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Documento DOUE-L-1987-81133

Reglamento (CEE) nº 2709/87 de la Comisión, de 9 de septiembre de 1987, por el que se modifiica el Reglamento nº 282/67/CEE, relativo a las modalidades de intervención para las semillas oleaginosas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 260, de 10 de septiembre de 1987, páginas 7 a 8 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-81133

TEXTO ORIGINAL

1.2.3 // // // // Número de orden // Númerodel arancel

aduaANEXO

« ANEXO I

I. Contenido en aceite de las semillas de colza y de nabina

Bonificación o depreciación de 0,020 ECU por cada 100 gramos de aceite por encima o por debajo de 40 kg contenidos en 100 kg de semillas, cuyo peso se determinará de conformidad con el método definido en el Anexo del Reglamento (CEE) no 2681/83, y cuyo contenido en aceite será consecuentemente adaptado.

II. Contenido en aceite de las semillas de girasol

Bonificación o depreciación de 0,025 ECU por cada 100 gramos de aceite por encima o por debajo de 44 kg contenidos en 100 kg de semillas, cuyo peso se determinará de conformidad con el método definido en el Anexo del Reglamento (CEE) no 2681/83, y cuyo contenido en aceite será consecuentemente adaptado.

No obstante, la bonificación o depreciación contemplada en el párrafo anterior será de 0,080 ECU en España. »

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 09/09/1987
  • Fecha de publicación: 10/09/1987
  • Entrada en vigor: 10 de septiembre de 1987.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 3.2 y sustituye el Anexo I del Reglamento 282/67, de 11 de julio (Ref. DOUE-X-1967-60027).
Materias
  • Aceites vegetales
  • Ayudas
  • Colza
  • España
  • Girasol
  • Nabina
  • Semillas

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