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Documento DOUE-L-1994-80774

Reglamento (CE) nº 1276/94 del Consejo, de 30 de mayo de 1994, que modifica el Reglamento (CEE) nº 2390/89, por el que se establecen las normas generales para la importación de los vinos, zumos y mostos de uvas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 140, de 3 de junio de 1994, páginas 3 a 3 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1994-80774

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1) y, en particular, el apartado 2 de su artículo 70,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el apartado 2 del artículo 1 y el artículo 2 del Reglamento (CEE) no 2390/89 del Consejo (2) establecen facilidades de importación para los productos vitivinícolas originarios de terceros países que ofrezcan garantías específicas en relación con el certificado de origen y de conformidad con el boletín de análisis; que el apartado 2 del artículo 3 del mismo Reglamento limita estas facilidades a un período de prueba que expira el 30 de abril de 1994; que, habida cuenta del plazo necesario para el examen de la aplicación del futuro régimen, conviene prorrogar, hasta el final de 1994, el citado período,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CEE) no 2390/89 se sustituye la fecha del 30 de abril de 1994 por la del 31 de diciembre de 1994.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de mayo de 1994.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de mayo de 1994.

Por el Consejo

El Presidente

G. MORAITIS

________________

(1) DO no L 84 de 27. 3. 1987, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1566/93 (DO no L 154 de 25. 6. 1993, p. 39).

(2) DO no L 232 de 9. 8. 1989, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1211/93 (DO no L 123 de 19. 5. 1993, p. 4).

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 30/05/1994
  • Fecha de publicación: 03/06/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 03/06/1994
  • Aplicable desde El 1 de mayo de 1994.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 3.2 del Reglamento 2390/89, de 24 de julio (Ref. DOUE-L-1989-80898).
Materias
  • Importaciones
  • Mosto
  • Vinos
  • Zumos de frutas

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