EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular el artículo 28, apartado 1, y el artículo 31, apartado 1,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) El 21 de diciembre de 2016 el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2016/2383 (1), que prevé un período de aplicación de 36 meses a partir de la fecha de celebración del acuerdo de financiación a que se refiere dicha Decisión, para el apoyo a las actividades indicadas en su artículo 1.
(2) El acuerdo de financiación con el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) se firmó el 15 de junio de 2017 y por tanto expira el 14 de junio de 2020.
(3) El 8 de mayo de 2020, el OIEA solicitó una prórroga del período de aplicación y del plazo de contratación de la Decisión (PESC) 2016/2383 de 36 a 42 meses, hasta el 14 de diciembre de 2020. Dicha solicitud se debe a la pandemia de COVID-19 y a la suspensión temporal de todos los desplazamientos y reuniones no esenciales hasta el 1 de junio de 2020, entre ellas, las que se iban a celebrar en Viena, que requerían la participación de expertos no residentes.
(4) El desempeño de las actividades indicadas en el artículo 1 de la Decisión (PESC) 2016/2383 podrá continuar hasta el 14 de diciembre de 2020 sin ninguna consecuencia adicional para los medios financieros.
(5) Por consiguiente, debe modificarse la Decisión (PESC) 2016/2383 en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
El artículo 5, el apartado 2, de la Decisión (PESC) 2016/2383 se sustituye por el texto siguiente:
«La presente Decisión expirará el 14 de diciembre de 2020.».
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 8 de junio de 2020.
Por el Consejo
La Presidenta
A. METELKO-ZGOMBIĆ
(1) Decisión (PESC) 2016/2383 del Consejo, de 21 de diciembre de 2016, sobre el apoyo de la Unión a las actividades del Organismo Internacional de Energía Atómica en los ámbitos de la seguridad nuclear y en el marco de la aplicación de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva (DO L 352 de 23.12.2016, p. 74).
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