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Documento DOUE-L-1987-81198

Reglamento (CEE) nº 2973/87 de la Comisión, de 2 de octubre de 1987, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 727/87, relativo a la venta especial de leche desnatada en polvo procedente de existencias públicas y destinada a la exportación.

Publicado en:
«DOCE» núm. 280, de 3 de octubre de 1987, páginas 11 a 11 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-81198

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por

el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 773/87 (2), y, en particular, el apartado 5 de su artículo 7,

Considerando que el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 727/87 de la Comisión (3), modificado por el Reglamento (CEE) no 2746/87 (4), establece que la leche desnatada en polvo se venderá en cantidades iguales o superiores a 100 toneladas; que la experiencia adquirida ha demostrado que para determinadas transacciones la cantidad mínima indicada es excesivamente importante; que, por consiguiente, resulta oportuno establecer una cantidad mínima de 25 toneladas;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 727/87, se sustituye « 100 toneladas » por « 25 toneladas ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 2 de octubre de 1987.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 13.

(2) DO no L 78 de 20. 3. 1987, p. 1.

(3) DO no L 71 de 14. 3. 1987, p. 11.

(4) DO no L 264 de 15. 9. 1987, p. 10.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 02/10/1987
  • Fecha de publicación: 03/10/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 03/10/1987
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 2.2 del Reglamento 727/87, de 13 de marzo (Ref. DOUE-L-1987-80262).
Materias
  • Exportaciones
  • Leche
  • Organismo de intervención
  • Venta

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