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Documento DOUE-L-1988-81843

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 4023/87 de la Comisión, de 23 de diciembre de 1987, por el que se abre la destilación de vinos de mesa prevista en el apartado 1 del artículo 41 del Reglamento (CEE) nº 822/87 para la campaña 1987/88.

Publicado en:
«DOCE» núm. 31, de 3 de febrero de 1988, páginas 23 a 23 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-81843

TEXTO ORIGINAL

Página 51, artículo 9, apartado 1, letra b), quinto guión:

en lugar de:« 6,98 »,

léase:« 5,98 ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 03/02/1988
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 4023/87, de 23 de diciembre (Ref. DOUE-L-1987-81646).
Materias
  • Bebidas alcohólicas
  • Destilerías
  • Organismo de intervención
  • Precios
  • Vinos

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