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Documento DOUE-L-2003-82086

Reglamento (CE) nº 2196/2003 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2003, que modifica el Reglamento (CE) nº 1260/2001 del Consejo por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 328, de 17 de diciembre de 2003, páginas 17 a 18 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2003-82086

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (1), y, en particular, el párrafo segundo del apartado 4 de su artículo 10,

Considerando lo siguiente:

(1) Las cantidades básicas de azúcar, isoglucosa y jarabe de inulina establecidas en el apartado 2 del artículo 11 del Reglamento (CE) n° 1260/2001 fueron modificadas por el Acta de adhesión de la República Checa, de Estonia, de Chipre, de Letonia, de Lituania, de Hungría, de Malta, de Polonia, de Eslovenia y de Eslovaquia a la Unión Europea, a partir de la fecha de entrada en vigor del Acta. Para tener en cuenta esas cantidades básicas, el cuadro por el que se establecen los coeficientes incluido en el párrafo primero del apartado 4 del artículo 10 del Reglamento (CE) n° 1260/2001 debe adaptarse con efecto a partir de la misma fecha.

(2) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del azúcar.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El cuadro que aparece en el apartado 4 del artículo 10 del Reglamento (CE) n° 1260/2001 se sustituirá por el siguiente:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 17 A 18

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de mayo de 2004, a reserva de la entrada en vigor del Tratado de adhesión de la República Checa, de Estonia, de Chipre, de Letonia, de Lituania, de Hungría, de Malta, de Polonia, de Eslovenia y de Eslovaquia.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 16 de diciembre de 2003.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

______

(1) DO L 178 de 30.6.2001, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de 2003.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 16/12/2003
  • Fecha de publicación: 17/12/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 01/05/2004
  • Entrada en vigor: 1 de mayo de 2004, según lo indicado.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 318/2006, de 20 de febrero; (Ref. DOUE-L-2006-80370).
  • Fecha de derogación: 03/03/2006
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE cuadro del art. 10.4 del Reglamento 1260/2001, de 19 de junio (Ref. DOUE-L-2001-81618).
Materias
  • Azúcar
  • Comercialización
  • Organización Común de Mercado

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