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Documento DOUE-L-2020-81984

Decisión de Ejecución (UE) 2020/2217 de la Comisión de 22 de diciembre de 2020 por la que se modifican los anexos I y III de la Decisión 2010/472/UE en lo relativo a la incorporación del Reino Unido a las listas de terceros países o partes de terceros países autorizados a importar en la Unión esperma, óvulos y embriones de ovinos y caprinos [notificada con el número C(2020) 9554].

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 438, de 28 de diciembre de 2020, páginas 60 a 62 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-81984

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 92/65/CEE del Consejo, de 13 de julio de 1992, por la que se establecen las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios y las importaciones en la Comunidad de animales, esperma, óvulos y embriones no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normativas comunitarias específicas a que se refiere la sección I del anexo A de la Directiva 90/425/CEE (1), y en particular su artículo 17, apartado 3, letra a), y su artículo 19, parte introductoria y letra b),

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2010/472/UE de la Comisión (2) establece las condiciones para la importación en la Unión de partidas de esperma, óvulos y embriones de ovinos y caprinos. Concretamente, en el anexo I de dicha Decisión se enumeran los terceros países o partes de terceros países desde los cuales los Estados miembros deben autorizar las importaciones de partidas de esperma de ovinos y caprinos, mientras que en su anexo III se enumeran los terceros países o partes de terceros países desde los cuales los Estados miembros deben autorizar las importaciones de partidas de óvulos y embriones de dichos animales.

(2) El Reino Unido ha ofrecido las garantías necesarias que requiere la Decisión 2010/472/UE para que se le incluya en las listas de los anexos I y III de dicha Decisión una vez que haya expirado el período transitorio regulado en el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Acuerdo de Retirada), sin perjuicio de la aplicación del Derecho de la Unión al Reino Unido respecto a Irlanda del Norte de conformidad con el artículo 5, apartado 4, del Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte del Acuerdo de Retirada en relación con el anexo 2 de dicho Protocolo. Teniendo en cuenta las garantías ofrecidas por el Reino Unido, debe incluirse a este tercer país en los anexos de la Decisión 2010/472/UE.

(3) Procede, por tanto, modificar los anexos I y III de la Decisión 2010/472/UE en consecuencia.

(4) Dado que el período transitorio regulado en el Acuerdo de Retirada finaliza el 31 de diciembre de 2020, la presente Decisión debe aplicarse a partir del 1 de enero de 2021.

(5) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los anexos I y III de la Decisión 2010/472/UE quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2021.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 22 de diciembre de 2020.

Por la Comisión

Stella KYRIAKIDES

Miembro de la Comisión

(1)  DO L 268 de 14.9.1992, p. 54.

(2)  Decisión 2010/472/UE de la Comisión, de 26 de agosto de 2010, relativa a las importaciones a la Unión de esperma, óvulos y embriones de animales de las especies ovina y caprina (DO L 228 de 31.8.2010, p. 74).

ANEXO

Los anexos I y III de la Decisión 2010/472/UE se modifican como sigue:

1) En el anexo I, se inserta la entrada siguiente después de la correspondiente a Chile:

 

«GB

Reino Unido ((*))

 

 

2) En el anexo III, se inserta la entrada siguiente después de la correspondiente a Chile:

 

«GB

Reino Unido ((*))

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 22/12/2020
  • Fecha de publicación: 28/12/2020
  • Aplicable desde el 1 de enero de 2021.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 2021/404, de 24 de marzo; (Ref. DOUE-L-2021-80413).
  • Fecha de derogación: 21/04/2021
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec/2020/2217/spa
Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos I y III de la Decisión 2010/472, de 26 de agosto (Ref. DOUE-L-2010-81508).
Materias
  • Ganado caprino
  • Ganado ovino
  • Importaciones
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
  • Reproducción animal
  • Sanidad veterinaria
  • Unión Europea

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