vercelli Balzola

Desana

Fontanetto Po

Formigliana

Trino Vercellese

Verona Isola della Scala

3 . CENTROS SITUADOS EN GRECIA

Regiones Nombre de los centros

Grecia central Lamia

Mesolongi

Macedonia Anagennisi

Provatas

Pyrgos

Salónica

Serres

Peloponeso Messini

Scala

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 17/07/1984
  • Fecha de publicación: 18/07/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 01/09/1984
  • Fecha de derogación: 18/03/2000
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Arroz
  • Cereales
  • Francia
  • Grecia
  • Italia
  • Organismo de intervención

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