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Documento DOUE-L-2022-80493

Decisión de Ejecución (UE) 2022/493 de la Comisión de 21 de marzo de 2022 por la que establece la asignación definitiva de ayuda de la Unión a los Estados miembros para las frutas y hortalizas destinadas a los centros escolares y la leche destinada a los centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de julio de 2023 y por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2021/462.

Publicado en:
«DOUE» núm. 100, de 28 de marzo de 2022, páginas 55 a 58 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-80493

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas (1), y en particular su artículo 5, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 3 del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39 de la Comisión (2), los Estados miembros que deseen participar en el régimen de ayudas de la Unión para la distribución de frutas y hortalizas, plátanos y leche en los centros escolares (el programa escolar) deben presentar a la Comisión su solicitud de ayuda de la Unión relativa al curso escolar siguiente a más tardar el 31 de enero de cada año y, en su caso, actualizar la solicitud de ayuda de la Unión correspondiente al curso escolar corriente.

(2)

A fin de garantizar la correcta ejecución del programa escolar, es necesario fijar las asignaciones de ayuda de la Unión para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares entre los Estados miembros participantes, sobre la base de los importes señalados en las solicitudes de ayuda de la Unión presentadas por esos Estados miembros y teniendo en cuenta las transferencias entre las asignaciones indicativas de los Estados miembros contempladas en el artículo 23 bis, apartado 4, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).

(3)

Todos los Estados miembros han presentado a la Comisión la solicitud de ayuda de la Unión para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de julio de 2023, especificando el importe de la ayuda solicitada para las frutas y hortalizas o para la leche destinadas a los centros escolares, o para ambas categorías. En el caso de Bélgica, Francia, Chipre y Suecia, en los importes solicitados se han tenido en cuenta las transferencias entre las asignaciones indicativas.

(4)

Con el fin de aprovechar al máximo los fondos disponibles, la ayuda de la Unión no solicitada debe reasignarse entre los Estados miembros participantes en el programa escolar que en su solicitud de dicha ayuda han notificado que, en caso de que se disponga de recursos adicionales, desearían poder utilizar una asignación superior a la indicativa.

(5)

En su solicitud de ayuda de la Unión para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de julio de 2023, Suecia y el Reino Unido consignaron asignaciones inferiores a la indicativa para las frutas y hortalizas y/o para la leche destinadas a los centros escolares. Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, España, Croacia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, los Países Bajos, Austria, Polonia, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia y Suecia notificaron que deseaban poder utilizar una asignación superior a la indicativa para las frutas y hortalizas y/o para la leche destinadas a los centros escolares. Ningún Estado miembro solicitó una asignación inferior a la asignación indicativa para la leche destinada a los centros escolares.

(6)

A partir de la información notificada por los Estados miembros, debe determinarse la asignación definitiva de ayuda de la Unión para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de julio de 2023.

(7)

Mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2021/462 de la Comisión (4) se estableció la asignación definitiva de ayuda de la Unión para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares entre los Estados miembros participantes en el programa escolar para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de julio de 2022. Algunos Estados miembros han actualizado la solicitud de ayuda de la Unión correspondiente al curso escolar corriente. Alemania, España y los Países Bajos han notificado transferencias entre la asignación definitiva para las frutas y hortalizas destinadas a los centros escolares y la asignación definitiva para la leche destinada a los centros escolares. Bélgica y los Países Bajos han solicitado asignaciones inferiores a la definitiva para las frutas y hortalizas y/o para la leche destinadas a los centros escolares. Chequia, Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, España, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Austria, Eslovaquia y Suecia han notificado que deseaban poder utilizar una asignación superior a la definitiva para las frutas y hortalizas y/o para la leche destinadas a los centros escolares.

(8)

Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2021/462 en consecuencia.

(9)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el anexo I se establece la asignación definitiva de ayuda de la Unión para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares entre los Estados miembros participantes en el programa escolar para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de julio de 2023.

Artículo 2

El texto del anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/462 se sustituye por el texto del anexo II de la presente Decisión.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 21 de marzo de 2022.

Por la Comisión

Janusz WOJCIECHOWSKI

Miembro de la Comisión

 

(1)  DO L 346 de 20.12.2013, p. 12.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2016, por el que se establecen las normas de desarrollo del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la ayuda de la Unión para la distribución en los centros escolares de frutas y hortalizas, plátanos y leche (DO L 5 de 10.1.2017, p. 1).

(3)  Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 671).

(4)  Decisión de Ejecución (UE) 2021/462 de la Comisión, de 15 de marzo de 2021, por la que establece la asignación definitiva de ayuda de la Unión a los Estados miembros para frutas y hortalizas destinadas a los centros escolares y para leche destinada a los centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de julio de 2022 y por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2020/467 (DO L 92 de 17.3.2021, p. 1).

ANEXO I
Curso escolar 2022/2023

Estado miembro

Asignación definitiva para las frutas y hortalizas destinadas a centros escolares

EUR

Asignación definitiva para la leche destinada a centros escolares

EUR

Bélgica

3 405 460

1 613 199

Bulgaria

2 145 826

1 020 451

Chequia

3 209 788

1 600 707

Dinamarca

1 855 060

1 460 645

Alemania

20 253 868

9 404 154

Estonia

450 380

700 309

Irlanda

1 811 303

900 398

Grecia

3 218 885

1 550 685

España

13 292 411

6 302 784

Francia

17 990 469

17 123 194

Croacia

1 390 541

800 354

Italia

17 117 780

8 003 535

Chipre

390 044

400 177

Letonia

648 466

700 309

Lituania

922 651

1 032 456

Luxemburgo

295 111

193 000

Hungría

3 099 021

1 756 776

Malta

293 504

193 000

Países Bajos

5 570 944

2 401 061

Austria

2 301 768

1 100 486

Polonia

11 941 071

10 204 507

Portugal

3 283 397

2 220 981

Rumanía

6 866 848

10 399 594

Eslovenia

570 823

320 141

Eslovaquia

1 752 965

900 398

Finlandia

1 599 047

3 824 689

Suecia

0

8 998 717

Total

125 677 429

95 126 707

ANEXO II
«ANEXO I

Curso escolar 2021/2022

Estado miembro

Asignación definitiva para las frutas y hortalizas destinadas a centros escolares

EUR

Asignación definitiva para la leche destinada a centros escolares

EUR

Bélgica

3 230 459

1 203 200

Bulgaria

2 145 718

1 020 451

Chequia

3 226 951

1 735 131

Dinamarca

1 855 734

1 534 837

Alemania

20 366 688

9 383 750

Estonia

452 595

717 717

Irlanda

1 821 202

982 594

Grecia

3 218 885

1 550 685

España

13 201 323

6 515 747

Francia

17 990 469

17 123 194

Croacia

1 390 733

800 354

Italia

17 125 311

8 003 535

Chipre

390 044

400 177

Letonia

651 270

723 117

Lituania

926 264

1 065 344

Luxemburgo

295 887

198 000

Hungría

3 112 572

1 864 327

Malta

294 025

198 217

Países Bajos

6 050 424

1 520 849

Austria

2 312 457

1 100 486

Polonia

11 944 322

10 204 507

Portugal

3 283 397

2 220 981

Rumanía

6 866 848

10 399 594

Eslovenia

570 670

320 141

Eslovaquia

1 760 660

967 713

Finlandia

1 599 047

3 824 689

Suecia

0

9 140 844

Total

126 083 956

94 720 180 .

»

ANÁLISIS

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE SUSTITUYE el anexo I, por Decisión 2023/2394, de 5 de octubre (Ref. DOUE-L-2023-81395).
  • SE MODIFICA el anexo I, por Decisión 2023/655, de 10 de marzo de 2023 (Ref. DOUE-L-2023-80419).
  • SE SUSTITUYE el anexo I, por Decisión 2022/1187, de 7 de julio (Ref. DOUE-L-2022-81038).
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el anexo I de la Decisión 2021/462, de 15 de marzo (Ref. DOUE-L-2021-80336).
Materias
  • Ayuda alimentaria
  • Centros de enseñanza
  • Frutos
  • Leche
  • Organización Común de Mercado
  • Productos hortícolas

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