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Documento DOUE-L-1992-80428

Reglamento (CEE) nº 814/92 de la Comisión, de 31 de marzo de 1992, que modifica el Reglamento (CEE) nº 3878/87 del Consejo relativo a la ayuda a la producción para determinadas variedades de arroz.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 86, de 1 de abril de 1992, páginas 79 a 79 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1992-80428

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Vistoel Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 3878/87 del Consejo, de 18 de diciembre de 1987, relativo a la ayuda a la producción para determinadas variedades de arroz (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) n° 870/91 (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 2,

Considerando que, según el Reglamento antes citado y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CEE) n° 2580/88 de la Comisión, de 17 de agosto de 1988, por el que se establecen las normas para la modificación de la lista de determinadas variedades de arroz establecidas en el Anexo B del Reglamento (CEE) n° 3878/87 (3), a partir de la campaña 1988/89, únicamente podrán figurar en el Anexo B del Reglamento (CEE) n° 3878/87 las variedades de arroz que respondan a las características morfológicas establecidas en el apartado 1 del artículo 2 del mencionado Reglamento, así como a determinadas características bromatológicas;

Considerando que se han realizado los análisis de las muestras de las variedades para las que se solicita la inclusión en la lista mencionada antes; que, como consecuencia de los resultados obtenidos, debe modificarse la composición de dicha lista;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se sustituye el Anexo B del Reglamento (CEE) n° 3878/87 por el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 31 de marzo de 1992. Por la Comisión Ray MAC SHARRY Miembro de la Comisión

ANEXO

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 31/03/1992
  • Fecha de publicación: 01/04/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 08/04/1992
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 3072/95, de 22 de diciembre; (Ref. DOUE-L-1995-82033).
  • Fecha de derogación: 30/12/1995
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el Anexo B del Reglamento 3878/87, de 18 de diciembre (Ref. DOUE-L-1987-81568).
Materias
  • Arroz
  • Ayudas
  • España
  • Francia
  • Grecia
  • Italia

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