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Documento DOUE-L-2003-81305

Decisión de la Comisión, de 31 de julio de 2003, por la que se modifican las Decisiones 1999/283/CE y 2000/585/CE en lo que respecta a las importaciones de carne fresca de Botsuana y Suazilandia [notificada con el número C(2003) 2743].

Publicado en:
«DOUE» núm. 194, de 1 de agosto de 2003, páginas 79 a 86 (8 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2003-81305

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, relativa a problemas sanitarios y de policía sanitaria en las importaciones de animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina y de carne fresca o de productos a base de carne procedentes de países terceros (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 807/2003 (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 14,

Vista la Directiva 92/45/CEE del Consejo, de 16 de junio de 1992, sobre problemas sanitarios y de policía sanitaria relativos a la caza de animales silvestres y a la comercialización de carne de caza silvestre (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 806/2003 (4), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 16,

Vista la Directiva 92/118/CEE del Consejo, de 17 de diciembre de 1992, por la que se establecen las condiciones de policía sanitaria y sanitarias aplicables a los intercambios y a las importaciones en la Comunidad de productos no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normativas comunitarias específicas a que se refiere el capítulo I del anexo A de la Directiva 89/662/CEE y, por lo que se refiere a los patógenos, de la Directiva 90/425/CEE (5), cuya última modificación la constituye la Decisión 2003/42/CE de la Comisión (6), y, en particular, su artículo 10,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 1999/283/CE de la Comisión (7), cuya última modificación la constituye la Decisión 2003/163/CE (8), establece las condiciones zoosanitarias y la certificación veterinaria aplicables a las importaciones de carne fresca procedente de determinados países africanos.

(2) La Decisión 2000/585/CE de la Comisión (9), cuya última modificación la constituye la Decisión 2003/163/CE, establece las condiciones zoosanitarias y de sanidad pública, así como la certificación veterinaria aplicables a la importación de carne de caza silvestre, carne de caza de cría y carne de conejo procedente de terceros países.

(3) Como consecuencia de la aparición de brotes de fiebre aftosa en Botsuana, las Decisiones 1999/283/CE y 2000/585/CE fueron modificadas por la Decisión 2003/74/CE (10) para suspender las exportaciones a la Comunidad procedentes de todo el país de carne deshuesada y madurada fresca de animales de las especies bovina, ovina y caprina y ungulados silvestres y ungulados de cría producida después de la presunta fecha de la primera infección, a la espera de nueva información necesaria para justificar la regionalización.

(4) Las autoridades veterinarias de Botsuana enviaron informaciones y garantías adicionales y las Decisiones 1999/283/CE y 2000/585/CE fueron modificadas por la Decisión 2003/163/CE para regionalizar el país y permitir la importación en la Comunidad de la citada carne deshuesada y madurada procedente de las zonas 10, 11, 12, 13 y 14.

(5) No se han observado más casos de fiebre aftosa en el país desde enero de 2003, todos los animales vacunados han sido destruidos y se está realizando una vigilancia intensiva que incluye vigilancia serológica, con resultados negativos por lo que respecta a la fiebre aftosa.

(6) Las autoridades de Botsuana han ofrecido las garantías necesarias a la Comisión de que las zonas de control veterinario 5, 6, 7, 8, 9 y 18 pueden considerarse de nuevo libres de la fiebre aftosa sin vacunación.

(7) En consecuencia, deberá autorizarse la importación a la Comunidad de carne deshuesada y madurada fresca (con exclusión de los despojos) de animales de las especies bovina, ovina y caprina, así como de ungulados silvestres y de cría, desde las zonas 5, 6, 7, 8, 9 y 18, siempre que el sacrificio se haya realizado después del 7 de junio de 2003.

(8) Como consecuencia de la aparición de brotes de fiebre aftosa en Suazilandia, la Decisión 1999/283/CE fue modificada por la Decisión 2001/297/CE (11) para suspender las exportaciones a la Comunidad procedentes de todo el país de carne deshuesada y madurada fresca de animales de la especie bovina después de la presunta fecha de la primera infección, a la espera de nueva información necesaria para justificar la regionalización.

(9) Las autoridades veterinarias de Suazilandia enviaron informaciones y garantías adicionales y la Decisión 2000/585/CE fue modificada por la Decisión 2001/661/CE (12) para regionalizar el país y permitir la importación en la Comunidad de la citada carne deshuesada y madurada procedente de determinadas zonas.

(10) No se han observado más casos de fiebre aftosa en el país, las últimas vacunaciones se llevaron a cabo en mayo de 2001, se han localizado todos los animales vacunados y se está realizando una vigilancia intensiva que incluye vigilancia serológica, con resultados negativos por lo que respecta a la fiebre aftosa.

(11) Las autoridades de Suazilandia han ofrecido las garantías necesarias a la Comisión de que el territorio, a excepción de la zona oeste de la "línea roja" que se extiende hacia el norte desde el río Usutu hasta la frontera con Sudáfrica, al oeste de Nkalashane, puede considerarse de nuevo libre de la fiebre aftosa sin vacunación.

(12) En consecuencia, deberá autorizarse la importación a la Comunidad de carne deshuesada y madurada fresca (con exclusión de los despojos) de animales de la especie bovina procedente de esta zona.

(13) Por esa razón, las Decisiones 1999/283/CE y 2000/585/CE deben modificarse en consecuencia.

(14) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión 1999/283/CE se sustituirá por el texto del anexo I de la presente Decisión.

Artículo 2

El anexo II de la Decisión 1999/283/CE se sustituirá por el texto del anexo II de la presente Decisión.

Artículo 3

El anexo I de la Decisión 2000/585/CE se sustituirá por el texto del anexo III de la presente Decisión.

Artículo 4

El anexo II de la Decisión 2000/585/CE se sustituirá por el texto del anexo IV de la presente Decisión.

Artículo 5

La presente Decisión se aplicará a partir del 4 de agosto de 2003.

Artículo 6

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 31 de julio de 2003.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

_______

(1) DO L 302 de 31.12.1972, p. 28.

(2) DO L 122 de 16.5.2003, p. 36.

(3) DO L 268 de 14.9.1992, p. 35.

(4) DO L 122 de 16.5.2003, p. 1.

(5) DO L 62 de 15.3.1993, p. 49.

(6) DO L 13 de 18.1.2003, p. 24.

(7) DO L 110 de 28.4.1999, p. 16.

(8) DO L 66 de 11.3.2003, p. 41.

(9) DO L 251 de 6.10.2000, p. 1.

(10) DO L 28 de 4.2.2003, p. 45.

(11) DO L 102 de 12.4.2001, p. 61.

(12) DO L 232 de 30.8.2001, p. 25.

ANEXO I

"ANEXO I

Descripción de los territorios de determinados países africanos a efectos de la certificación zoosanitaria

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 81

ANEXO II

"ANEXO II

Modelos de certificados zoosanitarios exigidos

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 82

ANEXO III

"ANEXO I

Descripción de los territorios de determinados terceros países a efectos de la certificación zoosanitaria

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 83

ANEXO IV

"ANEXO II

Garantías zoosanitarias exigidas en los certificados de carne de caza silvestre, carne de caza de cría y carne de conejo

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 84 A 85

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 31/07/2003
  • Fecha de publicación: 01/08/2003
  • Aplicable desde el 4 de agosto de 2003.
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE:
Materias
  • Botswana
  • Carnes
  • Caza
  • Importaciones
  • Sanidad veterinaria
  • Swazilandia

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