Está Vd. en

Documento DOUE-L-2015-82282

Decisión (UE) 2015/2056 de la Comisión, de 13 de noviembre de 2015, por la que se modifican las Decisiones 2009/300/CE, 2009/563/CE, 2009/894/CE, 2011/330/UE y 2011/337/UE con objeto de prorrogar la vigencia de los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a determinados productos [notificada con el número C(2015) 7781].

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 300, de 17 de noviembre de 2015, páginas 41 a 42 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2015-82282

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la UE (1), y, en particular, su artículo 8, apartado 3, letra c),

Previa consulta al Comité de Etiqueta Ecológica de la Unión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión 2009/300/CE de la Comisión (2) expira el 31 de diciembre de 2015.

(2)

La Decisión 2009/563/CE de la Comisión (3) expira el 31 de diciembre de 2015.

(3)

La Decisión 2009/894/CE de la Comisión (4) expira el 31 de diciembre de 2015.

(4)

La Decisión 2011/330/UE de la Comisión (5) expira el 31 de diciembre de 2015.

(5)

La Decisión 2011/337/UE de la Comisión (6) expira el 31 de diciembre de 2015.

(6)

Se ha llevado a cabo una evaluación que confirma la pertinencia e idoneidad de los criterios ecológicos actuales, así como de los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes, establecidos mediante las Decisiones 2009/300/CE, 2009/563/CE, 2009/894/CE, 2011/330/UE y 2011/337/UE. Habida cuenta de que los criterios ecológicos actuales y los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes establecidos en esas Decisiones están aún en proceso de revisión, conviene prorrogar su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016.

(7)

Procede, por tanto, modificar las Decisiones 2009/300/CE, 2009/563/CE, 2009/894/CE, 2011/330/UE y 2011/337/UE en consecuencia.

(8)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido en el artículo 16 del Reglamento (CE) no 66/2010.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El artículo 3 de la Decisión 2009/300/CE se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 3

Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “televisores”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2016.».

Artículo 2

El artículo 3 de la Decisión 2009/563/CE se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 3

Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “calzado”, así como los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2016.».

Artículo 3

El artículo 3 de la Decisión 2009/894/CE se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 3

Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “muebles de madera”, así como los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2016.».

Artículo 4

El artículo 3 de la Decisión 2011/330/UE se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 3

Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “ordenadores portátiles”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2016.».

Artículo 5

El artículo 4 de la Decisión 2011/337/UE se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 4

Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “ordenadores personales”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2016.».

Artículo 6

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 13 de noviembre de 2015.

Por la Comisión

Karmenu VELLA Miembro de la Comisión

_________________________

(1) DO L 27 de 30.1.2010, p. 1.

(2) Decisión 2009/300/CE de la Comisión, de 12 de marzo de 2009, por la que se establecen los criterios ecológicos revisados para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a los televisores (DO L 82 de 28.3.2009, p. 3).

(3) Decisión 2009/563/CE de la Comisión, de 9 de julio de 2009, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria al calzado (DO L 196 de 28.7.2009, p. 27).

(4) Decisión 2009/894/CE de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a los muebles de madera (DO L 320 de 5.12.2009, p. 23).

(5) Decisión 2011/330/UE de la Comisión, de lunes, 06 de junio de 2011, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a los ordenadores portátiles (DO L 148 de 7.6.2011, p. 5).

(6) Decisión 2011/337/UE de la Comisión, de 9 de junio de 2011, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a los ordenadores personales (DO L 151 de 10.6.2011, p. 5).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Aparatos de radiotelefonía y televisión
  • Calzado
  • Consumidores y usuarios
  • Consumo de energía
  • Equipos informáticos
  • Etiquetas
  • Madera
  • Muebles
  • Políticas de medio ambiente

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid