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Documento DOUE-L-2004-81881

Decisión de la Comisión, de 9 de julio de 2004, por la que se modifican el anexo E de la Directiva 91/68/CEE del Consejo y el anexo I de la Decisión 79/542/CEE del Consejo en lo relativo a la actualización de los modelos de certificados sanitarios de animales de las especies ovina y caprina.

Publicado en:
«DOUE» núm. 248, de 22 de julio de 2004, páginas 1 a 11 (11 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2004-81881

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, relativa a problemas sanitarios y de policía sanitaria en las importaciones de animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina y de carne fresca o de productos a base de carne, procedentes de países terceros (1), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 11,

Vista la Directiva 91/68/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las normas de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios de animales de las especies ovina y caprina (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1) El modelo de certificado veterinario para el comercio intracomunitario con fines reproductores de animales de las especies ovina y caprina es el establecido como modelo III en el anexo E de la Directiva 91/68/CEE.

(2) El modelo de certificado veterinario para importaciones desde terceros países de animales domésticos de las especies ovina y caprina es el establecido como «OVI-X» en la parte 2 del anexo I de la Decisión 79/542/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1976, por la que se confecciona una lista de terceros países o partes de terceros países, y se establecen las condiciones de certificación veterinaria, sanitaria y zoosanitaria, para la importación a la Comunidad de determinados animales vivos y de su carne fresca (3).

(3) De conformidad con la parte I del capítulo A del anexo VIII y con el capítulo E del anexo IX del Reglamento (CE) no 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles (4), se han modificado algunas de las condiciones de comercio e importación de animales reproductores de las especies ovina y caprina, para establecer un enfoque más enérgico de erradicación de la tembladera.

______________

(1) DO L 302 de 31.12.1972, p. 28; Directiva cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 807/2003 (DO L 122 de 16.5.2003, p. 36).

(2) DO L 46 de 19.2.1991, p. 19; Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 2003/50/CE del Consejo (DO L 169 de 8.7.2003, p. 51).

(3) DO L 146 de 14.6.1979, p. 15; Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión 2004/372/CE de la Comisión (DO L 118 de 23.4.2004, p. 45).

(4) DO L 147 de 31.5.2001, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 876/2004 (DO L 162 de 30.4.2004, p. 52).

(4) Es preciso adecuar el modelo III de certificado zoosanitario del anexo E de la Directiva 91/68/CEE y el modelo OVI-X del anexo I de la Decisión 79/542/CEE a las normas actualizadas.

(5) La Directiva 91/68/CEE y la Decisión 79/542/CEE deben modificarse en consecuencia.

(6) Las medidas contempladas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El modelo III del anexo E de la Directiva 91/68/CEE quedará sustituido por el texto del anexo I de la presente Decisión.

Artículo 2

El modelo OVI-X de la parte 2 del anexo I de la Decisión 79/542/CEE quedará sustituido por el texto del anexo II de la presente Decisión.

Artículo 3

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de junio de 2004.

Artículo 4

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, 9 de julio de 2004.

Por la Comisión

David BYRNE

Miembro de la Comisión

ANEXO I

MODELO III

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 3 A 6

ANEXO II

MODELO OVI-X

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 7 A 11

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 09/07/2004
  • Fecha de publicación: 22/07/2004
  • Aplicable desde el 1 de junio de 2004.
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE:
    • modelo III del anexo E de la Directiva 91/68, de 28 de enero (Ref. DOUE-L-1991-80143).
    • el modelo OVI-X del anexo I.2 de la Decisión 79/542, de 21 de diciembre (Ref. DOUE-L-1979-80188).
Materias
  • Certificado sanitario
  • Ganado caprino
  • Ganado ovino
  • Importaciones
  • Sanidad veterinaria

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