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Documento DOUE-L-1987-81528

Reglamento (CEE) nº 3805/87 del Consejo, de 15 de diciembre de 1987, por el que se modifica la sigla con la que se fija a Grecia en las reglamentaciones del sector agrícola.

Publicado en:
«DOCE» núm. 357, de 19 de diciembre de 1987, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-81528

TEXTO ORIGINAL

ANEXO

1. Reglamento (CEE) no 1469/70 del Consejo, de 20 de julio de 1970, por el que se fijan los porcentajes y las cantidades de tabaco de las que se harán cargo los organismos de intervención, así como el porcentaje de la producción comunitaria de tabaco que, al ser superado, desencadena los procedimientos previstos en el artículo 13 del Reglamento (CEE) no 727/70 (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1578/86 (2).

En el número de orden 25 del Anexo, se sustituye la variedad « Burley GR » por la variedad « Burley EL » y en el número de orden 26 se sustituye la variedad « Virginia GR » por la variedad « Virginia EL ».

2. Reglamento (CEE) no 1505/85 del Consejo, de 23 de mayo de 1985, por el que se fijan, para la cosecha de 1985, los precios de objetivo, los precios de intervención y las primas concedidas a los compradores de tabaco en hoja, los precios de intervención derivados del tabaco embalado, así como las calidades de referencia (3).

En el número de orden 25 de los Anexos I, II y III, se sustituye la variedad « Burley GR » por la variedad « Burley EL » y en el número de orden 26 se sustituye la variedad « Virginia GR » por la variedad « Virginia EL ».

3. Directiva no 64/433/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas sanitarios en materia de intercambios intracomunitarios de carnes frescas (4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3768/85 (5).

En la letra a) del punto 49 del Capítulo X del Anexo I, se sustituye la sigla « GR » por la sigla « EL ».

4. Directiva no 71/118/CEE del Consejo, de 15 de febrero de 1971, relativa a problemas sanitarios en materia de intercambios de carnes frescas de aves de corral (6), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3768/85.

En la letra a) del punto 4 del Capítulo X del Anexo I, se sustituye el texto del primer guión por el siguiente texto:

« - en la parte superior, la inicial o las iniciales del país expedidor, que deberán escribirse en mayúsculas, serán las siguientes:

B - D - DK - EL - ESP - F - IRL - I - L - NL - P - UK ».

5. Directiva no 77/99/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1976, relativa a problemas sanitarios en materia de intercambios intracomunitarios de productos a base de carnes (7), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3768/85.

En el primer guión de la letra a) del punto 33 del Capítulo VII del Anexo A, se sustituye la sigla « E » por la sigla « EL ».

(1) DO no L 164 de 27. 7. 1970, p. 35.

(2) DO no L 139 de 24. 5. 1986, p. 26.

(3) DO no L 151 de 10. 6. 1985, p. 31.

(4) DO no 121 de 29. 7. 1964, p. 2012/64.

(5) DO no L 362 de 31. 12. 1985, p. 8.

(6) DO no L 55 de 8. 3. 1971, p. 23.

(7) DO no L 26 de 31. 1. 1977, p. 85.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 15/12/1987
  • Fecha de publicación: 19/12/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 19/12/1987
Referencias anteriores
  • MODIFICA:
    • nums. 25 y 26 de los Anexos I, II y III del Reglamento 1505/85, de 23 de mayo (Ref. DOUE-L-1985-80430).
    • el capítulo VII del Anexo a de la Directiva 77/99, de 21 de diciembre de 1976 (Ref. DOUE-L-1977-80018).
    • el capítulo X del Anexo I de la Directiva 71/118, de 15 de febrero (Ref. DOUE-L-1971-80019).
    • nums. 25 y 26 del Anexo del Reglamento 1469/70, de 20 de julio (Ref. DOUE-L-1970-80069).
    • capitulo X del Anexo I de la Directiva 64/433, de 26 de junio (Ref. DOUE-X-1964-60032).
  • CITA:
Materias
  • Agricultura
  • Grecia

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