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Documento DOUE-L-2023-80357

Corrección de errores del Reglamento (CE) nº. 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

Publicado en:
«DOUE» núm. 71, de 9 de marzo de 2023, páginas 42 a 43 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-80357

TEXTO ORIGINAL

1)

En el considerando 7:

donde dice:

«También permite la simplificación la obligación que impone el Reglamento (CE) no …/2004 * a los operadores de empresa alimentaria en una etapa cualquiera de la producción, transformación o distribución de alimentos posterior a la etapa de la producción primaria y operaciones afines, de instituir, aplicar y mantener procedimientos basados en los principios del análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC).»,

debe decir:

«También permite la simplificación la obligación que impone el Reglamento (CE) no …/2004 * a los operadores de empresa alimentaria en una etapa cualquiera de la producción, transformación o distribución de alimentos posterior a la etapa de la producción primaria y operaciones afines, de instituir, aplicar y mantener procedimientos basados en los principios del análisis de peligros y puntos críticos de control (APPCC).».

2)

En el anexo I, punto 2.3:

donde dice:

«2.3.

“Acondicionamiento”: el almacenamiento de moluscos bivalvos vivos procedentes de zonas de producción, centros de depuración o centros de expedición de clase A, en tanques o en […]»,

debe decir:

«2.3.

“Acondicionamiento”: el almacenamiento de moluscos bivalvos vivos procedentes de zonas de producción de clase A, centros de depuración o centros de expedición, en tanques o en […]».

3)

En el anexo II, sección I, apartado A, punto 2:

donde dice:

«2.

No obstante, deberá fijarse una nueva marca en el producto si se desembala o se desenvasa o si se somete a una nueva transformación en otro establecimiento […]»,

debe decir:

«2.

No obstante, deberá fijarse una nueva marca en el producto si se desembala y/o se desenvasa o si se somete a una nueva transformación en otro establecimiento […]».

4)

En el anexo II, sección I, apartado C, punto 12:

donde dice:

«12.

En el caso de los productos de origen animal líquidos, granulares o en polvo transportados en grandes cantidades, así como de los productos de la pesca transportados en grandes cantidades, la marca de identificación […]»,

debe decir:

«12.

En el caso de los productos de origen animal líquidos, granulares o en polvo transportados a granel, así como de los productos de la pesca transportados a granel, la marca de identificación […]».

5)

En el anexo III, sección I, capítulo II, punto 2, letra c):

donde dice:

«c)

garantizar la separación, en el espacio y en el tiempo, de las siguientes operaciones:»,

debe decir:

«c)

garantizar la separación, en el espacio o en el tiempo, de las siguientes operaciones:».

6)

En el anexo III, sección VII, capítulo VI, punto 1:

donde dice:

«1.

Las ostras se envasarán y embalarán con la concha cóncava hacia abajo.»,

debe decir:

«1.

Las ostras se envasarán o embalarán con la concha cóncava hacia abajo.».

7)

En el anexo III, sección VII, capítulo VII, punto 3:

donde dice:

«3.

La etiqueta fijada a los embalajes que no sean envases unitarios de venta al […].»,

debe decir:

«3.

La etiqueta fijada a los embalajes que no sean embalajes unitarios de venta al […].».

8)

En el anexo III, sección VII, capítulo X, Parte I, punto I.5:

donde dice:

«I.5.

Descripción de las mercancías | Acuicultura☐ Bancos naturales☐ | • Código NC o Código alfa-3 de la FAO | especie | cantidad | paquete | lote | fecha de recolección | […].»,

debe decir:

«I.5.

Descripción de las mercancías | Acuicultura☐ Bancos naturales☐ | • Código NC o Código alfa-3 de la FAO | especie | cantidad | embalaje | lote | fecha de recolección | […].».

9)

En todo el documento:

donde dice:

«explotadores de empresa alimentaria»,

debe decir:

«operadores de empresa alimentaria».

10)

En todo el documento:

donde dice:

«cubetas»,

debe decir:

«tinas».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 09/03/2023
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 854/2004, de 29 de abril (Ref. DOUE-L-2004-81037).
Materias
  • Almacenes
  • Certificado sanitario
  • Embalajes
  • Enfermedad animal
  • Envases
  • Etiquetas
  • Importaciones
  • Inspección veterinaria
  • Mariscos
  • Producción alimentaria
  • Productos animales
  • Reglamentaciones técnicas
  • Sanidad veterinaria

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