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Documento DOUE-L-2003-82144

Acta de corrección de errores del Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra, firmado en Bruselas el 18 de noviembre de 2002.

Publicado en:
«DOUE» núm. 332, de 19 de diciembre de 2003, páginas 64 a 65 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2003-82144

TEXTO ORIGINAL

La presente corrección de errores surte efecto por Acta de corrección de errores firmada en Bruselas el 4 de noviembre de 2003, siendo depositario el Consejo.

1. En la página 18, en la parte IV del Acuerdo, en el título II, en el artículo 58, en el apartado 2:

Suprimir la palabra: "originarios".

2. En el anexo I, en la sección 3, "Calendario de eliminación de los aranceles de la Comunidad":

a) en la página 72, en la partida SA 0101 10 10 (1):

donde dice:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 64

debe decir:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 64

b) en la página 120, en la partida SA 0808 20 10 (2):

Suprimir "EP" al final de la línea.

3. En el anexo II, en la sección 2, "Calendario de eliminación de aranceles de Chile":

a) en la página 659, en la partida SA 2517.30.00 (3):

donde dice:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 64

debe decir:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 64

b) en la página 884, en la partida SA 8520.20.00 (4):

donde dice:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 64

debe decir:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 64

4. En el anexo III, "Definición del concepto de productos originarios y procedimientos de cooperación administrativa":

a) en la página 945, en el artículo 27, en el apartado 4:

donde dice: "(...)

Las autoridades aduaneras de Chile deberán conservar durante cinco años como mínimo los ..." (5),

respectivamente:

"(...) Las autoridades aduaneras de Chile deberán conservar durante tres años como mínimo los ..." (6),

debe decir: "(...) Las autoridades aduaneras de Chile deberán tener a su disposición durante cinco años los ...";

b) en la página 1024, en el apéndice II, en la partida SA 8542, en la columna (3), en el segundo guión:

donde dice: "- dentro del límite arriba indicado el valor de todos los materiales de las partidas 8541 o 8542 utilizados no exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto" (7),

debe decir: "- dentro del límite arriba indicado el valor de todos los materiales de las partidas 8541 y 8542 utilizados no exceda del 10 % del precio franco fábrica del producto";

c) en la página 1043, en el apéndice IV, bajo el epígrafe "Versión alemana" (8):

donde dice: Versión alemana

Der Ausführer (Ermächtigter Ausführer; Bewilligung der Zollbehörde oder der zuständigen Regierungsbehörde Nr. ... (1)) der Erzeugnisse, auf die sich dieses Handelspapier bezieht, erklärt, dass diese Erzeugnisse, soweit nichts anderes angegeben, präferenzbegünstigte Ursprungserzeugnisse ... (2) sind.,

debe decir: Versión alemana

Der Ausführer [Ermächtigter Ausführer; Bewilligung der Zollbehörde oder der zuständigen Regierungsbehörde Nr. ... (1)] der Waren, auf die sich dieses Handelspapier bezieht, erklärt, dass diese Waren, soweit nichts anderes angegeben, präferenzbegünstigte Ursprungswaren ... (2) sind..

5. En la página 1051, en el anexo IV, "Acuerdo sobre medidas sanitarias y fitosanitarias aplicable al comercio de animales, productos de origen animal, plantas, productos vegetales y otras mercancías, y sobre bienestar animal":

en el artículo 13, en el título:

donde dice: "Notificacin y consultas"

(9),

debe decir: "Notificación y consultas".

6. Anexo VIII, "Lista de compromisos específicos sobre los servicios financieros":

a) en la página 1304, en la parte A, "Calendario de la Comunidad", en la sección II, "Compromisos relativos a sectores específicos", 7. Sector de los servicios financieros, en el punto 3 (10):

donde dice: 3. Los compromisos sobre acceso a los mercados respecto de los modos de suministro 1) y 2) sólo se aplican a las operaciones indicadas en los párrafos B.3 y B.4, respectivamente, del capítulo del Entendimiento que se refiere al acceso a los mercados.,

debe decir: 3. Los compromisos sobre acceso a los mercados respecto de los modos de suministro 1) y 2) sólo se aplican a las operaciones indicadas en los párrafos A.1 y A.2, respectivamente, del capítulo del Entendimiento que se refiere al acceso a los mercados.;

b) en la página 1313, título:

donde dice: COMPROMISOS ADICIONALES DE LAS COMUNIDAD,

debe decir: COMPROMISOS ADICIONALES DE LA COMUNIDAD.

7. En la página 1382, en el anexo XI, "Cobertura de la Comunidad en materia de contratación pública", en el apéndice 1, en la sección 3, en el título: donde dice:

"Seccin 3" (11)

debe decir:"Sección 3".

8. En la página 1428, en el anexo XIII, "Contratación pública, aplicación de determinadas disposiciones del título IV de la parte IV", en el apéndice 3, en el apartado 1:

donde dice: 1. A excepción de lo dispuesto en los párrafos 3 y 4, ...,

debe decir: 1. A excepción de lo dispuesto en los párrafos 2 y 3, ....

________________________

(1) Error en el Acuerdo firmado. El texto del DO L 352 de 30.12.2002, página 72, es correcto.

(2) Error en el DO L 352 de 30.12.2002, página 120. El texto del Acuerdo firmado es correcto.

(3) Error en el DO L 352 de 30.12.2002, página 659. El texto del Acuerdo firmado es correcto.

(4) Error en el DO L 352 de 30.12.2002, página 884. El texto del Acuerdo firmado es correcto.

(5) Error en el Acuerdo firmado.

(6) Error en el DO L 352 de 30.12.2002, página 945.

(7) Error en el DO L 352 de 30.12.2002, página 1024. El texto del Acuerdo firmado es correcto.

(8) Error en el DO L 352 de 30.12.2002, página 1043. El texto del Acuerdo firmado es correcto.

(9) Error en el DO L 352 de 30.12.2002, página 1051. El texto del Acuerdo firmado es correcto.

(10) Error en el DO L 352 de 30.12.2002, página 1304. El texto del Acuerdo firmado es correcto.

(11) Error en el DO L 352 de 30.12.2002, página 1382. El texto del Acuerdo firmado es correcto.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 19/12/2003
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores en el Acuerdo de 18 de noviembre de 2002 (Ref. DOUE-L-2002-82390).
Materias
  • Acuerdo de Asociación CE
  • Chile
  • Comercio extracomunitario

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