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Documento DOUE-L-1986-81086

Reglamento (CEE) nº 2247/86 de la Comisión, de 17 de julio de 1986, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 765/86 relativo a las modalidades de venta de las existencias de intervención de mantequilla destinada a la exportación destinada a determinados destinos.

Publicado en:
«DOCE» núm. 196, de 18 de julio de 1986, páginas 25 a 25 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1986-81086

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 1335/86 (2), y, en particular, el apartado 7 de su artículo 6,

Considerando que el Reglamento (CEE) nº 765/86 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 1326/86 (4), introdujo un régimen de venta de las existencias de intervención de mantequilla destinada a la exportación a determinados destinos; que la letra a) del apartado 3 del artículo 5 estipula que una oferta sólo será válida cuando se refiera a una cantidad mínima de 10 000 toneladas; que con objeto de facilitar las ventas previstas por dicho Reglamento, es conveniente reducir dicha cantidad mínima;

Considerando que las medidas adoptadas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En la letra a) del apartado 3 del artículo 5 del Reglamento (CEE) nº 765/86, los términos "10 000 toneladas" se sustituirán por los términos "5 000 toneladas".

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 17 de julio de 1986.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO nº L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.

(2) DO nº L 119 de 8. 5. 1986, p. 19.

(3) DO nº L 72 de 15. 3. 1986, p. 11.

(4) DO nº L 117 de 6. 5. 1986, p. 16.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 17/07/1986
  • Fecha de publicación: 18/07/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 18/07/1986
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 5.3 del Reglamento 765/86, de 14 de marzo (Ref. DOUE-L-1986-80332).
Materias
  • Exportaciones
  • Mantequilla
  • Organismo de intervención
  • Venta

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