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Documento DOUE-L-2023-80041

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/102 de la Comisión de 11 de enero de 2023 que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39 en lo que atañe a las solicitudes de ayuda de la Unión por parte de los Estados miembros.

Publicado en:
«DOUE» núm. 12, de 13 de enero de 2023, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-80041

TEXTO ORIGINAL

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1), y en particular su artículo 25, párrafo primero, letra d),

Considerando lo siguiente:

(1)

Según el artículo 3 del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39 de la Comisión (2), los Estados miembros que deseen participar en el régimen de ayuda de la Unión para la distribución de frutas y hortalizas, plátanos y leche en los centros escolares («programa escolar») deben presentar a la Comisión, a más tardar el 31 de enero de cada año, su solicitud de ayuda de la Unión relativa al curso escolar siguiente. De conformidad con dicha disposición, las solicitudes de ayuda de la Unión presentadas por los Estados miembros deben contener información sobre la asignación indicativa de la ayuda de la Unión para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares que figura en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 1370/2013 del Consejo (3). En dicho anexo se establecen las asignaciones indicativas anuales de la ayuda de la Unión, por Estado miembro, para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2017 y el 31 de julio de 2023.

(2)

De conformidad con el artículo 5, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 1370/2013, a partir del 1 de agosto de 2023, la Comisión debe fijar mediante actos de ejecución la asignación indicativa anual de la ayuda de la Unión, por Estado miembro, para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a centros escolares. La Decisión de Ejecución (UE) 2023/106 de la Comisión (4) fija las asignaciones indicativas anuales para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2029. Procede, por tanto, modificar en consecuencia la referencia en el artículo 3 del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39 a las asignaciones indicativas de la ayuda de la Unión que figuran en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 1370/2013.

(3)

Con el fin de que los Estados miembros puedan presentar su solicitud anual de ayuda de la Unión relativa al curso escolar correspondiente al período comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2024 antes de que venza el plazo del 31 de enero de 2023 fijado en el artículo 3 del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39, el presente Reglamento debe entrar en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

(4)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 3, párrafo primero, letra a), del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39, el inciso i) se sustituye por el texto siguiente:

«i) la asignación indicativa de la ayuda para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares que figura en el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/106 de la Comisión (*1);

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 11 de enero de 2023.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2017/39 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2016, por el que se establecen las normas de desarrollo del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la ayuda de la Unión para la distribución en los centros escolares de frutas y hortalizas, plátanos y leche (DO L 5 de 10.1.2017, p. 1).

(3)  Reglamento (UE) n.o 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de productos agrícolas (DO L 346 de 20.12.2013, p. 12).

(4)  Decisión de Ejecución (UE) 2023/106 de la Comisión, de 11 de enero de 2023, por la que se fijan las asignaciones indicativas de la ayuda de la Unión a los Estados miembros para las frutas y hortalizas y para la leche destinadas a los centros escolares para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2029 (véase la página 84 del presente Diario Oficial).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 3 del Reglamento 2017/39, de 3 de noviembre de 2016 (Ref. DOUE-L-2017-80010).
Materias
  • Ayudas
  • Centros de enseñanza
  • Comedores escolares
  • Frutos
  • Leche
  • Organización Común de Mercado
  • Productos hortícolas

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