En la página 4, en el considerando 14:
en lugar de: "... que, no obstante, el DAB se encuentra en una fase menos desarrollada en el caso de los vehículos de gasóleo, por lo que no se podrá incorporar a la totalidad de tales vehículos antes del año 2005; ",
léase: "... que, no obstante, el DAB se encuentra en una fase menos desarrollada en el caso de los vehículos de gasóleo, y se podrá incorporar a los nuevos tipos de tales vehículos a partir del año 2003; ";
en la página 23, en el anexo I, en el apéndice 4, en el punto 4.2:
en lugar de: "... 6.2.1",
léase: "... 5.3.1.4";
en la página 46, en el anexo X, en el punto 1.8, en el gráfico:
-en la 3ª columna: se suprimirá la llamada de nota "(3)" después de NOx
-en la 4ª columna: se añadirá la llamada de nota "(2)" después de HC + NOx (g/km);
en la página 52, en el anexo XI, en el apéndice 1, en el punto 2.1, en el segundo guión:
en lugar de: "... 6.2.1",
léase: "... 6.2".
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