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Documento DOUE-L-2012-80142

Reglamento de Ejecución (UE) nº 116/2012 de la Comisión, de 9 de febrero de 2012, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 872/2004 del Consejo relativo a la adopción de medidas restrictivas adicionales contra Liberia.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 38, de 11 de febrero de 2012, páginas 29 a 32 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2012-80142

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 872/2004 del Consejo relativo a la adopción de medidas restrictivas adicionales contra Liberia ( 1 ) y, en particular, su artículo 11, letra a) y letra b),

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) n o 872/2004 se enumeran las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos a los que se aplica el bloqueo de fondos y recursos económicos contemplado en dicho Reglamento. En el anexo II del Reglamento (CE) no 872/2004 figura la lista de las autoridades competentes a las que se atribuyen funciones específicas en relación con la aplicación de dicho Reglamento.

(2) El 23 de diciembre de 2011, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió mediante su Decisión n o SC/10510 modificar la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta el bloqueo de fondos y recursos económicos. Procede, por tanto, modificar el anexo I en consecuencia.

(3) El anexo II del Reglamento (CE) n o 872/2004 debe también actualizarse sobre la base de la información más reciente facilitada por los Estados miembros en cuanto a la determinación de las autoridades competentes.

(4) Por tanto, los anexos I y II del Reglamento (CE) n o 872/2004 deben modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n o 872/2004 queda modificado de acuerdo con lo establecido en el anexo I del presente Reglamento.

Artículo 2

El anexo II del Reglamento (CE) n o 872/2004 se sustituye por el anexo II del presente Reglamento.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 9 de febrero de 2012.

Por la Comisión, en nombre del Presidente Director del Servicio de Instrumentos de Política Exterior

___________________

( 1 ) DO L 162 de 30.4.2004, p. 32.

ANEXO I

El anexo I del Reglamento (CE) n o 872/2004 queda modificado como sigue:

(1) La entrada («Cyril Allen. Fecha de nacimiento: 26.7.1952. Información adicional: antiguo Presidente del Partido Patriótico Nacional.» se sustituye por el texto siguiente:

«Cyril A. Allen. Fecha de nacimiento: 26.7.1952. Información adicional: antiguo Presidente del Partido Patriótico Nacional.».

(2) La entrada «Myrtle Gibson. Fecha de nacimiento: 3.11.1952. Información adicional: antiguo Senador, asesor del antiguo Presidente de Liberia Charles Taylor.» se sustituye por el texto siguiente:

«Myrtle Francelle Gibson. Fecha de nacimiento: 3.11.1952. Información adicional: antiguo Senador, asesor del antiguo Presidente de Liberia Charles Taylor.».

(3) La entrada «Mohamed Ahmad Salame (alias a) Mohamed Ahmad Salami, b) Ameri Al Jawad, c) Jawad Al Ameri, d) Moustapha Salami, e) Moustapha A Salami). Fecha de nacimiento: a) 22.9.1961, b) 18.10.1963. Lugar de nacimiento: Abengourou, Costa de Marfil. Nacionalidad: libanesa. Números de pasaporte: a) 1622263 (pasaporte ordinario libanés, plazo de validez: 24.4.2001-23.4.2006), b) 004296/00409/00 (pasaporte diplomático togolés, plazo de validez: 21.8.2002- 23.8.2007), c) 000275 (pasaporte diplomático liberiano, plazo de validez: 11.1.1998- 10.1.2000), d) 002414 (pasaporte diplomático liberiano, plazo de validez: 20.6.2001- 19.6.2003, nombre: Ameri Al Jawad, fecha de nacimiento: 18.10.1963, lugar de nacimiento: Ganta, provincia de Nimba), e) D/001217 (pasaporte diplomático liberiano), f) Diplomatic-2781 (pasaporte diplomático liberiano). Información adicional: a) pasaporte costamarfileño; sin datos disponibles, b) propietario de la empresa maderera Mohamed and Company Logging. Fecha de designación conforme al artículo 6, letra b): 23.6.2004.»

Se sustituye por el texto siguiente:

«Mohamed Ahmad Salame [alias a) Mohamed Ahmad Salami, b) Ameri Al Jawad, c) Jawad Al Ameri, d) Moustapha Salami, e) Moustapha A Salami)]. Fecha de nacimiento: a) 22.9.1961, b) 18.10.1963. Lugar de nacimiento: a) Abengourou, Costa de Marfil b) Ganta, provincia de Nimba, Liberia. Nacionalidad: libanesa. Números de pasaporte: a) 2210697 (pasaporte libanés, plazo de validez: 14.12.2010-14.12.2011), b) 1622263 (pasaporte ordinario libanés, plazo de validez: 24.4.2001-23.4.2006), c) 004296/00409/00 (pasaporte diplomático togolés, válido 21.8.2002- 23.8.2007), d) 000275 (pasaporte diplomático liberiano, plazo de validez: 11.1.1998- 10.1.2000), e) 002414 (pasaporte diplomático liberiano, plazo de validez: 20.6.2001- 19.6.2003), f) D/001217 (pasaporte diplomático liberiano), g) Diplomatic-2781 (pasaporte diplomático liberiano). Información adicional: a) pasaporte costamarfileño; sin datos disponibles, b) propietario de la empresa maderera Mohamed and Company Logging. Fecha de designación conforme al artículo 6, letra b): 23.6.2004.».

(4) La entrada «Edwin M., Snowe jr. dirección: Elwa Road, Monrovia, Liberia. Fecha de nacimiento: 11.2.1970. Lugar de nacimiento: Mano River, Grand Cape Mount, Liberia. Nacionalidad: liberiana Pasaporte n o : a) OR/0056672-01, b) D/005072, c) D005640 (pasaporte diplomático), d) D-00172 (ECOWAS-DPL Passport, plazo de validez: 7.8.2008- 6.7.2010). Información adicional: Director gerente de la Liberian Petroleum and Refining Corporation (LPRC). Fecha de designación conforme al artículo 6, letra b): 10.9.2004.»

se sustituye por el texto siguiente:

«Edwin M., Snowe jr. dirección: Elwa Road, Monrovia, Liberia. Fecha de nacimiento: 11.2.1970. Lugar de nacimiento: Mano River, Grand Cape Mount, Liberia. Nacionalidad: liberiana Pasaporte n o : a) OR/0056672-01, b) D/005072, c) D005640 (pasaporte diplomático), d) D-00172 (Pasaporte ECOWAS-DPL, plazo de validez: 7.8.2008-6.7.2010). Información adicional: Diputado de la Cámara de Diputados de Liberia. Director gerente de la Liberian Petroleum and Refining Corporation (LPRC). Fecha de designación conforme al artículo 6, letra b): 10.9.2004.».

(5) La entrada «Tupee Enid Taylor. Fecha de nacimiento: a) 17.12.1960, b) 17.12.1962. Pasaporte diplomático liberiano: D/002216. Información adicional: ex esposa del antiguo Presidente de Charles Taylor» se sustituye por el texto siguiente:

«Tupee Enid Taylor. Fecha de nacimiento: a) 17.12.1960, b) 17.12.1962. Números de pasaporte: a) L014670 (pasaporte liberiano, plazo de validez: 28.12.2009-28.12.2014) b) D/002216 (pasaporte diplomático liberiano, plazo de validez: 17.10.2007-17.10.2009). Información adicional: ex esposa del antiguo Presidente Charles Taylor».

ANEXO II

Sitios de Internet para información sobre las autoridades competentes mencionadas en en el artículo 3, apartados 1 y 2, el artículo 4, letra e), el artículo 5, el artículo 7, el artículo 8, apartado 1, letra b), y el artículo 8, apartado 2) y direcciones para las notificaciones a la Comisión Europea

BÉLGICA

http://www.diplomatie.be/eusanctions

BULGARIA

http://www.mfa.government.bg

CHEQUIA

http://www.mfcr.cz/mezinarodnisankce

DINAMARCA

http://www.um.dk/da/menu/Udenrigspolitik/FredSikkerhedOgInternationalRetsorden/Sanktioner/

ALEMANIA

http://www.bmwi.de/BMWi/Navigation/Aussenwirtschaft/Aussenwirtschaftsrecht/embargos.html

ESTONIA

http://www.vm.ee/est/kat_622/

IRLANDA

http://www.dfa.ie/home/index.aspx?id=28519 GRECIA

http://www1.mfa.gr/en/foreign-policy/global-issues/international-sanctions.html

ESPAÑA

http://www.maec.es/es/MenuPpal/Asuntos/Sanciones%20Internacionales/Paginas/Sanciones_%20Internacionales.aspx

FRANCIA

http://www.diplomatie.gouv.fr/autorites-sanctions/

ITALIA

http://www.esteri.it/UE/deroghe.html

CHIPRE

http://www.mfa.gov.cy/sanctions

LETONIA

http://www.mfa.gov.lv/en/security/4539

LITUANIA

http://www.urm.lt

LUXEMBURGO

http://www.mae.lu/sanctions

HUNGRIA

http://www.kormany.hu/download/5/35/50000/ENSZBT-ET-szankcios-tajekoztato.pdf

MALTA

http://www.doi.gov.mt/EN/bodies/boards/sanctions_monitoring.asp

PAÍSES BAJOS

http://www.minbuza.nl/sancties

AUSTRIA

POLONIA

http://www.msz.gov.pl

PORTUGAL

http://www.min-nestrangeiros.pt

RUMANÍA

ESLOVENIA

http://www.mzz.gov.si/si/zunanja_politika/mednarodna_varnost/omejevalni_ukrepi/

ESLOVAQUIA

http://www.foreign.gov.sk

FINLANDIA

http://formin.finland.fi/kvyhteistyo/pakotteet

SUECIA

http://www.ud.se/sanktioner

REINO UNIDO

www.fco.gov.uk/competentauthorities

Dirección para las notificaciones a la Comisión Europea:

Comisión Europea

Servicio de Instrumentos de Política Exterior (FPI) Despacho: SEAE/309, Proceso de Kimberley (KP) y Lucha contra la Tortura Rue de la Loi 242

B-1049 Bruxelles/Brussel (Bélgica)

E-mail: relex-sanctions@ec.europa.eu

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 09/02/2012
  • Fecha de publicación: 11/02/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 12/02/2012
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 2015/1776, de 5 de octubre (Ref. DOUE-L-2015-82026).
  • Fecha de derogación: 07/10/2015
Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos I y II del Reglamento 872/2004, de 29 de abril (Ref. DOUE-L-2004-80965).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Liberia
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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